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58 La privatización de Y La privatización de Y acimientos Carbonífer acimientos Carbonífer os os Fiscales: ¿negocios privados = subsidios y Fiscales: ¿negocios privados = subsidios y (des) contr (des) contr ol público? ol público? Estado y sociedad II Carolina Nahón* * Lic. en Ciencia Política de la UBA, Investigadora del Área de Economía y Tecnología de la FLAC- SO y Becaria del CONICET. Se agradecen los valiosos comentarios realizados por Daniel Azpia- zu, Martín Schorr y Cecilia Nahón a versiones preliminares de este trabajo, a quienes se exime de toda responsabilidad en cuanto a los errores u omisiones existentes. Para comunicarse con la autora: [email protected] . 1 Se conoce con el nombre de cuenca de Río Turbio el conjunto de cuatro núcleos poblacionales situados, bajo la esfera de influencia del yacimiento carbonífero de Río Turbio, en el extremo sur de la provincia de Santa Cruz. Ellos son: Villa Minera (Municipalidad de Río Turbio), 28 de No- viembre, Dorotea y El Turbio. 2 Se toma este concepto de López (2002). Sin embargo, los distintos autores en la materia -aun- que con diferentes terminologías- advierten sobre el carácter secundario de la regulación públi- ca en el marco del programa privatizador argentino (FIEL, 1999; Oszlak, 1999; Felder y López, 1999 y Vispo, 1999). El presente trabajo se propone analizar el proceso de privatización de la empresa estatal Yacimien- tos Carboníferos Fiscales (YCF) en la búsqueda de aquellos elementos del marco regulatorio que contribuyan a explicar las características que adoptó la operación privada del complejo carbonífero. En este sentido, se evaluarán los principales sucesos que tuvieron lugar entre el momento de entre- ga en concesión de la empresa (julio 1994) y la rescisión del contrato por parte del Estado nacional (junio 2002). De esta forma, se pretende echar luz sobre la situación actual en que se encuentra la cuenca de Río Turbio y aventurar posibles escenarios futuros 1 . Esta tarea tiene como referencia insoslayable las idiosincrasias del programa de privatizaciones desarrollado en la Argentina, de manera de poder identificar aquellos patrones que se verifican en el caso de Río Turbio como en las restantes privatizaciones o concesiones de activos públicos. Es- te enfoque permitirá estudiar la problemática de la industria del carbón en el nivel nacional, no co- mo un caso aislado sino como parte de un plan más amplio de resignificación del rol del Estado na- cional durante el decenio de los noventa. El trabajo se estructura en cuatro secciones. En la primera, se incluye una revisión histórica de la operación de YCF. La segunda sección revisa los elementos centrales del plexo normativo que regu- ló el proceso de privatización de la empresa estatal para, a partir de allí, delinear la estrategia de ope- ración elegida por el consorcio adjudicatario de la concesión. En la tercera sección se analizan los efectos derivados de la privatización. Allí se reflexiona sobre las consecuencias de la “regulación re- sidual” 2 , a la luz de la rescisión del contrato de concesión y de la (improvisada) forma en que el Es- tado nacional se hizo responsable de la operación del complejo. En la cuarta sección, se presentan algunas reflexiones finales. Nahon 4/04/05 19:24 Page 58

La p riva t iz a c i n d e Y a c im ie nt o s Ca rb o n f

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La privatización de YLa privatización de Yacimientos Carboníferacimientos CarboníferososFiscales: ¿negocios privados = subsidios yFiscales: ¿negocios privados = subsidios y(des) contr(des) control público?ol público?

E stado y soc ie dad II

C a rolin a N a h ón *

* Lic. en Ciencia Política de la UBA, Investigadora del Área de Economía y Tecnología de la FLAC-SO y Becaria del CONICET. Se agradecen los valiosos comentarios realizados por Daniel Azpia-zu, Martín Schorr y Cecilia Nahón a versiones preliminares de este trabajo, a quienes se eximede toda responsabilidad en cuanto a los errores u omisiones existentes. Para comunicarse conla autora: [email protected] .

1 Se conoce con el nombre de cuenca de Río Turbio el conjunto de cuatro núcleos poblacionalessituados, bajo la esfera de influencia del yacimiento carbonífero de Río Turbio, en el extremo surde la provincia de Santa Cruz. Ellos son: Villa Minera (Municipalidad de Río Turbio), 28 de No-viembre, Dorotea y El Turbio.

2 Se toma este concepto de López (2002). Sin embargo, los distintos autores en la materia -aun-que con diferentes terminologías- advierten sobre el carácter secundario de la regulación públi-ca en el marco del programa privatizador argentino (FIEL, 1999; Oszlak, 1999; Felder y López,1999 y Vispo, 1999).

El presente trabajo se propone analizar el proceso de privatización de la empresa estatal Yacimien-tos Carboníferos Fiscales (YCF) en la búsqueda de aquellos elementos del marco regulatorio quecontribuyan a explicar las características que adoptó la operación privada del complejo carbonífero.En este sentido, se evaluarán los principales sucesos que tuvieron lugar entre el momento de entre-ga en concesión de la empresa (julio 1994) y la rescisión del contrato por parte del Estado nacional(junio 2002). De esta forma, se pretende echar luz sobre la situación actual en que se encuentra lacuenca de Río Turbio y aventurar posibles escenarios futuros1.

Esta tarea tiene como referencia insoslayable las idiosincrasias del programa de privatizacionesdesarrollado en la Argentina, de manera de poder identificar aquellos patrones que se verifican enel caso de Río Turbio como en las restantes privatizaciones o concesiones de activos públicos. Es-te enfoque permitirá estudiar la problemática de la industria del carbón en el nivel nacional, no co-mo un caso aislado sino como parte de un plan más amplio de resignificación del rol del Estado na-cional durante el decenio de los noventa.

El trabajo se estructura en cuatro secciones. En la primera, se incluye una revisión histórica de laoperación de YCF. La segunda sección revisa los elementos centrales del plexo normativo que regu-ló el proceso de privatización de la empresa estatal para, a partir de allí, delinear la estrategia de ope-ración elegida por el consorcio adjudicatario de la concesión. En la tercera sección se analizan losefectos derivados de la privatización. Allí se reflexiona sobre las consecuencias de la “regulación re-sidual”2, a la luz de la rescisión del contrato de concesión y de la (improvisada) forma en que el Es-tado nacional se hizo responsable de la operación del complejo. En la cuarta sección, se presentanalgunas reflexiones finales.

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1. Nacimiento de YCF. Augey crisis de la explotacióndel carbón en la cuencade Río Turbio

La producción de carbón mineral ennuestro país comenzó hacia media-dos de los años cuarenta, en el marcode la empresa estatal YPF. Luego dealgunas actividades exploratorias, en1958, el gobierno nacional decidióotorgarle identidad a esta actividadextractiva a través de la creación deYCF. Fundada con la expresa misiónde “estudiar, explorar y explotar loscombustibles sólidos en general y elyacimiento de Río Turbio en particu-lar” la empresa estatal adoptó una es-tructura diversificada. En este sentido,se la invistió de infraestructura de pre-paración y extracción minera, de apo-yo de superficie y mantenimiento,planta depuradora, ferrocarril indus-trial, puerto en Río Gallegos, muelleen Punta Loyola y flota de tres buques(Barbosa, 1988: 49 y 58)3.

La envergadura del emprendimientose vincula con tres elementos interco-nectados. En primer lugar, debe te-

nerse presente el rol protagónico que,en aquellos años, asumió el Estadocomo propulsor del desarrollo nacio-nal y la integración regional a travésde la conformación de polos de desa-rrollo. En esta lógica, la consolidaciónde la cuenca de Río Turbio bajo la for-ma de enclave productivo convirtió laexplotación del carbón en la principalactividad de la región4. A raíz de lascondiciones que se derivan de este ti-po de sistema económico y social (elenclave) tuvo lugar una fuerte interpe-netración entre el Estado y la empre-sa que, en la práctica, convirtió a YCFen la presencia simbólica del Estadonacional en la cuenca. De esta forma,asumió -además de las funciones pro-pias vinculadas con la explotación delcarbón- compromisos políticos, socia-les y económicos; y la prestación delos servicios públicos, comunitarios ylaborales fundamentales5.

En segundo lugar, entran en escenalas aspiraciones estatales de autoa-bastecimiento energético. El inicio dela segunda guerra mundial intensificóel proceso de industrialización porsustitución de importaciones que ve-nía desarrollándose en el país aproxi-

3 El yacimiento de Río Turbio concentra con exclusividad la extracción del carbón mineral en elpaís. En términos genéricos existen dos tipos de carbón. El carbón coquizable (coaking coal) esutilizado en la industria siderúrgica como insumo en la producción de acero. Por las característi-cas del yacimiento de Río Turbio, su carbón puede incorporarse en porcentajes reducidos en lasmezclas del carbón coquizable. El segundo tipo de carbón es el de tipo térmico (steam coal). Enel país, su demanda está destinada a la generación de electricidad. Para ello, es necesario quelas centrales termoeléctricas estén habilitadas para utilizar como insumo indistintamente -y enfunción de decisiones estratégicas de explotación de los recursos del subsuelo no renovables-gas oil, fuel oil y carbón térmico (Barbosa, 1988: 54).

4 Un rasgo propio del enclave como organización social es que “su sistema económico [se encuen-tra] estructurado a partir de la unidad productiva asentada en el territorio y del trabajo asalaria-do. Los servicios sociales y comunitarios, el mercado de trabajo y la vida institucional están di-rectamente vinculados con el centro de producción” (Salvia, 1997a: 22). Para un desarrollo delconcepto de enclave aplicado al caso en estudio, ver: Salvia (1997a); Salvia et al. (s/d) y Vidal(1998). En términos teóricos, consúltese: Cardoso y Faletto (1969).

5 Algunos de los servicios que brindaba YCF eran: provisión de agua, servicios cloacales, energíaeléctrica y distribución parcial de calefacción central por redes; provisión de carbón para calefac-ción a familias carenciadas, servicios del complejo deportivo y del único cine, cesión de tierras,transporte escolar, etc. (Barbosa, 1988:58).

