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JIU/REP/84/13 Universidad para la Paz Preparado por Nasser Kaddour Norman Williams Dependencia Común de Inspección Ginebra 1984

Universidad para la Paz - Joint Inspection Unit · para una orientación administrativa, dinámica y cónsona con los requerimientos de las organizaciones pertenecientes al sistema

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Page 1: Universidad para la Paz - Joint Inspection Unit · para una orientación administrativa, dinámica y cónsona con los requerimientos de las organizaciones pertenecientes al sistema

JIU/REP/84/13

Universidad para

la Paz

Preparado por

Nasser Kaddour

Norman Williams

Dependencia Común de Inspección

Ginebra

1984

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JIU/REP/84/13 Corr.l Español solamente

UNIVERSIDAD PARA LA PAZ

Corrigendum

Página 2, párrafo 3, línea 3

Por A/34/468 lea A/35/468

Página 8, párrafo 19, línea 2

Por Capítulo VII del Convenio lea Artículo VII de la Carta

GE.84-O3064

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JID/ŒP/84/13 Ginebra, Septiembre 1984

UWiVmSIDAD PARA LA PAZ

Preparado por

Nasser Kaddour Norman Williams

Dependencia Común de Inspección

índice

Párrafos

I. INTRODUCCIÓN 1- 8

II. ORGANIZACIÓN 9 - 18

III. ADMINISTRACIÓN 19 - 44

A. Régimen Financiero 19 - 21

B. Presupuesto 22

C. Contribuciones y Administración Financiera .... 23 - 24

D. Presupuesto por Programas y Administrativo .... 25-26

E. Ingresos y Gastos - 1983 27-28

F • Curriculum .....<,............................. ¿y — 43

G. Política Institucional 44

IV. OBSERVACIONES GENERALES 45 - 49

V. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES 50-59

VI. ANEXOS

GE.84-02810

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- 2 -

I. INTRODUCCIÓN

1. En diciembre de 1980, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó

la Resolución A.35/55, relativa al tema 63 de la agenda de trabajo de la XXXV

Sesión.

2. Dicha Resolución fue aprobada en cumplimiento del mandato dado por la

XXXIV Asamblea General al Secretario-General con el fin de crear una Comisión

que preparase los instrumentos jurídicos y las facetas académicas con que esta­

blecer y organizar una Universidad para la Paz. Para presidir esta Comisión fue

designado el Dr. Rafael Calderas, de Venezuela.

3. La Comisión confeccionó la Carta Constitutiva y el Acuerdo Internacional

por la cual debe regir la Universidad para la Paz. Estos instrumentos se contie­

nen en el Informe A/34/468 del 9 de octubre de 1980, y sirvieron de base para

formular la Resolución antes mencionada. Cabe notar aquí que esta Resolución,

la A/35/55, que dio vida a la Universidad para la Paz, obtuvo el consenso de la

Asamblea General.

4. El Instrumento que crea la Universidad para la Paz, con sede en Costa

Rica, define los objetivos de la Institución en su primer párrafo preambular.

En efecto, después de recordar que en la Resolución 34/III del 14 de diciembre

de 1979, quedaba aprobada la creación del tal Universidad, define el propósito

de ésta del modo siguiente:

"... Un centro internacional especializado en la enseñanza post-univer-sitaria, la investigación y divulgación de conocimientos específicamente orien­tados a la formación para la paz dentro del sistema de la Universidad de las Naciones Unidas - propuesta por el Presidente de la República de Costa Rica en su discurso ante la Asamblea General en su trigésimo tercer período de sesiones y que él mismo ofreció a la comunidad internacional por conducto de las Naciones Unidas".

5. En otros párrafos operativos la Resolución añades

"Aprueba el establecimiento de la Universidad para la Paz de confor­midad con el Convenio Internacional para el Establecimiento de la Universidad

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- 3 -

para la Paz y la Carta de la Universidad para la Paz, que figuran en el anexo de la presente resolución".

"Pide al Secretario General que abra a la firma el Convenio Internacional para el Establecimiento de la Universidad para la Paz dentro de un plazo de diez días a partir de su aprobación por la Asamblea General"; y luego

"Expresa la esperanza de que el Convenio Internacional para el estable­cimiento de la Universidad para la Paz reciba la adhesión más amplia posible".

6. La respuesta afirmativa de la comunidad internacional a la creación de

la Institución debe ser interpretada como el deseo manifiesto de los Estados

soberanos del mundo, de llevar una existencia armónica, libre de tensiones,

abogando por la eliminación de los conflictos entre regiones, de la violencia

derivada de las diferencias políticas, de la intolerancia, de las injusticias

- de donde nacen las guerillas - y propugnando la enseñanza de la metodología

que habrán de emplear los Estados en la lucha contra el hambre, la miseria, la

desocupación y la secuela de causas que contribuyen a obstaculizar el desarrollo

de los países, en especial los que poco tienen y a participar en el disfrute

pleno de las riquezas de los que mucho tienen, principios y derechos contem­

plados todos en la Carta de las Naciones Unidas.

7. El estudio que realiza la Dependencia Común de Inspección de la Univer­

sidad para la Paz, cobra importancia especial en la actualidad por la difícil

situación en el área centroamericana. Además el estudio trata de brindar pautas

para una orientación administrativa, dinámica y cónsona con los requerimientos

de las organizaciones pertenecientes al sistema de las Naciones Unidas.

8. El estudio por otra parte, recomienda avenidas factibles que garanticen

la estabilidad institucional.

Page 8: Universidad para la Paz - Joint Inspection Unit · para una orientación administrativa, dinámica y cónsona con los requerimientos de las organizaciones pertenecientes al sistema

- 4 -

II. ORGANIZACIÓN

9. El mandato de la Asamblea General, tal como lo establece la Resolución

A/35/55, fue para preparar el Convenio Internacional conducente al estableci­

miento de la Universidad. Acto seguido, la misma Asamblea extendió otro mandato

al Secretario-General de las Naciones Unidas para que iniciara las gestiones

relativas a la firma del Convenio dentro de las normas establecidas al efecto

y para la ratificación de instrumentos internacionales.

10. En esta primera etapa, el mandato de la Comisión Constitutiva fue

prorrogado para que se constituyese en "Consejo de la Universidad",-su máxima

entidad gubernamental- hasta tanto se eligieran los miembros titulares del

mismo, hecho que se llevó a cabo el 6 de marzo de 1982.

11. La estructura orgánica de la Universidad quedó así:

12. El Consejo es el órgano principal de la Universidad y su máxima autori­

dad administrativa. Está integrado por aproximadamente 24 miembros selecciona­

dos como sigue: El Rector; los directores del área académica; cuatro represen­

tantes designados, respectivamente, por el Secretario General de las Naciones

Unidas; el Director General de la Organización de las Naciones Unidas para la

Educación la Ciencia y la Cultura; el Rector de la Universidad de las Naciones

Unidas y el Director Ejecutivo del Instituto de las Naciones Unidas para la

Formación Profesional e Investigaciones; dos representantes designados por el

Gobierno del país huésped; diez representantes de la comunidad académica inter­

nacional y tres estudiantes en representación de los mismos.

13. El Rector de la Universidad para la Paz será el principal funcionario

académico y administrativo de la Universidad. Como tal, asumirá la responsa­

bilidad general de la organización, la dirección y la administración de la

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Page 10: Universidad para la Paz - Joint Inspection Unit · para una orientación administrativa, dinámica y cónsona con los requerimientos de las organizaciones pertenecientes al sistema

- 6 -

organización tal como funciona actualmente. En opinión de los Inspectores, la

organización de los cuadros directivos y su administración debe contemplar un

arreglo organizativo desde el comienzo, aunque no están funcionando plenamente,

todos los departamentos, para evitar toda confusión y posibles improvisaciones

posteriores en el flujo de los servicios, es decir, tener todos los cuadros en

sus respectivos lugares y bien determinadas las atribuciones de autoridad y

mando con el fin de facilitar el funcionamiento de los diferentes departamentos

tal como lo dicte el Convenio y la proyectada organización. Esto es lo que

contempla el Cuadro No. 3 localizado en la página número 16, según la opinión

de los Inspectores.

Page 11: Universidad para la Paz - Joint Inspection Unit · para una orientación administrativa, dinámica y cónsona con los requerimientos de las organizaciones pertenecientes al sistema

Cuadro No, 1

ORGANIGRAMA

CONSEJO

Fundación Internacional

RECTOR Junta Consultiva i

ADMINISTRACIÓN Y

SERVICIOS GENERALES

SECCIÓN ACADÉMICA PERSONAL DOCENTE

EDUCANDO

Page 12: Universidad para la Paz - Joint Inspection Unit · para una orientación administrativa, dinámica y cónsona con los requerimientos de las organizaciones pertenecientes al sistema

- 8 -

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A. Régimen Financiero

19. El régimen financiero—' de la Universidad, tal como lo detalla el

Capítulo VII del Convenio, está regido por el Consejo, y esa entidad es la

única capacitada para efectuar enmiendas, fijar excepciones e interpretar el

reglamento.

20. El artículo II fija de manera taxativa el período financiero de la Ins­

titución, que se inicia el Ie de enero y termina el 31 de diciembre de cada

año. El texto del reglamento aparece en el Anexo.

21. Como la Universidad para la Paz es considerada como asimilada al Sistema

de las Naciones Unidas, y está estrechamente ligada a la Universidad de las Naciones

Unidas, cabe hacer algunas observaciones acerca del régimen financiero, que por su

naturaleza y finalidad intemacionalista debe seguir en todas las instancias, salvo

en casos excepcionales que el Consejo dicte reglamentación contraria, las líneas

generales del manejo financiero de Agencias dentro del Sistema de las Naciones

unidas.

B. Presupuesto

22. Aceptamos las razones que movieron a los fundadores de la institución

a fijar en doce meses de calendario el ejercicio económico, y por ende, el

ejercicio presupuestario; pero nos inclina a ello, la experiencia y las observa­

ciones obtenidas a través del sistema en el sentido de la utilidad e importan­

cia del presupuesto bienal-/. Al respecto, nos referimos al Informe JIU/REP/

81/12 párrafo 50.

1/ Anexo I

2/ El bienio en las Naciones Unidas, empieza cada año par.