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madamente desde los años treinta.En este contexto, en muy corto plazo,la economía nacional se enfrentó auna crisis de abastecimiento energéti-co en nivel industrial, de transporte yde generación de energía eléctrica(Muñoz y Salvia, 1992: 8). Frente aesta situación, tanto para paliar el dé-ficit histórico como para poder -pro-gresivamente- dar respuesta al au-mento de la demanda, desde 1938 y,sobre todo, desde 1944/45, el Estadonacional venía emprendiendo políti-cas ambiciosas de autoabastecimien-to energético. Aunque ya en ese mo-mento el petróleo era la principal fuen-te energética de las centrales termoe-léctricas del país, las dificultades en laimportación del carbón derivadas, jus-tamente, del estallido de la guerra, leotorgaron al carbón de Río Turbio unlugar privilegiado en el marco de talespolíticas (Muñoz y Salvia, 1992: 8).

En tercer lugar, no puede desesti-marse la cuestión geopolítica. El yaci-miento se encuentra localizado en elextremo sudoeste de la provincia deSanta Cruz, al pie del límite interna-cional con Chile, en “una de las fron-teras más intensamente disputadasdel cono sur”. Se trata de un área ca-si deshabitada, razón por la que, a laluz de las históricas disputas por lasoberanía entre la Argentina y Chile,la explotación de la cuenca -por su ca-pacidad para consolidar un polo pro-ductivo y poblacional- fue considera-da una “cuestión de seguridad nacio-nal” (Vidal, 1998: 5/6).

Ha pasado ya mucho tiempo desdela creación de YCF. La crisis del Esta-do de bienestar, los avances tecnoló-gicos en generación de electricidad, lacrisis del petróleo -y su efecto inme-diato: la revalorización de fuentes re-novables de energía (hidroelectrici-dad)-, la solución del conflicto limítro-fe con Chile y la preocupación global

por el cuidado del medio ambiente -endetrimento de la utilización del carbónpor su mayor poder contaminante- lehan restado relevancia relativa al car-bón para uno de sus usos tradiciona-les: la generación de electricidad y, enparticular, al carbón de Río Turbio, porsu limitado uso como insumo en la in-dustria siderúrgica.

Frente a tales cambios la empresaminera comenzó a evidenciar irrever-sibles signos de estancamiento. Eneste sentido, ya a fines de los añossesenta se encontró frente a cuellosde botella en su estructura de costos,escala de producción y posibilidadesde comercialización, que con el tiem-po, servirían de argumentos para jus-tificar su intervención y posterior pri-vatización (Muñoz y Salvia, 1992:9/10 y Barbosa, 1988: 53 y 58).

El cuadro Nº 1 permite identificartres de los cuellos de botella queaquejaron a YCF desde mediados dela década de los sesenta. En primerlugar, el desequilibrio entre los distin-tos eslabones de su cadena producti-va: en el período 1965/90, la empresalogró depurar -en promedio- tan sóloun 51,9% de su producción bruta. Suescala de producción de equilibrio seestimó en 1,5 millones de toneladasbrutas anuales (Muñoz y Salvia,1992:19). Sin embargo, en un períodode 26 años, alcanzó una producciónbruta promedio de 952,7 mil tonela-das, y sólo en dos de los sub-períodosanalizados (1971/75 y 1976/82) supe-ró levemente el millón de toneladas(1,0 y 1,1 respectivamente). La ampliabrecha existente entre su escala deproducción y su nivel de equilibrio, asícomo sus altos costos de transporte(ferroviarios, marítimos y portuarios)le impidieron alcanzar, desde fines delos años sesenta, una ecuación co-mercial rentable.

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En segundo término, se verifican loshistóricos problemas de comercializa-ción de YCF, asociados con la truncaconversión al carbón de las usinastermoeléctricas existentes en el país.En el período 1965/90, la empresa lo-gró vender en promedio tan sólo un76,4% de su producción depurada.Este déficit de comercialización, aun-que elevado, se encuentra soslayadocomo consecuencia de la incapacidadde la empresa de depurar la totalidaddel carbón producido. A título ilustrati-vo, este valor alcanzaría al 60,4% -envez del 23,6%- si la empresa pudiesedepurar la totalidad del carbón extraí-do de la cuenca.

En tercer lugar, el cuadro Nº 1 dacuenta de una de las falencias másimportantes de YCF: su estructura decostos históricamente deficitaria. El

índice de déficit operativo fue durantetodos los subperíodos analizados -con excepción de 1988/90- menor a1 y el promedio para el período1965/90 fue de 0,66.

Las consideraciones que antecedenexplican -por sí mismas- la situacióndeficitaria que acompañó a la empre-sa desde mediados de la década delos sesenta. El valor inédito de 1,3que adopta este índice para el perío-do 1988/90 requiere una breve expli-cación, en tanto no implica una mejo-ría en su ecuación comercial “genui-na”. Esto es así puesto que el valorpositivo del índice se explica mayori-tariamente por el aumento de los in-gresos provenientes de la comerciali-zación del carbón residual generadopor YPF en el proceso de refinacióndel petróleo7. Se trata, de esta forma,

6 Debido a que el índice de déficit operativo es un cociente entre los ingresos y los egresos co-rrientes de la empresa, si adopta un valor menor a la unidad implica que los egresos de la em-presa son mayores a sus ingresos.

7 El derecho de usufructo del carbón residual de petróleo le correspondía, por ley, a YCF desde1958. La dictadura militar (1976/83) le quitó a la empresa el monopolio de su comercialización,contribuyendo a ahondar sus cuellos de botella. El gobierno democrático que asume en 1983 lerestituye a YCF ese derecho, de forma que -entre 1984 y 1990- los ingresos originados en laventa de carbón residual pasan de explicar el 5% al 81% de los ingresos de la empresa (Muñozy Salvia, 1992: 21). Fue la restitución del derecho sobre la comercialización del carbón residualaquello que le permitió a YCF -en conjunto con la disminución de la inversión en los sub-perío-dos 1983/87 y 1988/90- revertir su tradicional déficit operativo.

Cuadro Nº 1. Producción bruta, depurada y ventas de carbón mineral e ín-dice de déficit operativo de YCF, 1965/1990 (promedio anual por período, entoneladas, porcentajes e índices)

1965/70 1971/75 1976/82 1983/87 1988/90 1965/90* (%)Producción bruta 769,431 1.044.226 1.139.892 902.637 813.546 952.722 100,0Producción depurada 458.559 577.113 531.544 426.660 451.142 494.017 51,9 100,0Ventas de carbón mineral 357.019 484.788 413.198 308.019 269.962 377.247 39,6 76,4Indice de déficit operativo** 0,4 0,5 0,3 0,6 1,3 0,6*El promedio anual de producción y ventas 1965/90 se calculó ponderandolos promedios de los subperíodos que lo componen.** Ingresos corrientes / egresos corrientes. El promedio 1965/90 es simple.Fuente: Elaboración propia sobre la base de Muñoz y Salvia, 1992: 18 y 20.

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de una mejoría en la ecuación comer-cial de la empresa no vinculada con laexplotación del carbón mineral.

2. La concesión de YCF ylas consecuencias previsi-bles de la letra (grande)del marco regulatorio

2.1. Objetivos y justificaciónde la privatización de YCF

En el marco del programa de privati-zaciones encarado por la administra-ción Menem, YCF quedó sujeta a pri-vatización o concesión de acuerdocon la ley de Reforma del Estado (N°23.696). Tal como sucedió en la casitotalidad de los sectores privatizadosdurante la década de los noventa -conexcepción del gas natural por redes yel sector eléctrico- su entrega en con-cesión se hizo efectiva por vía de de-creto del Poder Ejecutivo Nacional(PEN) y no por medio de una ley es-pecífica del Congreso de la Nación.

Una de las principales recomenda-ciones de los denominados “manua-les privatizadores” advierte sobre elnecesario “saneamiento” de las em-presas sujetas a privatización en for-ma previa al llamado a licitación (Vic-kers y Yarrow, 1991). En este tema -como en tantos otros en materia pri-vatizadora- la experiencia argentinase alejó de la internacional. Aquí se hi-zo una interpretación propia de los al-cances del “saneamiento” de las em-presas, reduciéndolo a la implementa-ción de aquellas medidas que torna-ran más atractivo el negocio para elcapital privado (Azpiazu, 2002).

En el caso del complejo carboníferode Río Turbio, el “saneamiento” de laempresa estuvo a cargo de una inter-vención dispuesta por el PEN. Entresus principales actuaciones se cuen-tan la aplicación de un programa de

racionalización orientado a la reduc-ción de su personal, la liquidación deinmuebles improductivos y la transfe-rencia a la provincia de Santa Cruz dela provisión de los servicios públicoshistóricamente brindados por YCF(decreto 988/93). Asimismo -tal comolo había hecho años antes el gobiernomilitar- la intervención avanzó en ladesregulación (parcial en 1991 y totalen 1992) de la comercialización delcarbón residual de petróleo. A la luzdel peso asumido desde 1984 por es-te subproducto en los ingresos co-rrientes de la empresa, esta decisiónprofundizó el desfinanciamiento ope-rativo de YCF y la debilitó -aún más-en el momento previo a su privatiza-ción. Paralelamente -y con el objetode paliar sus históricos problemas decomercialización- la intervención im-pulsó la firma de un contrato de sumi-nistro de carbón (1993) entre YCF ysu principal comprador: Agua y Ener-gía Eléctrica Sociedad del Estado(AyEE).

El contrato estableció que AyEE pa-garía un elevado precio, en términosinternacionales, por cada una de las370 mil toneladas que -desde la entra-da en vigencia del acuerdo- su centraltérmica de San Nicolás (CTSN) debe-ría comprarle anualmente a YCF. Aeste efecto, la intervención consideróa ambas empresas como “una unidadeconómica en beneficio público” y de-claró haber tenido en cuenta “valoresdistintos a los estrictamente económi-cos” de forma tal que “el precio fijadopara el suministro de carbón no esconsecuencia de la explotación de lanecesidad, ligereza o inexperienciadel consumidor, sino efecto necesariode la política del gobierno nacionalpara la privatización y/o reestructura-ción de YCF y AYEE”.

Una vez finalizado el proceso de “sa-

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neamiento”, el PEN habilitó la conce-sión integral del complejo carbonífero,ferroviario y portuario propiedad deYCF por un plazo máximo de veinteaños. Asimismo, comprometió un sub-sidio estatal fijo -con asignación priori-taria al pago de cargas laborales- co-mo forma de saldar la diferencia entrelos ingresos por la explotación delcomplejo y sus gastos operativos (de-creto 988/93). La modalidad elegidapara encarar el proceso de privatiza-ción (concesión, es decir, manteni-miento de la propiedad estatal; inte-gral, es decir, involucrando a todos loseslabones de la cadena productiva deYCF; y, finalmente, con subsidio esta-tal y mercado cautivo) se desprendede los informes elaborados por la in-tervención, que señalan los persisten-tes resultados negativos de la empre-sa aun luego del proceso de raciona-lización. A partir de allí -y con el obje-tivo explícito de obtener, a medianoplazo, una creciente eficiencia en laexplotación del complejo- el PEN en-caró el proceso de licitación. Luego dedos intentos fallidos de adjudicaciónpor esta vía-, en julio de 1994, entre-gó el derecho de explotación del com-plejo a Yacimientos Carboníferos deRío Turbio Sociedad Anónima (YCRTSA8) (decreto 979/94). Esta norma le

otorgó contenido al decreto marco(988/93), al determinar un plazo inicialde diez años y un subsidio anual de$/US$ 22,5 millones para la operaciónprivada del complejo.

2.2. Régimen de regulación:omisiones funcionales a laconsolidación de una dé-bil institucionalidad regu-latoria

Diversas son las agencias ligadasindirectamente con la regulación y elcontrol de la operación privada delcomplejo carbonífero de Río Turbio.Desde el inicio de la concesión, la ma-yoría de ellas actuaron en la inspec-ción de aquellos temas específicosasignados a su supervisión. En estesentido, el Poder Legislativo aprobócasi una veintena de proyectos de co-municación, declaración y/o resolu-ción en los que le solicitó al PEN querindiese cuentas sobre el estado de laconcesión9. Por su parte, la AuditoríaGeneral de la Nación (AGN) elaboródos informes: uno de impacto ambien-tal y otro de evaluación integral de laoperación privada del complejo, quecorroboró importantes incumplimien-tos contractuales por parte del conce-sionario. A este respecto, cabe pre-

8 La composición del consorcio YCRT SA fue la siguiente: Dragados y Obras Portuarias SA (DyOP-SA), ELEPRINT SA, Federación Argentina de Trabajadores de Luz y Fuerza (FATLyF) y IATESA, con la operación técnica de Skoda -sin participación accionaria en el consorcio-. A raíz de unacuerdo entre los socios, el empresario nacional Sergio Taselli -a través de IATE SA- lideró laoperación del yacimiento. En su inserción en el mundo empresario local, el grupo Taselli avanzótanto hacia la integración vertical en el sector energético como hacia una fuerte diversificaciónsectorial. En materia energética, posee participaciones accionarias en generación (Centrales delNEA, Patagónicas y Sorrento), transporte (TransNea y TransNoa) y distribución (EdeCat y Ede-For). En términos de su diversificación sectorial, participa en un conjunto muy diverso de nego-cios. Entre ellos: ferrocarriles (Trainmet, una de las empresas madres del consorcio Trenes Me-tropolitanos); alimenticias (Parmalat, SACIC y Brunning), siderúrgicas (Altos Hornos Zapla); ma-quinaria (Materfer, Agrinar y ex Masey Ferguson) y agropecuarias (Curticor y Olivares) (DiarioCastellanos, 17/06/04 y Clarín, 24/12/04).

9 En términos generales estos proyectos versan sobre: a) pedido de informes sobre el estado dela concesión; b) solicitud de pronta resolución de los conflictos laborales y c) propuestas y alter-nativas para la administración de la cuenca. Ver: www.hcdn.gov.ar/proyectos .

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guntarse por las instituciones de regu-lación y control designadas (y/o crea-das específicamente) en el marconormativo de la privatización del com-plejo: la Secretaría de Energía de laNación (SEN) y la Comisión Fiscaliza-dora de Río Turbio (CFRT).

La SEN, dependiente del Ministeriode Economía, Obras y Servicios Pú-blicos (MEOySP), fue designada co-mo autoridad de aplicación de la con-cesión del complejo. A este efecto, sele otorgaron las siguientes responsa-bilidades: definir la política sectorial,conducir el proceso de licitación y -una vez que YCF fuese entregada enconcesión- asumir las funciones deregulación y control. En este últimosentido, el decreto marco previó quela SEN acordase con la provincia deSanta Cruz un sistema de seguimien-to del contrato de concesión que invo-lucrara la creación de una comisiónde fiscalización. Esta comisión debíaasumir la función de “someter infor-mes y las cuestiones que verifique, alconocimiento y decisión de la autori-dad de aplicación ... quien decidirá loque en cada caso corresponda” (de-creto 988/93).

La CFRT fue instituida “como entede control específico responsable delseguimiento, evaluación y control dela operatoria privada de la cuenca”(MEOySP, resolución 163/95). Se leasignó un carácter colegiado. Uno desus tres miembros -el presidente- de-bía actuar en nombre de la SEN y losrestantes dos integrantes representar,respectivamente, a la provincia deSanta Cruz y a YCF. El marco que re-guló su creación y normó su funciona-miento se expidió sólo en aspectosgenerales. En este sentido, el Pliegode Bases y Condiciones (PBC) leasignó las siguientes funciones y atri-buciones: analizar y expedirse sobre

todo informe y/o documentación ele-vado a la autoridad de aplicación;controlar en forma directa e informar aesta autoridad respecto del cumpli-miento del concesionario de sus com-promisos contractuales y, por último,proponerle medidas o cursos de ac-ción que considerase convenientespara el mejor cumplimiento de los ob-jetivos de la concesión. En relacióncon la dotación de recursos, la norma-tiva previó una escasa asignación derecursos económicos, humanos y téc-nicos (AGN, 2002: 18); de forma quelos integrantes de la CFRT trabajaronad honorem y compatibilizando sustareas en la comisión con aquellas ori-ginadas en sus responsabilidades deplanta o sus respectivos contratos(CFRT, nota Nº 61/96).

Hasta aquí, pueden extraerse algu-nas conclusiones respecto del rol quela normativa le asignó a la CFRT. Enprimer lugar, se la diseñó sin atribu-ciones de regulación y sin capacidadautónoma de resolución, quedando li-mitada su actuación al cumplimientode tareas de fiscalización. De esta for-ma, y en la medida de su dependen-cia funcional de la SEN, la CFRT nocontó con un mínimo margen de auto-nomía respecto de la autoridad deaplicación; convirtiéndose, en la prác-tica, más que en un verdadero orga-nismo de regulación, en un cuerpotécnico al servicio directo de las de-mandas de auditorías e informes de laautoridad de aplicación.

En segundo término, fue inhibida deuna de las funciones propias de todoórgano de control que es la facultadde aplicar sanciones. Se trata de unimportante error de diseño del marcoregulatorio: no le asignó a la CFRTcapacidad de sanción e -incluso- noprevió el uso de multas como prácticadisuasiva de nuevos incumplimientos

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y alternativa previa a la rescisión delcontrato. Esta particularidad de la nor-mativa situó a las autoridades en lapermanente disyuntiva de aceptar pa-sivamente los incumplimientos con-tractuales del concesionario o, en sudefecto, rescindir el contrato de con-cesión.

Esta despreocupación oficial en ma-teria regulatoria que acompañó el pro-ceso de privatización de YCF se co-rrobora también en la demorada crea-ción de la CFRT, que recién comenzóa funcionar ocho meses después delinicio de la concesión. Este desfasaje-que constituye una irregularidad pordemás “regular” en el proceso de pri-vatización local- conlleva enormesriesgos para el concedente y la ciuda-danía en general. Uno de ellos es laconsolidación, durante el tiempo enque el concesionario opera en ausen-cia de control estatal, de “derechosadquiridos” en términos del cumpli-miento (e interpretación) de la norma-tiva vigente, difíciles de revertir en be-neficio público una vez creado el entede control.

2.3.El contexto operativoemergente de la privatiza-ción.

En términos generales, el contextooperativo de YCRT SA quedó definidode la siguiente forma:

Importante subsidio fijo. La nece-sidad de involucrar un subsidio direc-to con asignación prioritaria a la ab-sorción de cargas laborales y finan-ciado por el Estado nacional fue incor-

porada en el decreto que habilitaba laconcesión del complejo (decreto988/93). La normativa siguiente defi-nió el monto del beneficio, el que as-cendió a una suma fija anual -de eje-cución mensual- de $/US$ 22,5 millo-nes (decreto 979/94). El PBC explicitólos alcances de su asignación priorita-ria a la absorción de cargas laborales.En este sentido, lo afectó al pago deremuneraciones, conceptos no remu-nerativos derivados de la normativalaboral vigente y a todas las erogacio-nes originadas en eventuales conflic-tos judiciales y extrajudiciales de or-den laboral, incluyendo accidentes yenfermedades de trabajo del personalque prestase servicios para el conce-sionario. Pese a estas restricciones,la desvinculación del subsidio de (ca-si) toda otra regulación en materia la-boral tuvo un efecto crítico sobre laoperación privada del complejo. A es-te respecto, el PBC no le fijó al con-sorcio privado montos mínimos degasto en salarios y estableció límitespor demás laxos en cuanto a desvin-culaciones de personal10.