Page 13: Universidad para la Paz - Joint Inspection Unit · para una orientación administrativa, dinámica y cónsona con los requerimientos de las organizaciones pertenecientes al sistema

C. Contribuciones y Administración Financiera II III •Hill I I II -III II I IT m I I i - M T i l in III i - -1 I II-III I I I "| I Ill I I

23. Los Inspectores observan cue el Artículo IV especifica claramente, en su

párrafo 4-3 que las contribuciones voluntarias se aceptarán en monedas de fácil

conversión. Hemos cavilado detenidamente acerca del juicio que contiene este

párrafo, pues se ha comprobado de modo cabal que la exclusión de otros tipos de

contribuciones pueden limitar notoriamente la flexibilidad del manejo adminis­

trativo de la entidad, y eso sin duda alguna presentaría un obstáculo serio para

el desarrollo de la organización, ya que limitaría la participación dé los

donantes oriundos de países que no tienen divisas convertibles. Los Inspectores

creen en la modificación del artículo en el sentido de que sean aceptadas con­

tribuciones en otros tipos de monedas y aún contribuciones en especies; este

serviría como catalizador para recabar recursos provenientes de otras fuentes,

lo cual vendría a reforzar la capacidad operaclonal de la organización.

24. Los Artículo X y XI del reglamento financiero discrepa de la forma

usual empleada por la Universidad de las Naciones Unidas. No hay mención

alguna de la participación de la Comisión Consultiva en Asuntos Administrativos

y Presupuestarios de las Naciones Unidas en lo concerniente a la revisión del

presupuesto; igualmente en la comprobación de cuentas por auditores externos.

El párrafo 11.1 habla de auditores externos, cuando en el Sistema de las

Naciones Unidas, salvo en raras excepciones, la verificación y presentación

del Informe sobre el estado financiero se lleva a cabo por auditores externos

de las Naciones Unidas.

D. Presupuesto por Programas y Administrativo

25. Por la importancia que merece este rubro del estudio, se decidió

presentar éste como súb-título aparte, dado el importante papel que desempeña

dentro de las operaciones normales y continuas de la institución.

Page 14: Universidad para la Paz - Joint Inspection Unit · para una orientación administrativa, dinámica y cónsona con los requerimientos de las organizaciones pertenecientes al sistema

- 10 -

26. El presupuesto es sometido a la consideración del Consejo en el segundo

período ordinario de sesiones de cada año, para el ejercicio financiero del año

siguiente. El Rector es la persona encargada de preparar la estimación de las

rentas y los gastos. Como quiera que ya se hizo una observación, acerca de la

validez de esta práctica dentro del Sistema, debemos reconocer que esa situación

debiera tener carácter transitorio, en cuanto al primer año de operaciones; pero

de ninguna manera debiera constituirse en regla permanente, porque la experien­

cia ha demostrado que el ejercicio de dos años es lo más conveniente y funcional;

además, la presentación del instrumento de trabajo que es el presupuesto debe

ser presentado a la consideración del Consejo conjuntamente con las vistas

del CCAAP.

E. Ingresos y Gastos - 1983 — • • wii i i m — —II i Mi IL II i • IIU.I iniimii—í-' m iLiniiinrWrftwM^r.

27. La totalidad de los gastos durante el primer año de ejercicio ascendió

a US$ 368,689 y el reglón de los ingresos (que comprende donaciones en efectivo

y en especies) llegó a US$ 3,286,515 de los cuales US$ 1,000,000 representa una

donación de la Fundación Japonesa SAS-KAWA, que está invertida como depósito en

el Banco Central de Costa Rica, rindiendo intereses.

28. Si el ritmo de gastos continúa de manera normal, se coligiría que la

existencia de las operaciones del plantel estaría asegurada por lo menos 10

años o más, a valores de 1983; pero con la proyectada expansión e impulso a las

actividades académicas que se vislumbra creemos que esas cantidades han de estar

muy por debajo de los niveles deseados.

F. Curriculum

29. El Consejo de la Universidad nombró un Comité de Curriculum, en su

segunda reunión de 1983. Este Comité, ya instalado, celebró tres reuniones

de trabajo, bajo la coordinación de la educadora Dra. Betty Reardon. Fue

escogida para presidir este Comité la Dra. Sida Marjanovic. En el curso de

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deliberaciones dentro del marco de referencia, el Comité estableció las normas

que se han de seguir en la consideración de la labor curricular de la Universidad,

fue aprobado en principio los niveles académicos fundamentales y quedo así:

30. a) Educación Básica: Que constituye la participación de sectores de

educación popular, tales como los estudiantes, los obreros, los campesinos y

las amas de casa, mediante la utilización de los medios de comunicación de masas,

las estructuras de formación existentes, tales como la comunidad, las organiza­

ciones laborales y otras semejantes, la escuela y el colegio.

31. b) Nivel Intermedio: Cursos para estudiantes universitarios y técnico-

profesionales encargados de promover los planes que se aplicarán en el nivel

básico, y la formación de monitores que participarán en el proceso educativo

general.

32. c) Post-Grados Cursos dirigidos hacia la formación de investigadores

de alto nivel que se convertirán en especialistas en las diversas disciplinas

o materias del curriculum. Los cursos de post-grado se iniciarán dentro de

tres a cuatro años, una vez que los dos anteriores estén cabal y firmemente

en marcha.

33. La estructura institucional que debe tener la Universidad para cumplir

su tarea académica, debe ser orientada hacia el enfoque ordenado de ideas que

queden enmarcadas dentro de las posibilidades organizativas y financieras de

la misma.

34. La Comisión que tuvo a su cargo la preparación del Plan Curricular^

y elaboró un informe en el cual abarcaron los temas que representan el pensar

académico de la "raison d'etre" de la Universidad que son a saber: La Irenologia,

La Educación para la Paz, Las Comunicaciones, Los Derechos Humanos, La Trans­

ferencia y Cooperación Científica y Tecnológica, Los Recursos Naturales y la

Calidad de la Vida.

_3_/ Ya fue mencionada la Comisión coordinada por la Dra. B. Reardon.

Page 16: Universidad para la Paz - Joint Inspection Unit · para una orientación administrativa, dinámica y cónsona con los requerimientos de las organizaciones pertenecientes al sistema

- 12 -

35- Se propuso como entidad educativa conexa la creación de un Instituto Mun­

dial de Investigación y Desarrollo Energético (MIDEPAZ) y la Organización de un

Centro Internacional de Información y Documentación para la Paz (CEDIPAZ). Igual­

mente, como proyecto paralelo, fue considerado el proyecto de establecer el Servi­

cio Mundial de Paz o Servicio Internacional de Paz como sustitución al Servicio

Militar Obligatorio.

36. Dentro de las otras actividades proyectadas está la creación de dos fondos;

aparte de los fondos que ya representan la base financiera de las operaciones nor­

males de la institución, que son el Fondo de Programas y el Fondo de Becas, hasta,

la fecha de este informe, no se había constituido ninguno de los dos últimos por­

que no se han recibido contribuciones a dichos fondos.

37. Existen además dentro de las Naciones Unidas, unos seminarios y cursos rela­

cionados con la educación para la paz; nos referimos a los seminarios de Desarme, y

los de Derechos Humanos. Cabe explorar la posibilidad de traspasar el patrocinio

y administración de estos cursos a la Universidad para la Paz, porque dada la fina­

lidad básica de este tipo de enseñanza, y las posibilidades de utilizar el "exper­

tise" académico de los Miembros de las facultades, los beneficios serían óptimos

tanto para los asistentes a los cursos, y los Estados Miembros cuyos funcionarios

son agraciados con la oportunidad de representar a sus respectivos países. Cabe

destacar la importancia que tiene para la política exterior de los países, contar

con un gran número de funcionarios especializados en los asuntos de negociaciones

y deliberaciones en las gestiones de paz; asimismo sería de gran valor internacio­

nal tener un inventario de recursos humanos, a la disposición de la Comunidad

Internacional prestos para mediar profesionalmente cuando surgen conflictos. Es

de entender de que el inventario de esta reserva humana, reposaría en los archivos

de la Universidad, disponibles para referencia permanente.

38. Sobre el Análisis Curricular, analizados por el grupo de expertos, a

que hicimos alusión en párrafo anterior, dentro de los objetivos de este estudio

huelga emitir opinión alguna sobre el particular, ya que es de competencia

Page 17: Universidad para la Paz - Joint Inspection Unit · para una orientación administrativa, dinámica y cónsona con los requerimientos de las organizaciones pertenecientes al sistema

- 13 -

exclusiva del Consejo, y ese organismo cumplió con su mandato que es amplio,

aprobando el Documento UP/C3/3 del 23 de septiembre de 1983 que constituye

la base para el "pensum" de estudios.

39. Referente a la propuesta de la creación de CEDIPAZ, observamos que lo

presupuestado por los tres (3) primeros años asciende al monto de US$ 3.353.900

con 24 unidades empleadas, de los cuales 15 son de nivel profesional. (Ver

Cuadro No. 2).

40. Igualmente, el cuadro del personal regular de la Institución consta

de más de treinta y siete (37) unidades, divididas entre personal de Secretaría

administrativo en general y personal de mantenimiento. Los gastos correspon­

dientes pueden alcanzar una cantidad mayor de US$ 1,000.000 anualmente (datos

no precisos) paralelos al período de tres años, lo cual haría un total de más de

US$ 6,000.000.

41. El Cuadro del Personal actualmente al servicio de la Universidad se

detalla así:

Departamento Unidades

A. Dirección General 1 Administración y Promoción 4 Investigaciones 4 Programación 5 Archivos y Biblioteca 3 Secretaría 4

Sub-total 21

B. Matenimiento de Planta 6 Mensajeros, Jardineros, otros 10

Sub-total 16

GRAN TOTAL 37

42. El financiamiento futuro de toda la operación está basado en

promesas hechas al Vice-Presidente de la República de Costa Rica, que supone

posibles donaciones de US$ 5.5 millones procedentes de una provisión de

US$ 0.10 por barril de los beneficiarios del convenio petrolero suscrito

Page 18: Universidad para la Paz - Joint Inspection Unit · para una orientación administrativa, dinámica y cónsona con los requerimientos de las organizaciones pertenecientes al sistema

- 14 -

entre Venezuela-Mexico. Hasta donde tenemos conocimiento, no ha habido concerta-

ción de ningún acuerdo formal a este respecto del Convenio Venezolano-Mexicano.