Débiles exigencias en términos deproducción obligatoria. El PBCcomprometió al consorcio responsa-ble de la operación del complejo aproducir, a partir del segundo año dela concesión, un total de 370 mil tone-ladas anuales de carbón depurado decalidad comercial. A su vez, el conce-sionario tenía la opción de autofijarsenuevas metas en el marco de los pla-nes anuales de gestión y operaciónque debía presentar, ante la autoridadde aplicación, en septiembre de cadaaño. Si se tienen en cuenta los prome-

10 Según el PBC, “con posterioridad a la transferencia y en los primeros cinco años de vigencia delcontrato, el concesionario podrá reestructurar la plantilla de personal ... con la excepción de quela cantidad de personal que se desvincule en el primer año no podrá exceder el 15% del perso-nal transferido. Este mismo porcentaje se mantiene para el período que va del segundo al quin-to año de la concesión pero sobre la base de la planta de personal informada a la finalización delsegundo año”.

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dios de producción depurada y ventasde YCF entre los años 1965 y 1990consignados en el cuadro Nº 1 (494,0y 377,2 mil toneladas, respectivamen-te) se advierte que las obligaciones entérminos de producción más que exi-gencias fueron concesiones contrac-tuales.

Programa mínimo obligatorio deinversiones. El plan empresario pre-sentado en la oferta debía incluir unprograma de inversiones físicas quecontemplase las inversiones mínimasobligatorias definidas en el PBC yaquellas otras que el aspirante a laconcesión considerase oportunas se-gún su concepción técnico-económicade operación del complejo. Respectode las inversiones obligatorias, elPBC estipuló que debían ser aquellasnecesarias para cumplir con las canti-dades y el cronograma de entregasde carbón definidos contractualmente.En este sentido, ciertas inversionesen la mina, la usina y en el puerto ymuelle de Punta Loyola fueron preci-sadas taxativamente en el pliego11.

Mercado cautivo para su produc-ción. El consorcio YCRT SA heredódel período de intervención el mencio-nado contrato de suministro de car-bón con AyEE / CTSN. Como se dijo,este acuerdo comprometía a la CTSNa comprarle a YCF 370 mil toneladasanuales de carbón mineral depuradode calidad comercial, a un precio de

US$ 67,57 por tonelada -ajustableanualmente según el índice de pre-cios al por mayor de productos indus-triales de Estados Unidos12-. La vigen-cia de este contrato -de diez años deduración- define, en buena medida, elcontexto de privilegio en que operó elconsorcio YCRT SA, no sólo por la se-gura colocación en la CTSN de la pro-ducción obligatoria fijada en el PBC,sino también porque este intercambiocomercial se haría a un “precio base”que, al doblar el precio internacionalde 1994 (US$ 32,14), importaba unelevado “sobreprecio”13.

Inconsistente regulación de la po-sible prórroga de la concesión. Eldecreto 988/93 fijó un plazo máximode veinte años para la concesión inte-gral del complejo. En esta línea, en elPBC se estipuló un plazo de diez añosprorrogables automáticamente porotros diez, siempre que el concesio-nario hubiera cumplido con el contra-to y, una vez vencido ese plazo, fuesecapaz de constituir una garantía deUS$ 3 millones y comprometer unaproducción equivalente a las 300 miltoneladas anuales de carbón depura-do. De no corroborarse estos supues-tos, la prórroga del contrato pasaba adepender del acuerdo entre las par-tes. Resulta llamativo que las exigen-cias para la renovación automática dela concesión integral de la licenciasean, en términos de garantía y, sobretodo en los compromisos de produc-

11 Ellas son: montaje de una cinta transportadora en la mina 5; instalación de un sistema de eva-cuación de cenizas en la usina; e incorporación de sistemas de cargadores e inversiones com-plementarias en el puerto y muelle de Punta Loyola.

12 En el período 1994/00, la variación de este índice (1.75%) incrementó el precio de venta de latonelada de carbón de YCRT SA a CTSN de U$S 67,57 a U$S 74,17 (Contrato de suministro decarbón y US Department of Labor: www.bls.gov ).

13 Se tomó como proxy de precio internacional al correspondiente al precio FOB de venta de la to-nelada de carbón térmico exportada desde Estados Unidos a la Argentina en el período 1994/00(más un adicional del 7% en concepto de C&F). Éste alcanzó un valor promedio de U$S 37,85-que le proporcionó a YCRT SA internalizar excedentes por “sobreprecios” por un total de U$S49,8 millones (Energy Information Administration, 1998 y 2000).

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ción, menores a las exigidas en elcontrato original.

Las consideraciones que antecedencorroboran que el diseño normativode la privatización del complejo confi-guró un contexto operativo de privile-gio para su futuro operador. Esta si-tuación se vio potenciada por las fa-lencias en materia de regulación ycontrol que acompañaron el procesoprivatizador. En este sentido, el marcoregulatorio no propició el desarrollo deuna estrategia empresaria orientada aalcanzar una ecuación económicarentable, capaz de resolver -en el me-diano o largo plazos- los históricoscuellos de botella del complejo carbo-nífero. Por lo contrario, es un ejemplomás de los “errores” de diseño queacompañaron la privatización de bue-na parte de las restantes empresas yservicios públicos. En términos es-quemáticos, ellos son: la configura-ción de un mercado cautivo para lacolocación de una producción fácil-mente alcanzable; la fijación de unprecio de venta superior al internacio-nal; el compromiso de ejecución men-sual de un elevado subsidio fijo y, fi-nalmente, la consolidación de una ins-titucionalidad regulatoria “residual” yfuncional -por omisión- a los interesesdel concesionario. En este escenario,¿cuál fue la estrategia de operacióndel consorcio YCRT SA?

2.4. La estrategia de la fir-ma: flexibilización laboral,internalización del subsi-dio estatal y despreocupa-ción productiva

La estructura de costos de la empre-sa y las particularidades del plexo nor-mativo de la privatización desincenti-varon al consorcio YCRT SA a definirsu estrategia de operación del com-

plejo sobre la base de la producciónde carbón -o, lo que es lo mismo, delaumento de los ingresos empresarioscomo producto de su comercializa-ción-.

Según surge del cuadro Nº 2, en elaño 1994 los costos de la empresa re-presentaron un 128,7% de sus ingre-sos. Este resultado, sin embargo, nopuede disociarse de los ingresos pro-venientes del doble subsidio con quefue beneficiado el consorcio en elmarco de la privatización: a la opera-ción, financiado por el Estado nacio-nal y con asignación prioritaria a car-gas laborales (que representó, en1994, el 52,7% de los ingresos deYCRT SA) y aquél que deviene de los“sobreprecios” que afrontó la CTSN(20,7% de los ingresos de ese mismoaño). De esta forma, en el primer se-mestre de operación privada del com-plejo, los ingresos originados en sub-sidios representaron un 73,4% de losingresos totales de la firma; mientrasque aquellos provenientes de la co-mercialización “no subsidiada” delcarbón -esto es, de su precio de ven-ta a precios internacionales- no alcan-zaron más que el 18,8% de los ingre-sos totales. En este contexto, YCRTSA eligió una estrategia de operacióndel complejo que -diseñada con el finde usufructuar las falencias del marcoregulatorio- le resultaría más prove-chosa que la producción y comerciali-zación de su rubro “principal”: el car-bón mineral.

En el año 1994, el costo laboral re-presentaba el 60,1% de los ingresosde la firma y el 46,7% de sus costos.La ejecución del subsidio estatal -pe-se a su asignación prioritaria a cargaslaborales- no se encontraba ligadacon el costo salarial de la empresa yestaba tan sólo indirectamente afecta-da por el volumen de la planta de per-

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sonal. Esto es así tanto porque elPBC estableció límites laxos en térmi-nos de desvinculación de personal(cfr. nota 10); como porque no rela-cionó, explícitamente, tal posible des-plazamiento con la suspensión delpago del subsidio. A su vez, si bien elPBC fijó como obligatorio el mínimode 370 mil toneladas depuradas deproducción anual a partir del segundoaño de iniciada la concesión, la ejecu-ción del subsidio se haría efectiva conindependencia de las cantidades decarbón producidas (y, por tanto, delos ingresos originados en su comer-cialización).

En este contexto -y frente a la debi-lidad intrínseca de los organismos deregulación y control- emerge la estra-tegia desplegada por el consorcioYCRT SA para la operación del com-plejo: desvinculación de sus ingresosde la producción de carbón y, en for-ma complementaria, disminución delos costos de operación, específica-mente los laborales.

En relación con el primer eje de suestrategia, el consorcio limitó las to-neladas de carbón producido. Sinembargo, en forma paralela, incluyóen los planes empresarios anuales

Cuadro Nº 2. Estado de resultados YCRT SA, 1994 y acumulado 1994/2000

(en pesos/dólares y porcentajes) * Debido a que YCRT SA comenzó a operar en el mes de julio, este dato correspondeal segundo semestre del año.** Se obtuvo multiplicando las toneladas vendidas a la CTSN por el precio de venta portonelada definido por contrato (y ajustado según el índice de precios mayorista de losproductos industriales de Estados Unidos).*** Se calculó como la diferencia entre las ventas a la CTSN (**) y el precio interna-cional. **** Incluye: a) “otros ingresos” no especificados en el balance; b) ingresos por ventade servicios portuarios y de electricidad; y c) ingresos por venta minorista de carbón -usina de Río Turbio, terceros y suministros no especificados-. En forma acumulada, enel período 1994/00, las ventas de carbón minorista no representaron más que el 23%del total de toneladas vendidas por YCRT SA. En la serie 1995/00, los balances de lafirma no permiten diferenciar los ingresos de tipo b) de los de c), razón por la cual selos incluye en forma genérica bajo el concepto “otros ingresos”. Fuente: Elaboración propia sobre la base de: Contrato de suministro de car-bón, Balances YCRT SA, 1994/00; Decreto 979/94; Energy Information Admi-nistration, 1998 y 2000; HSN, Proyecto de Comunicación, 1546-S-00 y 0584-PE-01:440/445 y US Department of Labor, Bureau of Labor Statistics:www.bls.gov.