Cabe observar que fundamentar la vida de una institución en promesas de posi­

bles ingresos, es algo que encierra muchos riesgos.

43- No dudamos de las intenciones con que se ha hecho el noble gesto del

grupo de beneficiarios; pero, habida cuenta de la crítica situación económica,

tanto de productores como de beneficiarios, el estricto cumplimiento del Acuerdo

verbal puede encontrar serios obstáculos por lo que nos inclinamos a aconsejar

que se exploren otras vias de financiación que estén más protegidas contra los

imponderables de la fluctuaciones del mercado petrolero. Una de las posibles

vias de financiamiento inmediato para sustituir la propuesta original citada en

párrafo 42, podría ser una emisión de estampillas patrocinada por las Naciones

Unidas y los Estados Miembros a favor de la Universidad para la Paz; otras de las

vias de financiamiento a largo plazo podría realizarse en forma de una contribu­

ción voluntaria basándose en un aporte financiero mínimo del monto de las eroga­

ciones que efectúen los Estados Miembros en la adquisición de implementos para

usos bélicos. Estos contribuyentes serían a nivel de productores y compradores.

Sería una especie de inversión para la Paz y complementaría las gestiones de

Desarme que actualmente se debate en otros foros de las Naciones Unidas.

G. Política Institucional

44. Toda institución, para realizar su acometido, tiene que basarse en una

organización que le brinda flexibilidad en el desarrollo normal de sus activi­

dades. El Cuadro No. 1 en página 7, es un ejemplo de la organización actual;

pero con el desarrollo de las actividades y la ampliación de la estructura

académica, los Inspectores creen que el Cuadro No. 3» que a continuación se deta­

lla, se acerca más a la organización sugerida en las decisiones últimas del Con­

sejo, estas explicaciones están contenidas en las páginas 5-6, además la organi­

zación institucional, está mejor distribuida para determinar claramente dentro de

un marco académico racional, las metas y objetivos de cada una de las facultades.

Page 19: Universidad para la Paz - Joint Inspection Unit · para una orientación administrativa, dinámica y cónsona con los requerimientos de las organizaciones pertenecientes al sistema

- 15 -

Cuadro Bo. 2

DESCRIPCIÓN

l) Personal

1 Director

3 Jefes de División

3 Profesionales

8 Asistentes

1 Secretaria Ejecutiva

4 Oficinistas Mecanógrafas

4 Personal general

2) Adquisión de material Bibliográfico

3) Desarrollo y actualización del Banco de Datos

4) Operación de Servicios

5) Edición de manuales y directorios

6) Edición de folletos promocionales

• 7) Entrenamiento de personal

8) Asistencia técnica

9) Construcción del edificio

10) Equipo

11) Mobiliario

12) Servicios Generales

13) Misceláneos y contingencias

14) Otras Construcciones

TOTAL

M/H

36 108

108

288

36

144

144

13

Primer Año

40.000

72.000

60.000

96.000

9.600

24.000

15.000

60.000

15.000

10.000

5.000

5.000

16.000

20.000

50.000

30.000

20.000

20.000

567.600

Segundo Año

40.000

72.000

60.000

106.000

10.600

27.000

17.000

40.000

18.000

50.000

6.000

6.000

20.000

20.000

1.000.000

30.000

60.000

25.000

30.000

500.000

2.137.600

Tercer Año

44.000

80.000

66.000

117.000

II.7OO

30.000

19.000

30.000

21.000

70.000

7.000

7.000

24.OOO

12.000

20.000

30.000

30.000

30.000

648.7OO

TOTAL Estimado

124.000

224.000

186.000

3I9.OOO

3I.9OO

81.000

51.000

I3O.OOO

54.000

130.000

18.000

18.000

60.000

52.000

1.000.000

100.000

120.000

75.000

80,000

500.000

3.555.900

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- 1 6 -

Cuadro No. 3

ORGANIGRAMA

Comité de

Finanzas

CONSEJO

Fundación Internacional

Comité Académico

RECTOR

División de

Finanzas

Junta Consultiva

División de

Serv. Generales

Vice Rector Adminis trac ion Académica

Irenología Educación para la Paz Derechos Humanos

Transferencia y Coo­peración Científica y Tecnológica Energía Comunicaciones

Recursos Naturales y de la Calidad de la Vida

Paz

Conflictos

Page 21: Universidad para la Paz - Joint Inspection Unit · para una orientación administrativa, dinámica y cónsona con los requerimientos de las organizaciones pertenecientes al sistema

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IV. OBSERVACIONES GENERALES

45» La concepción de la idea de la creación de la Universidad para la Paz,

es sin duda, uno de los instrumentos de mayor envergadura en la existencia

del Sistema de las Naciones Unidas, en especial en estos tiempos en que existe

la imperiosa necesidad de erradicar las tendencias belicistas de algunos sec­

tores de la comunidad internacional. La necesidad obligatoria de educar a las

generaciones presentes y futuras en el sentido de la paz, es un imperativo

categórico y un requisito esencial para la existencia del género humano. El

deseo manifiesto de la voluntad de la Asamblea General, al aprobar la Resolu­

ción A/35/55 que dio vida a la Universidad para la Paz, se explica por la

celosa intención de cumplir con el noble propósito de la búsqueda de la paz.