1994* % 1994/2000 %

I ngresos totales 17.786.872 100,0% 285.702.926 100,0%

Ventas CTSN** 7.020.253 39,5% 109.009.479 38,2%

Precio internacional 3.339.163 18,8% 59.232.265 20,7%

Sobreprecio CTSN*** 3.681.090 20,7% 49.777.214 17,4%

Subsidio estatal 9.375.000 52,7% 144.375.000 50,5%

Otros ingresos**** 1.391.619 7,8% 32.318.446 11,3%

Costos 22.892.137 128,7% 274.184.218 96,0%

Personal 10.688.125 60,1% 134.478.276 47,1%

Otros costos 12.204.012 68,6% 139.705.942 48,9%

Resultado -5.105.265 -28,7% 11.518.708 4,0%

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compromisos de producción amplia-mente superiores a los mínimos obli-gatorios definidos en el PBC. Esto fue-se estima- una estrategia disuasoria.El consorcio no cumplió en ningunode los años del período bajo análisis(1994/0014) con los compromisos asu-midos en sus planes anuales, alcan-zando tan sólo en uno de ellos(1998/99) el umbral mínimo de 370mil toneladas exigido en el PBC (grá-fico Nº 1). Esta tendencia también secorroboró en el acumulado del perío-do 1994/00: el consorcio alcanzó unaproducción de 1,8 millones de tonela-das, cuando la acumulada según losplanes de gestión anual debería ha-ber sido de 3,2 millones y la mínimaobligatoria según el PBC de, al me-nos, 1,9 millones. Esta situación im-portó desvíos promedio de la produc-

ción real respecto de la pautada enlos planes empresarios y en el PBCdel 43,0% y 22,6%, respectivamente.En este sentido, el gráfico Nº 1muestra que la caída que venía su-friendo la producción promedio anual,desde 1965, no sólo no se revirtió du-rante los años de operación privadasino que -por lo contrario- se profundi-zó. Es más, advierte que la sistemáti-ca desacumulación de stocks (por untotal acumulado de 113 mil toneladas)constituyó otro componente de la es-trategia empresaria14.

Respecto del segundo de los ejesestratégicos de gestión del complejo,la firma se concentró en la reestructu-ración de la empresa sobre la base dela disminución de los costos de opera-ción, específicamente los laborales.Esto fue así, por dos motivos. Por un

14 Se toma el período 1994/00 debido a que no fue posible acceder a los balances de YCRT SA co-rrespondientes a los años 2001 y 2002 -año, éste último, en que el consorcio se presentó en con-vocatoria de acreedores-.

Gráfico Nº 1. Producción y ventas de carbón, 1965/2000. Producción obli-gatoria según PBC y comprometida en los planes anuales de gestión y ope-ración, 1994/2000. (en miles de toneladas de carbón depurado)

Fuente: Elaboración propia sobre la base de: HSN, Proyecto de Comunica-ción, 1546-S-00 y 0584-PE-01:406 y 412; Muñoz y Salvia, 1992: 18 y PBC,capítulo V: punto 1.

0

100

200

300

400

500

600

700

1965/70 1971/75 1976/82 1983/87 1988/90 1994/95 1995/96 1996/97 1997/98 1998/99 1999/00

Producción real Producción obligatoria según PBCProducción según planes empresarios Ventas de carbón mineralAjuste tendencial producción real

PERÍODO DE OPERACIÓNESTATAL

PERÍODO DE OPERACIÓNCONCESIONADA

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lado, debido al peso del costo laboralsobre los ingresos y los egresos de lafirma. Por el otro, puesto que los már-genes de internalización del subsidioestatal aumentarían -por su asigna-ción prioritaria al pago de cargas labo-rales y su carácter fijo- en forma pro-porcional a la disminución del costolaboral. Bajo esta lógica, el consorcioYCRT SA implementó un conjunto depolíticas que contribuyó con la rees-tructuración de las relaciones labora-les y comunitarias15. Entre ellas, sedestacan las siguientes:

Expulsión de trabajadores. La ex-pulsión de trabajadores comenzó enel marco de las políticas de “sanea-miento” de la empresa conducidasdesde el Estado nacional, bajo la mo-dalidad del retiro “voluntario”. En losaños previos a la transferencia (a par-tir de 1992), el Estado nacional gestio-nó el retiro de 1.710 agentes, de for-ma que, en 1994, YCF transfirió un to-tal de 1.290 trabajadores al consorcioYCRT SA (cuadro Nº 3 y Luque et al,2003:126)16. Esta tendencia, continuó-aunque en menor escala- durante lagestión privada de la mina, de manera

15 Este proceso involucró un alto grado de conflictividad con los trabajadores y la comunidad, paracuya resolución fue necesaria -en muchas oportunidades- la mediación del gobierno provincialy/o el nacional. Para un análisis de los conflictos sociales en Santa Cruz y en la cuenca de RíoTurbio ver, respectivamente: Luque et al, 2003 y Vidal, 1998.

16 La aplicación del programa de retiro “voluntario” fue indiscriminada, de forma tal que se verificóuna importante pérdida de recursos humanos calificados y la consiguiente merma en la capaci-dad productiva de la empresa (Vidal, 1998: 17).

Cuadro Nº 3. Personal afectado a la explotación del complejo carboníferode Río Turbio y salario medio, 1994/2000

(en valores absolutos, porcentajes, $ e índice 1995=100)* Datos correspondientes al 1 de julio de cada año.** Se denomina “personal estable” a aquél que fue transferido por YCF a YCRT SA enel momento en que el consorcio se hizo cargo de la concesión. El “personal incorpo-rado” es el que YCRT SA contrató en forma directa durante su gestión. El “personaltercerizado” es aquél que, aunque afectado a la explotación del complejo, dependeformalmente de las empresas contratistas de YCRT SA.*** Se toma 1995 como año base para el cálculo del salario medio anual porque losdatos de 1994 corresponden a un solo semestre.Fuente: Elaboración propia sobre la base de: Balances YCRT SA, 1994/00y HSN, Proyecto de Comunicación, 1546-S-00 y 0584-PE-01:437.

Otros Otros

Estable Incorporado Tercerizado % (1) % (2) % (3)

(1) (2) (3) (4) = (1) +(2) +(3) (1) / (4) (2) / (4) (3) / (4) $ 1995=1001994* 1.290 0 0 1.290 100,0% 0,0% 0,0%

1995 1.195 15 0 1.210 98,8% 1,2% 0,0% 21.129 100,01996 1.092 145 40 1.277 85,5% 11,4% 3,1% 16.600 79,01997 1.001 146 14 1.161 86,2% 12,6% 1,2% 20.468 97,01998 967 201 76 1.244 77,7% 16,2% 6,1% 13.794 65,01999 921 178 146 1.245 74,0% 14,3% 11,7% 14.329 68,02000 889 107 255 1.251 71,1% 8,6% 20,4% 14.599 69,0

Personal**Salario medio

anual***YCRT SA Total

complejo RíoTurbio

YCRT SA

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71La privatización de YCF

que, en el año 2000, la dotación depersonal estable era un 31,1% menorque al inicio de la concesión (889agentes).

Cambio en la estructura de laplanta de personal (e inestabilidadlaboral). El cuadro Nº 3 permite co-rroborar un aumento significativo delpersonal tercerizado en otras empre-sas en detrimento del estable, trans-ferido desde YCF17. En este sentido,se verifica que éste último pasó de re-presentar la totalidad del empleo en1994 a explicar exclusivamente el71,1% en el año 2000. Como contra-partida, en idéntico período, la repre-sentación del personal tercerizado pa-só a implicar un 20,4% del total. Estaimportante modificación de la compo-sición de la estructura de personal im-portó enormes pérdidas para los tra-bajadores en términos de monto sala-rial, obra social y derechos de afilia-ción (Salvia, 1997a y Vidal, 1998).Asimismo, contribuyó a aumentar losmárgenes de inestabilidad laboral pa-ra el personal incorporado y terceriza-do.

Explotación de la mano de obra.Una de las primeras medidas adopta-das por la dirección de la empresa fueel desconocimiento de la representa-ción sindical de la Asociación de Tra-bajadores del Estado y de la vigenciadel convenio colectivo de trabajo 3/75ATE-YCF (Vidal,1998: 8). Esto posibi-litó -tal como surge de un informe ela-borado, en abril de 2001, por la Direc-ción Nacional de Inspección Federaldel Trabajo- considerables márgenesde explotación laboral. En este senti-do, se corroboró: exceso de la jorna-

da diaria, hasta 16 horas de trabajoininterrumpido; falta de goce de des-canso semanal, a punto tal de elevar-se a 25 días consecutivos sin descan-so alguno; falta de pausa de 12 horasentre el cese de una jornada y el co-mienzo de la siguiente; 19 meses demora en la contratación del seguro deaccidentes del trabajo y falta de inver-sión en seguridad e higiene (entreotros, suspensión de los exámenesde salud anuales) (AGN, 2002:36/37).

Disminución de salarios directose indirectos. Entre 1985 y 1993 la re-muneración media de los trabajado-res de YCF cayó un 50%, contra un20% de la media nacional (Muñoz ySalvia, 1996; citado en Vidal, 1998:7). Esta tendencia a la baja se mantu-vo durante los años de operación pri-vada del complejo, de forma que, enel período 1995/00, el salario medioanual cayó un 31,0% (cuadro Nº 3).La combinación de bajas en el salarionominal con fuertes disminuciones delos salarios indirectos históricamenteprovistos por la empresa (cfr. nota 5),implicó importantes alteraciones enlas estrategias familiares de vida dequienes todavía tenían la “suerte” deno haber perdido el empleo (Salvia,1997a y Vidal, 1998).

Relocalización de trabajadores. Elproceso de reestructuración implicó laruptura de acuerdos históricos e implí-citos sobre la distribución del trabajoen la empresa. Durante los años deoperatoria pública del yacimientoexistía un acuerdo entre la empresa ylos trabajadores por medio del cualeran los más jóvenes quienes desa-rrollaban las tareas más riesgosas y

17 El incremento del personal tercerizado fue posible, en parte, por el sostenido aumento de la ter-cerización de actividades de producción y servicios que, desde el inicio de la concesión, tendió ala subcontratación de mano de obra propia de la empresa y de ex agentes (Salvia, 1997b). Estopuede corroborarse en el rubro “locación de servicios” del cuadro N°4, en la siguiente sección.