Sin embargo, esto no debe prestarse a la duplicación de esfuerzos, porque

se corre el riesgo de diluir el efecto de esta loable intención. Y por ello

citamos a la Comisión Consultiva en Planificación de la Universidad de las

Naciones Unidas, localizada en Tokio, cuyo Rector expresó a grandes rasgos

su labor de investigación y estudio en el área de la Paz, Seguridad y

Conflicto, manifestando lo siguiente:

"En mi declaración al Consejo sugerí que si la Universidad de las Naciones Unidas ha de interesarse en las cuestiones de la paz, debe basarse en la premisa de lo inevitable de un cambio masivo y profundo de transforma­ciones sociales y estructurales a los niveles globales y nacionales, desde nuestra última sesión, la Universidad ha tenido dos reuniones informales para explorar que las contribuciones significativas a nivel global se pueden realizar en esta área problemática. Una síntesis de las ideas sugeridas pueden representar una contestación a nivel Universitario de los problemas que encierra la cuestión de la sobrevivencia humana, la paz y la seguridad en un período de transformaciones rápidas y la militarización global y los cambios continuos de alineamientos políticos por razones de escasez de recursos...".4/

àj Declaración hecha por el Rector de la Universidad al Comité Ad-Hoc de Planificación de la Universidad de las Naciones Unidas en la determina­ción de prioridades para posibles áreas nuevas de programación. "Con-sideraciones Básicas del Programa de Mediano Plazo" 1982-1987 UNU/CCIl/ L.5, 26 Mayo 1981 Anexo III página 39.

Page 22: Universidad para la Paz - Joint Inspection Unit · para una orientación administrativa, dinámica y cónsona con los requerimientos de las organizaciones pertenecientes al sistema

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46. Con las citas anteriores se demuestra que, dentro de la labor investiga­

dora, la problemática de los estudios sobre la paz tienen prioridad, y por ello

se necesita definir claramente si la Universidad para la Paz, como organismo

paralelo a la Universidad de las Naciones Unidas, realizaría esta fase del pro­

grama a través de una institución afiliada o si sería un programa similar que

llevaría a cabo separadamente de la Universidad de las Naciones Unidas.

47. Otra fase que merece estudiarse es la de la infraestructura. La Uni­

versidad para la Paz inició sus actividades en 1982. El plazo para la cons­

trucción de edificios, calles y otras áreas infraestructurales era de tres

años. Ahora bien, aún dista mucho para cumplir este objetivo y el problema

fundamental consiste en el de financiamiento. Igualmente, merece recordarse

lo que se había proyectado para el desenvolvimiento académico, que está lejos

de ser cumplido hasta ahora.

48. Creemos que estos problemas no son insolubles y lo que corresponde

desde ahora en adelante es el inicio de un nuevo período, con una evaluación

concreta de las posibilidades de la Universidad para la Paz y efectuar una

estructuración con metas financieras sólidas, más cónsonas con la realidad

económica general.

49. En el marco de las observaciones anteriores los esfuerzos en esta

nueva etapa de la Universidad, deben incorporarse hasta donde sea posible

actividades que se están llevando a cabo en otras entidades de las Naciones

Unidas, siempre y cuando tengan similitud, y cuyos objetivos caben dentro

de la filosofía educacional de la Institución. Estrecha colaboración con

el Departamento de Desarme y con el Centro de Derechos Humanos de las Naciones

Unidas y con los departamentos económicos y sociales sería de gran utilidad.

Page 23: Universidad para la Paz - Joint Inspection Unit · para una orientación administrativa, dinámica y cónsona con los requerimientos de las organizaciones pertenecientes al sistema

- 19 -

V. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES - ' i—"ni" mum .111 m» " M U " " " • • • - • • • I U i i ..«•••.••ni.m u ••iiimii. Mi.i..«ir

50. La Universidad para la Paz nació con el beneplácito de la Comunidad

Internacional. La Comisión nombrada por la Asamblea General para redactar el

acuerdo indicó las normas bajo las cuales debería funcionar. Y correspondió

a los miembros fundadores de esa comisión diseñar los cuadros organizadores

tal como se ilustra en el Cuadro No. 2.

51. Con el desarrollo de las actividades y la planificación de los progra­

mas de estudio, que comprendían las labores que habría que desarrollar, los

Inspectores decidieron hacer las siguientes recomendaciones:

Recomendación No. 1 •—•..• m «11 m—!• i I m B — 11 mini 11

52. El Cuadro No. 5» que contiene el organigrama, es lo más apropiado en

esta etapa, puesto que interpreta claramente las funciones jerárquicas del

Consejo, las funciones del Rector, del Vice-Rector y las distintas secciones

que permite una clara delincación de los deberes y derechos de cada uno de

ellos. Sigue un orden coordinado de líneas de mando.

53. El Régimen Financiero de la Organización está regido por el Capítulo

VII del Convenio de la Universidad para la Paz. Sin embargo, este cuerpo de

reglas tiene diferencias normativas con lo establecido en los procedimientos

financieros de los organismos que integran el Sistema de las Naciones Unidas,

referente a la presentación y manejo del presupuesto. Igualmente, en rela­

ción con las observaciones a la revisión y fiscalización de los rubros del

mismo, recomendamos lo siguiente:

Recomendación No. 2

54. El presupuesto debe ser bienal, es decir presupuestar por dos años;

por consiguiente el período fiscal abarcaría el mismo período. (Párrafos

22 y 26).