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exigentes en el interior de la mina,concentrándose las tareas en superfi-cie sobre los trabajadores de mayoredad. Con la llegada de YCRT SA alcomplejo carbonífero este acuerdofue incumplido. Rápidamente comen-zaron las reasignaciones de personaldesconociendo los saberes previosde los trabajadores (esto, en muchoscasos, funcionó como paso previo yobligado hacia a la aceptación del re-tiro) y la desatención de la distribucióngeneracional del trabajo entre los mi-neros.

2.5. Balance de la conce-sión: ganancias privadas,subsidios y (des)controlpúblico

El cuadro Nº 4 evidencia hasta quépunto la estrategia elegida para laoperación privada del complejo resul-tó favorable para el consorcio YCRTSA. En el acumulado del período1994/00, alcanzó una rentabilidad so-bre ingresos (sin considerar el subsi-dio estatal) del 8,2%, lo que le propor-cionó una masa acumulada de bene-ficios de $/US$ 11,5 millones. Paracontextualizar este margen de renta-bilidad, resulta útil compararlo con elobtenido por la cúpula empresaria delpaís en el mismo período. En estesentido, se corrobora que YCRT SAsuperó ampliamente el 3,9% de utili-dad promedio sobre ventas que logra-ron las doscientas empresas másgrandes del país; así como, simultá-neamente, se acercó al promedio de10,4% que obtuvieron las empresasprivatizadas que forman parte de lacúpula -que fueron, por lejos, el seg-mento de mayor rentabilidad dentrodel universo de las grandes firmas dela economía nacional durante los no-venta- (Azpiazu, 2002:114).

En este contexto, llama la atención

el resultado divergente que tuvo parael Estado nacional y el consorcio pri-vado la experiencia de operación con-cesionada del complejo. Mientras eloperador logró una rentabilidad sobreingresos extraordinaria, el Estado na-cional erogó, en el acumulado del pe-ríodo 1994/00, un total de $/US$144,4 millones en forma de subsidio.De hecho, como surge del cuadro Nº4 fue justamente el monto anual deeste subsidio aquello que le permitióal consorcio YCRT SA obtener resul-tados finales positivos desde 1996 enadelante -aun frente a resultados ope-rativos anuales negativos por un valoracumulado de $/US$ 132,9 millones-.El gráfico Nº 2a permite visualizar elrol complementario que asumieron elsubsidio estatal y la disminución delcosto salarial sobre el estado de re-sultados 1994/00 de YCRT SA. Por suparte, el gráfico Nº 2b marca la inde-pendencia de la rentabilidad (sobreingresos sin subsidio estatal) de losniveles de ventas de carbón (a laCTSN).

El gráfico Nº 2a, corrobora uno delos efectos del diseño normativo de laprivatización del complejo: la rentabi-lidad de la firma tiende a correspon-derse con la disminución de los cos-tos laborales (toda vez que se definiócomo fijo el subsidio estatal de asig-nación prioritaria a tales costos). Elaño 1998 expresa, en su máxima in-tensidad, dicho sesgo (y la correspon-diente estrategia de operación imple-mentada por la empresa). En eseaño, la rentabilidad de YCRT SA al-canzó el pico de 34,9% en paralelocon los costos salariales más bajosdel período ($/US$ 17,2 millones) yuno de los ingresos por ventas –a laCTSN- más bajos ($/US$ 15,2 millo-nes).

Asimismo, según se desprende del

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73La privatización de YCF

gráfico Nº 2b, la rentabilidad sobreingresos del consorcio YCRT SA seindependizó de los ingresos por ven-tas de carbón, evidenciando, a partirde 1997, una tendencia inversa. Estecomportamiento -que no muestra otracosa que la desvinculación entre larentabilidad del consorcio y los nive-les de producción y comercializaciónde carbón- también puede corroborar-se a través de la comparación entre elcuadro Nº 4 y el gráfico Nº 1. Enellos no se evidencia corresponden-cia alguna entre el resultado final de

los balances anuales de YCRT SA yla evolución de la producción de car-bón. A modo de ejemplo, en los años1997 y 1998, YCRT SA obtuvo ganan-cias por valores de $/US$ 6,0 millo-nes y 6,6 millones, respectivamente,con una de las menores produccionesdel período (235 mil toneladas).

En síntesis, se infiere que fue la dis-minución del costo laboral -y la flexibi-lización de las condiciones de trabajo-en conjunto con el predominio de es-casos volúmenes de producción

Cuadro N° 4. Estado de resultados YCRT SA y subsidio estatal, 1994/2000

(en pesos/dólares y porcentajes)* Debido a que YCRT SA comenzó a operar en el mes de julio, este dato correspondeal segundo semestre del año.** Incluye: a) “otros ingresos” no especificados en el balance; b) ingresos por venta deservicios portuarios y de electricidad; y c) ingresos por venta minorista de carbón -usi-na de Río Turbio, terceros y suministros no especificados-. En forma acumulada, en elperíodo 1994/00, las ventas de carbón minorista no representaron más que el 23% deltotal de toneladas vendidas por YCRT SA. En la serie 1995/00, los balances de la fir-ma no permiten diferenciar los ingresos de tipo b) de los de c), razón por la cual se losincluye en forma genérica bajo el concepto “otros ingresos”. *** Incluye: salarios, contribuciones a la seguridad social y gastos en medicina preven-tiva. Excluye indemnizaciones.**** Incluye: repuestos, mantenimiento y reparaciones.***** Incluye, entre otros, el costo de fletes y acarreos -cuya evolución fue relativamen-te estable durante el período-.

Fuente: Elaboración propia sobre la base de: Balances de YCRT SA,1994/00; Contrato de suministro del carbón, 1994; Decreto 979/94; EnergyInformation Administration, 1998 y 2000; y HSN, Proyecto de Comunicación,1546-S-00 y 0584-PE-01:440/445.

1994* 1995 1996 1997 1998 1999 2000 1994/200Ingresos sin subsidio estatal 8.411.872 23.351.459 21.379.280 22.937.608 18.890.342 27.681.929 18.675.436 141.327.92Ventas CTSN 7.020.253 16.878.831 17.078.550 16.254.804 15.169.444 24.002.399 12.605.199 109.009.47Otros ingresos** 1.391.619 6.472.628 4.300.730 6.682.804 3.720.898 3.679.530 6.070.237 32.318.44Costos 22.892.137 47.541.151 41.912.859 39.399.830 34.804.454 48.384.928 39.248.859 274.184.21Personal*** 10.688.125 25.566.522 21.198.123 23.763.381 17.159.465 17.839.198 18.263.462 134.478.27Mantenimiento**** 8.240.393 2.365.224 4.079.075 3.038.358 4.877.134 4.362.930 2.571.325 29.534.43Locación de servicios***** 1.818.246 6.973.661 7.759.783 7.189.700 8.493.473 11.070.063 7.090.428 50.395.35Otros costos 2.145.373 12.635.744 8.875.878 5.408.391 4.274.382 15.112.737 11.323.644 59.776.14Resultado operativo -14.480.265 -24.189.692 -20.533.579 -16.462.222 -15.914.112 -20.702.999 -20.573.423-132.856.29Subsidio estatal 9.375.000 22.500.000 22.500.000 22.500.000 22.500.000 22.500.000 22.500.000 144.375.00Resultado final -5.105.265 -1.689.692 1.966.421 6.037.778 6.585.888 1.797.001 1.926.577 11.518.70Rentabilidad s/ ingresos sin subsidio -60,7% -7,2% 9,2% 26,3% 34,9% 6,5% 10,3% 8,2%

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Gráfico Nº 2a. Costo salarial, subsidio estatal y rentabilidad sobre ingresos,1995/2000 (en millones de pesos/dólares y porcentajes)

Gráfico Nº 2b. Ingresos sin subsidio estatal, ingresos por ventas a CTSN,subsidio estatal y rentabilidad sobre ingresos, 1995/2000 (en millones de pe-sos/dólares y porcentajes)

* La rentabilidad se calcula sobre los ingresos declarados por la firma en sus balan-ces sin incluir el subsidio estatal. ** Las toneladas vendidas a CTSN representaron, en forma acumulada, el 77% de lasventas de YCRT SA en el período 1994/00. Los balances de la firma no permiten dis-cernir entre los ingresos por ventas de servicios portuarios y de electricidad y aquellosoriginados en la venta de carbón minorista (23% del total). Por este motivo, el GráficoNº 2b los incluye bajo el concepto de “ingresos sin subsidio estatal”, que también con-templa los ingresos por ventas a CTSN.

Fuente: Elaboración propia sobre la base de: Balances YCRT SA, 1994/00;Contrato de suministro de carbón, 1994; Decreto 979/94 y HSN, Proyecto deComunicación, 1546-S-00 y 0584-PE-01:440/445.

0

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1995 1996 1997 1998 1999 2000-10%-5%0%5%10%15%20%25%30%35%40%

Subsidio estatal Ingresos por ventas a CTSN**Ingresos sin subsidio estatal Rentabilidad s/ ingresos*

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1995 1996 1997 1998 1999 2000-10%-5%0%5%10%15%20%25%30%35%40%

Subsidio estatal Costo salarial Rentabilidad s/ ingresos*

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aquello que, frente a la percepciónmensual de un subsidio fijo y de “so-breprecios” en las ventas a la CTSN,le permitió al consorcio YCRT SA al-canzar una rentabilidad acumuladapara el período del 8,2%. Esta situa-ción fue posible tanto por el diseño re-gulatorio de la concesión -que dio lu-gar a un contexto operativo de privile-gio-como por las debilidades del siste-ma de regulación y control -que am-pararon una estrategia empresarialbasada sobre el usufructo de las debi-lidades del marco regulatorio y en losincumplimientos contractuales-.

3. Síntesis de un fracaso

“Taselli había hecho un emprendimientofinanciero, no minero, pero la culpa de

sus tropelías la tuvo una concesión malarmada”

Eduardo A. Arnold, ex Interventor YCF2002/2003 (La Nación, Enfoques, 1/08/04)

3.1. El despertar del Estadoy la rescisión contractual.Una vuelta a foja cero conaltos costos económico -sociales

Las debilidades de diseño de la pri-vatización -o su funcionalidad frente alos intereses privados- marcaron losaños de operación privada de la cuen-ca. En lo que sigue, se describen losemergentes en términos de prácticaregulatoria efectiva que se despren-den de tal diseño normativo. En estesentido -más allá de la creación tardíade la CFRT, su limitada dotación derecursos y su escasa autonomía y ca-pacidad de resolución- se evidenciódurante todo el período -salvo conta-das excepciones hacia el final de ladécada, ausencia de voluntad política

en la materia. Entre las principales fa-lencias detectadas en la práctica re-gulatoria de la SEN y la CFRT se des-tacan las siguientes:

Ausencia de controles sistemáti-cos. La CFRT no realizó controles pe-riódicos sobre el respeto de la empre-sa de sus obligaciones contractuales.Esta falencia no sólo permitió la con-solidación de una estrategia de opera-ción del complejo basada sobre el in-cumplimiento de la producción míni-ma obligatoria, sino, incluso, otras se-veras faltas sobre los compromisoscontractuales. Al margen de las irre-gularidades previamente menciona-das, se corroboraron incumplimientosen los siguientes campos: pago dehaberes al personal y aportes previ-sionales, contratación de seguros delpersonal y bienes concesionados, in-versiones obligatorias, cuidados am-bientales, actualización del inventariode bienes, estado operativo de maqui-narias y bienes, afectación de bienesa terceros, patrimonio neto mínimoexigido, planes empresarios anuales yplan de desarrollo minero (AGN:2002, 50/51 y decreto 1034/02).

Inactividad frente a denunciascontra YCRT SA. La SEN se mantu-vo inactiva o realizó imputaciones ex-temporáneas a partir de los informeselaborados por la CFRT y de las de-nuncias efectuadas por otras agen-cias públicas, involucradas indirecta-mente en el control del complejo. En-tre los informes desoídos, se desta-can aquellos elevados por la Direc-ción Provincial de Minería (1997 y1999), el Poder Legislativo Nacional(cfr. nota 9) y la Dirección Nacional deInspección del Trabajo (2001) (AGN,2002: 28, 37 y 50).

Pago del subsidio. Pese a los in-cumplimientos en que incurrió el con-sorcio desde el inicio de la concesión,

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hasta el año 2000, la CFRT aconsejó“mecánicamente” a la autoridad deaplicación el pago en término del sub-sidio. En este sentido, no realizaroncontroles periódicos a efectos de co-rroborar -previo a su autorización- siel concesionario adeudaba salarios alpersonal y/o aportes jubilatorios o sihabía incurrido en alguna de las cau-sales de rescisión contractual defini-das en el PBC; menos aún controlóque los fondos recibidos por el conce-sionario fueran aplicados prioritaria-mente a cargas laborales (AGN,2002: 35/36).

Por las características del sistemade regulación y control, la autoriza-ción, o no, del pago del subsidio ad-quirió un valor simbólico adicional almonetario. La CFRT no contaba concapacidad autónoma de resolución yel PBC no le había otorgado a la SENalternativas punitorias previas a larescisión del contrato. De esta forma,la ejecución del subsidio se convirtiócasi en la única herramienta en ma-nos del Estado nacional con capaci-dad de ejercer alguna presión “punito-ria” sobre el accionar del operador. LaCFRT y la SEN recién comenzaron ahacer uso de esta herramienta haciael año 2000. Sin embargo, sus poten-cialidades rápidamente se enfrenta-ron con limitaciones originadas en lanormativa de la privatización (lega-les); y con aquellas provenientes de ladependencia de la cuenca de Río Tur-bio de la explotación carbonífera (es-

tructurales). Respecto de las limitaciones norma-

tivas, la obligación contractual de pa-gar intereses al concesionario frente aatrasos en la ejecución del subsidio li-mitó -en cierta medida- las posibilida-des del Estado de hacer un uso “regu-latorio” del mismo. Esto fue así pues-to que el marco contractual autorizó elinicio de reclamos monetarios por mo-ra en el pago del subsidio y, de estamanera, le incluyó a la SEN un costoadicional a la hora de optar por el re-traso en su ejecución. En relación conlas limitaciones estructurales -y estees un elemento que cruza de principioa fin la privatización- no puede deses-timarse la dependencia estructural dela cuenca de Río Turbio del manteni-miento en condiciones operativas delcomplejo carbonífero. En este senti-do, la capacidad efectiva del Estadode ejercer alguna presión sobre elconcesionario se vio fuertemente limi-tada, en tanto, parte y contraparteeran conscientes de que el retraso enel pago del subsidio comprometía enforma directa el pago de salarios alpersonal del yacimiento; y, de estaforma, no sólo afectaba la actividadeconómica de la cuenca sino quetambién enardecía el termómetro so-cial18.

¿Qué hacer, entonces, con el com-plejo carbonífero? ¿Seguir permitien-do el incumplimiento permanente delcontrato por parte del operador y, pa-

18 Es por esto que -desde el año 2000 y hasta la crisis de 2001- si bien la Secretaría de Energía yMinería (ex - SEN) amenazó, en reiteradas oportunidades, con la suspensión del pago del sub-sidio siempre terminó efectuándolo de acuerdo con las disposiciones vigentes. Según surge delos memorandos de la CFRT, esta comisión, pese a haber corroborado “faltas de cumplimientocontractual suficientes para suspender el pago del subsidio”, recomendó a la Secretaría de Ener-gía su ejecución en término por considerar que la “suspensión ... podría traer aparejado atrasosen el pago de salarios con el consecuente conflicto laboral y social, y probablemente, la necesi-dad de pasar inmediatamente a la rescisión del contrato, entendiendo que la autoridad de apli-cación y el Estado nacional aún no están preparados para enfrentar una situación de esta natu-raleza” (CFRT, Memorando 08/01, citado en AGN, 2002:35).

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ralelamente, perpetuar una concesiónmal diseñada o, en su lugar, retomarla gestión pública del complejo y asu-mir el costo político y económico desu reestructuración?

Con el Dr. De la Rúa en la presiden-cia (1999), asumió como Secretariade Energía y Minería (ex - SEN) la Lic.Débora Giorgi, quien inició un nuevoproceso en relación con la débil ac-tuación de la CFRT desde su crea-ción. Luego de seis años de inactivi-dad -en el marco del cambio de co-yuntura en nivel nacional y una vezocurrido un accidente ambiental de al-tísimo poder contaminante (caída dela pileta de lodo, año 2000)- la CFRT,motorizada por la flamante Secretaríade Energía y Minería, comenzó a de-sarrollar cierta actividad. Sin embar-go, el plan de acción propuesto pararevitalizar el control del Estado sobrela operación privada del complejoquedó trunco, como tantos otros pro-yectos del gobierno de la Alianza. Eneste sentido, se vio frustrada la inten-ción de las nuevas autoridades de in-timar al concesionario al cumplimientode sus obligaciones por medio de supoder de veto sobre la ejecución delsubsidio. En su lugar, cuando en ple-na crisis del gobierno de la Alianza(2001), la Secretaría de Energía y Mi-nería finalmente decidió la suspen-sión del subsidio, se revelaron insal-vables las contradicciones del diseñooriginal de la privatización. El carácterdilatorio -y carente de toda soluciónde largo plazo para la cuenca- quedóal descubierto. El desinterés del con-sorcio YCRT SA en continuar al man-do de la empresa se hizo manifiesto.

La onda expansiva de la crisis de fi-nes de 2001, al mover el tablero polí-tico en el nivel nacional, repercutió so-bre el contexto de operación del com-plejo. La modificación cambiaria queconllevó el fin de la convertibilidad (leyNº 25.561), pesificó el negocio de RíoTurbio y, de esta forma, marcó unpunto de inflexión en el interés delconcesionario sobre la empresa. Asi-mismo, la cercanía de la finalizacióndel contrato de suministro de carbón(2003) anunciaba el ocaso del ciclo deacumulación que, amparado en el ca-rácter cautivo de la demanda de laCTSN, le había quitado riesgo al ne-gocio de Río Turbio, ligándolo inexo-rablemente con elevadas tasas derentabilidad. En este contexto -y aunfaltando dos años para el fin del con-trato de concesión integral- la retiradaera la mejor opción para un consorcioque, entre 1994 y 2000, había logradoapropiarse de $/US$ 11,5 millones;con un aporte de capital inicial -exclu-yendo la garantía- del 14,0% de estevalor ($/US$ 1,6 millones)19.

En enero de 2002, el consorcioYCRT SA anunció su retiro del nego-cio, los reclamos del personal no ce-saban y las auditorías de la CFRT ha-bían corroborado flagrantes incumpli-mientos contractuales por parte delconcesionario. En este marco -en quela comunidad de Río Turbio logró seroída por la administración Duhalde-bastó que el consorcio solicitase suconcurso preventivo para justificar ladecisión oficial de rescindir el contratode concesión, retener la garantía e in-tervenir la empresa (decreto1034/02)20. De esta forma, el Estado

19 El costo total de “ingreso al negocio” fue $/U$S 9,5 millones: $/U$S 12 mil, constitución de la so-ciedad; $/U$S 1,6 millones, aportes no capitalizados y $/U$S 7,9 millones, garantía) (Balancesde la empresa, 1994/00).

20 La presentación del consorcio en convocatoria de acreedores era una de las causales de termi-nación de la concesión taxativamente incluida en los contratos.

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nacional -aun no habiendo resuelto, nidefinido, una solución para Río Tur-bio- se hizo cargo de la operación delcomplejo.