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Recomendación No. 3

55. Aparte de la fiscalización del funcionamiento del presupuesto de

parte de los auditores externos, el mismo debe ser presentado a la Comisión

Consultiva en Asuntos Administrativos y de Presupuesto para su revisión y

opinión antes de ser sometido al Comité de Finanzas del Consejo. (Párrafo

26).

56. Para su financiamiento permanente, existe una promesa, hecha tal como

lo detalla el Párrafo 42. Sin embargo, los Inspectores opinan que la forma

prudente de abordar el problema es la siguiente:

57. Habida cuenta de la situación económica mundial, se deben buscar

fuentes de financiamiento de solidez y potencialidad ciertas. De aquí el

que los Inspectores aconsejan:

Recomendación No. 4

58. a) Una emisión de sellos conmemorativos completos de la Universidad,

bajo los auspicios de las Naciones Unidas, por un período de dos (2) años;

(Párrafos 25, 42 y 43).

b) Una emisión de un sello postal de 0.01 que se adhiera a toda la

correspondencia enviada por via postal de cada Estado Miembro por el período

de dos (2) años; (Párrafos 23, 42 y 45).

c) Que la Asamblea General de las Naciones Unidas, invite a los Estados

Miembros a contribuir con un aporte financiero minímo de las inversiones que

realizan en la adquisición de implementos bélicos, tanto países productores

como países compradores. Esto es con el fin de sufragar la construcción de

los pabellones pendientes y las obras auxiliares de la Universidad para la

Paz. Esta contribución podría denominarse "Inversión para la Paz".

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d) Igualmente, estudiar la posibilidad de urgir a los Estados Miembros

que aún no han firmado y ratificado el Convenio Internacional para el estable­

cimiento de la Universidad para la Paz, para que así lo hagan. (Párrafos 3, 4

y 5) y;

e) Explorar la posibilidad de que se incluya la Universidad para la

Paz en las conferencias sobre "Promesas de Contribuciones".

Recomendación No. 5 i i i ¡ i i i i ir

59. Traspasar al patrocinio de la Universidad los Seminarios de Desarme

y Derechos Humanos que actualmente se realizan por los departamentos corres­

pondientes. Se entiende que el financiamiento lo haría el Presupuesto Regular

de las Naciones Unidas y habrá una estrecha colaboración entre los respectivos

departamentos y la Universidad con relación a estos seminarios. (Párrafo 37).

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VI. ANEXOS

ARTICULO III

La cuenta de la Universidad

Párrafo 3.1s Se abrirá una Cuenta de la Universidad en la cual se

acreditarán todos los ingresos y recursos, oon cargo a la cual se harán

consignaciones y en la que se cargarán todos los gastos efectuados en nombre

de la Universidad.

Párrafo 3.2: Dentro de la Cuenta de la Universidad, se llevarán

cuentas separadas para:

a) Los fondos de dotación;

b) Todo fondo de reserva que apruebe el Consejo; y

c) Todo fondo fiduciario establecido por el Consejo.

Párrafo 3.3: El capital de operaciones provendrá de los recursos en

efectivo de la Cuenta de la Universidad.

Párrafo 3*4: Se podrán establecer fondos fiduciarios con propósitos

determinados acordes con las políticas, los objetivos y las actividades

de la Universidad.

ARTICULO IV

Ingresos

Párrafo 4.1: Los ingresos de la Universidad provendrán de contri­

buciones voluntarias de los gobiernos, de las organizaciones intergubernamen­

tales y de las fundaciones y otras fuentes no gubernamentales, así como del

cobro de derechos de matrícula y otros derechos.

Párrafo 4.2: El Rector solicitará anualmente promesas de contribu­

ciones voluntarias para la Universidad para el año o los años siguientes.

Párrafo 4.3: Las contribuciones voluntarias se aceptarán en monedas

fácilmente utilizables por la Universidad en consonancia con la necesidad

de realizar operaciones eficientes y económicas.

Párrafo 4.4: Salvo lo dispuesto en el Párrafo 3.4, las contribu­

ciones voluntarias se harán sin limitación en cuanto al uso que de ellas

podrá hacer la Universidad.

Page 27: Universidad para la Paz - Joint Inspection Unit · para una orientación administrativa, dinámica y cónsona con los requerimientos de las organizaciones pertenecientes al sistema

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Párrafo 4.5: El Consejo aprobará anualmente un índice de derechos

de matrícula y otros derechos pertinentes.

ARTICULO V

Custodia de los fondos

Párrafo 5.1: El Rector designará el banco o los bancos en que se

depositarán los fondos de la Universidad.

ARTICULO VI

Inversión de fondos

Párrafo 6.1: El Rector podrá efectuar inversiones con los fondos

que no sean indispensables para cubrir necesidades inmediatas.

Párrafo 6.2: Los ingresos derivados de inversiones, que no sean

inversiones de los Pondos Fiduciarios, se acreditarán a los recursos

generales de la Universidad. Los ingresos derivados de inversiones de

los fondos fiduciarios se acreditarán conforme a los términos y las

condiciones del respectivo fondo.