La “reestatización” de la empresa si-tuó al Estado nacional frente a una en-crucijada similar a la que se había en-frentado al momento de su privatiza-ción: explotar o cerrar el complejo. Es-to es, explotar el complejo o, en su lu-gar, realizar exclusivamente las tareasde mantenimiento necesarias paraque se mantuviese en “condicionesóptimas”. La primera opción, ademásde contar con el apoyo de la comuni-dad de Río Turbio -que, como antaño,seguía dependiendo de las fuentes la-borales en la empresa como principalmedio de subsistencia- implicaba, ne-cesariamente, la realización de ciertasinversiones con el fin de revertir el es-tado de abandono y destrucción en elque había sido entregada la empresapor parte de YCRT SA. La segunda delas alternativas, si bien en principiopodía resultar más atractiva -por nocomprometer al Estado en mayoreserogaciones en el marco de la crisiseconómica post devaluación- resultóinviable frente a las fuertes presionesejercidas desde la provincia de SantaCruz, la cuenca de Río Turbio y elCongreso de la Nación21.

La decisión del gobierno nacional dehacerse cargo de la operación de laempresa sin su respectiva consolida-ción jurídica y en las condiciones deabandono en que el consorcio privado

la había entregado -esto es, sin lasnecesarias inversiones que le dieranviabilidad económica y márgenes deseguridad a sus trabajadores- fue, atodas luces, la antesala de la tragediade junio de 2004, en la que murieroncatorce mineros. Las palabras deEduardo Arnold -primer interventor delyacimiento posterior a la rescisióncontractual- dan cuenta de las presio-nes que influyeron la “opción” oficialpor la explotación de la cuenca: “Reci-bimos [el complejo] sin los subsidios yel precio sostén de Taselli, pero la ur-gencia era volver a producir. El presu-puesto era exiguo y más del 90% seiba en sueldos. Logramos levantar al-go que después de las atrocidades dela concesión era una porquería” (LaNación, Enfoques, 1/08/04). Ahorabien: ¿por qué la “la urgencia era vol-ver a producir”? ¿Cuál es el sentidode “levantar algo que era una porque-ría”?

La experiencia privada se alejó delos objetivos genéricos del programaprivatizador y, en particular, de aque-llos previstos para la concesión de RíoTurbio. En este último sentido, no al-canzó -ni se propuso alcanzar- unaadministración eficiente de la empre-sa que le permitiera disminuir -sin lamediación de subsidios- su históricodéficit operativo; ni tampoco una opti-mización de recursos o capacidadproductiva que lograse aumentar losvolúmenes de producción y comercia-lización del carbón. Por lo contrario,

21 La primera de las alternativas de esta encrucijada fue reflejada en el decreto Nº 1034, del14/06/02, que rescindió la concesión e intervino la empresa. La segunda de ellas, quedó enmar-cada en el decreto Nº1052, de fecha cinco días posterior, que dio marcha atrás con el compromi-so de explotación del yacimiento por parte del Estado nacional; limitando su participación a su“mantenimiento en condiciones óptimas” (artículo 1). Luego de fuertes presiones políticas, sietemeses después, esta opción se hizo a un lado. Para ello, a través de la sanción de un nuevo de-creto (decreto Nº153, 30/01/03), el PEN derogó el artículo 1 del decreto Nº 1052/02, de forma quela intervención a cargo del Estado nacional quedó definitivamente comprometida con su explota-ción (según lo dispuesto en el decreto original 1034/02 y en línea con la primera de las alternati-vas de la “encrucijada”).

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contribuyó a elevar el déficit fiscal y,paralelamente, no involucró un cau-dal de inversiones que justificase laexplotación privada de recursos norenovables. Asimismo, el plexo nor-mativo de la concesión integral delcomplejo no resolvió, ni a corto ni alargo plazo, el problema central queaqueja, desde hace décadas, al sec-tor productor de carbón en el país: suinviabilidad económica en ausenciade una política energética que incluyaal mineral dentro de la matriz nacionaly que -por tanto- permita resolver loscuellos de botella históricos de YCF.Peor aún, diseñó un contexto operati-vo que, a todas luces, incentivó alconsorcio privado a implementar unaestrategia contraria al interés publico-en términos del (no) desarrollo delargo plazo del sector-; y en detrimen-to de los intereses de la comunidadde la cuenca, por viabilizar, normati-vamente, la internalización del subsi-dio a partir de la disminución del cos-to laboral.

La encrucijada “explotación vs. cie-rre” a la que se enfrentó el Estado na-cional luego de la rescisión del con-trato se resolvió por la dependenciade la comunidad de la cuenca de RíoTurbio de la actividad productiva delcomplejo carbonífero; de forma talque, inevitablemente, configuró una“solución” de corto plazo para el sec-tor. En este sentido, no desarrolló unaestrategia de operación del complejogenuinamente orientada a su recon-versión productiva y –menos aún- sepropuso convertir al carbón mineralen un insumo posible en la genera-ción de electricidad. En síntesis, laprivatización de YCF, al no estar in-serta en una política energética inte-gral, dilató la crisis latente del sector

carbonífero hasta que finalizaran elcontrato de suministro con la CTSN(solución paliativa a los problemas decomercialización de YCF) y la conce-sión integral con YCRT SA. La “re-es-tatización” no corrió mejor suerte.

3.2. El incendio de la mina ylos efectos impensadosde la regulación residual

Luego de dos años de operación es-tatal del complejo en condiciones pre-carias, el 14 de junio de 2004 se de-sencadenó un incendio en el yaci-miento, de origen y responsabilidadesaún no esclarecidas judicialmente.Según trascendidos periodísticos, sehabría originado a raíz de un chispa-zo en uno de los rodillos de la cintatransportadora que saca a la superfi-cie el carbón de la boca de mina Nº 5.Este accidente, además de ocasionarenormes pérdidas materiales, pusoen peligro la vida de todos los traba-jadores que se encontraban en lasprofundidades de la mina. Milagrosa-mente, la mayoría logró escapar; aun-que no se desestima que posean im-portantes secuelas producto de haberinhalado humo y gases tóxicos duran-te el episodio. Por desgracia, catorcede ellos murieron asfixiados, atrapa-dos en medio de los desmoronamien-tos producidos por el fuego. Desde elaccidente -que constituyó la peor tra-gedia de la historia del yacimiento- laactividad de la mina se encuentra pa-ralizada. Sus galerías -ya despeja-das- son objeto de la investigación ju-dicial conducida por el juez federal deRío Gallegos, Gerardo Caamaño.

A seis meses de la tragedia es pocolo que ha avanzado la investigaciónjudicial22. Aun cuando será larga y di-

22 En un polémico y reciente fallo el juez que entiende en la causa procesó a dos operarios (“por ad-vertir el fuego y no avisar a tiempo”) y les dictó falta de mérito a los encargados del mantenimien-to y la seguridad de la mina (Página 12, 19/12/04).

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ficultosa, muchos no dudan en afirmarla vinculación entre el incendio desa-tado y el proceso de reestructuración(“eficientización”) llevado adelante porla concesionaria. En este sentido, latragedia llama a la reflexión sobreciertos emergentes también trágicosdel proceso privatizador argentino; yadvierte sobre los perjuicios impensa-dos sobre el patrimonio, los recursosnacionales y -peor aún- sobre la pro-pia vida humana de la regulación pú-blica residual que lo acompañó.

4. Reflexiones finales

Los patrones que distinguen el pro-ceso de privatización del complejocarbonífero de Río Turbio identifica-dos en las secciones precedentes secorroboraron -en grados variables ycon particularidades según los casos-en el resto del programa privatizadorde los noventa, en el que se conjugan,entre otros, la presencia de contextosoperativos de privilegio, bajos nivelesde inversión, crecientes márgenes deexplotación de los trabajadores y débil-y “complaciente”- institucionalidad re-gulatoria.

La concesión de YCF no sólo se ale-jó de los objetivos discursivos del pro-grama privatizador; sino que, parale-lamente, permitió -con nulos benefi-cios públicos como contrapartida- unaconsiderable transferencia de recur-sos nacionales a manos de un con-sorcio privado. A diez años de aquelladecisión, la cuenca carbonífera se en-cuentra hoy en idénticas -o, incluso,peores- condiciones. En términos dela implementación de políticas públi-cas complementarias en beneficio dela diversificación energética, han sidodiez años en vano. Desde una lecturacentrada sobre la reconversión pro-

ductiva de la empresa, una gran invo-lución. ¿Podrá, alguna vez, el Estadonacional diseñar una política energéti-ca integral que incorpore el carbón mi-neral? ¿Es posible reestructurar elcomplejo carbonífero de forma tal deusufructuar en beneficio público la ri-queza del carbón mineral nacional?En este sentido, la administraciónKirchner ha dado algunos pasos -has-ta ahora de resultados inciertos- que,se espera, sean los primeros en el ca-mino hacia la consolidación de la in-dependencia energética y la diversifi-cación de la matriz nacional.

La primera medida de peso es lacreación de una empresa nacional dehidrocarburos, ENARSA, con incum-bencia directa en el campo de los mi-nerales sólidos. De esta manera, es-tarían dadas las condiciones -y seríaauspicioso que esto ocurriera- para laconsolidación jurídica del yacimientode Río Turbio y su eventual incorpora-ción al plan de gestión empresaria deENARSA. La segunda medida avanzasobre un antiguo proyecto de la re-gión: la construcción de una centraltermoeléctrica en Río Turbio que, abase de carbón mineral, atienda la de-manda energética de las ciudades deRío Turbio, 28 de Noviembre, El Cala-fate y Río Gallegos. En este sentido,el gobierno nacional firmó un conve-nio con la República Checa que com-promete a la empresa estatal Skoda ainvertir cerca de US$ 40 millones pa-ra su construcción y entrega “llave enmano” (Ámbito Financiero, 14/12/04).

¿Regreso del estado empresario onuevo ciclo de apropiación privada derecursos públicos? La rescisión delcontrato en forma coincidente con elagotamiento del ciclo -y, con el mani-fiesto acuerdo del consorcio respon-sable-; la utilización de la contratacióndirecta con la República Checa para

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la construcción de la usina y, final-mente, la participación en este nuevoemprendimiento de la misma opera-dora técnica (Skoda) que acompañó a

YCRT SA sugieren algunos indicios.Todavía hay espacio para fijar nuevosrumbos. El tiempo dirá.

Diciembre de 2004.

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