ARTICULO VII

Presupuesto por programas y administrativo

Párrafo 7.1: El Rector preparará el proyecto de presupuesto por

programas y administrativo correspondiente a cada ejercicio económico.

Párrafo 7.2: El proyecto de presupuesto por programas y adminis­

trativo incluirá estimaciones de los ingresos y los gastos correspondientes

al ejercicio económico y las cifras se expresarán en (denominación de la

moneda).

Párrafo 7«3: El Consejo aprobará en el segundo período ordinario de

sesiones de cada año el presupuesto por programas y administrativo para el

ejercicio económico siguiente.

Párrafo 7»4: El Rector podrá presentar al Consejo cálculos suplemen­

tarios preparados en forma adecuada al presupuesto anual.

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ARTICULO VIII

Consignación de fondos

Párrafo b.ls Las consignaciones aprobadas por el Consejo constituirán

una autorización en virtud de la cual el Rector podrá contraer obligaciones y

efectuar pagos en relación con los fines para los cuales fueron aprobadas

las consignaciones y sin rebasar el importe de las sumas así aprobadas.

Párrafo y.2: No podrán efectuarse transferencias de fondos de una

sección a otra sin autorización del Consejo.

ARTICULO IX

Fiscalización interna

Párrafo 9.1: El Rector deberá:

a) Establecer normas y métodos financieros detallados con objeto

de lograr una gestión financiera eficaz y económica;

b) Hacer que todo pago se efectúe sobre la base de comprobantes

y otros documentos que garanticen que los servicios o los bienes se han

recibido y no han sido pagados con anterioridad;

c) Designar a los funcionarios autorizados para recibir fondos,

contraer obligaciones y efectuar pagos en nombre de la Universidad;

d) Mantener un sistema de fiscalización financiera interna que

permita realizar en forma constante y eficaz un estudio o revisión, o

ambas cosas, de las transacciones financieras, con el fin de asegurar:

1) La regularidad de la operaciones de recaudación, custodia y

disposición de todos los fondos y demás recursos financieros

de la Universidad;

2) La conformidad de las obligaciones y los gastos con las consig­

naciones u otras disposiciones financieras aprobas por el

Consejo;

3) La utilización económica de los recursos de la Universidad.

Párrafo $.2: No se contraerá ninguna obligación hasta que se hayan

hecho por escrito, bajo la autoridad del Rector, asignaciones de créditos

u otras autorizaciones apropiadas.

Page 29: Universidad para la Paz - Joint Inspection Unit · para una orientación administrativa, dinámica y cónsona con los requerimientos de las organizaciones pertenecientes al sistema

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Párrafo 9.3: El Rector podrá efectuar los pagos en concepto de

indemnizaciones graciables que estime necesarios en interés de la Univer­

sidad, a condición de que se presente al Consejo, junto con la contabili­

dad, un estado de esos pagos.

Párrafo 9.4: Previa investigación completa, el Rector podrá autorizar

que se pasen a pérdidas y ganancias las pérdidas de numerario, material

y otros haberes, a condición de que se presente a los auditores, junto

con la contabilidad, un estado de todos los haberes pasados a pérdidas y

ganancias.

Párrafo 9.5: Salvo cuando, a juicio del Rector, se justifique una

excepción a la regla en interés de la Universidad, las adquisiciones de

equipo, suministros y demás artículos necesarios se harán por licitación

para la que se pedirán ofertas mediante anuncios públicos. El Rector

expedirá la reglamentación financiera apropiada para la aplicación de

este párrafo.

ARTICULO X

Contabilidad

Párrafo 10.1: El Rector presentará al Consejo un informe financiero

anual y estados financieros que muestren:

a) Los ingresos y gastos de todos los fondos de la Universidad;

b) El activo y el pasivo de la Universidad;

c) La situación de las consignaciones aprobadas por el Consejo para

el presupuesto por programas y administrativo y las sumas cargadas

a dichas consignaciones.

Asimismo, facilitará cualquier otra información que pueda ser aprobada

para mostrar la situación financiera a la fecha de que se trate y llevará

las cuentas y los libros que sean necesarios para informar al Consejo sobre

la situación financiera de la Universidad.

Párrafo 10.2: El informe y los estados financieros se presentarán

en (denominación de la moneda). Sin embargo, los libros de contabilidad

se podrán llevar en la moneda o las monedas que el Rector considere necesario.

Page 30: Universidad para la Paz - Joint Inspection Unit · para una orientación administrativa, dinámica y cónsona con los requerimientos de las organizaciones pertenecientes al sistema

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Párrafo 10.3: El Rector presentará las cuentas anuales a los auditores

externos de la Universidad a más tardar el 31 de marzo siguiente a la termi­

nación del ejercicio.

ARTICULO XI

Comprobación de cuentas por auditores externos

Párrafo 11.1: El Consejo nombrará a una firma de auditores externos

reconocida para realizar la comprobación de cuentas de la Universidad.

Párrafo 11.2: La comprobación de cuentas se realizará de conformidad

con las normas corrientes generalmente aceptadas en la materia.

Párrafo 11.3: Los auditores externos presentarán un informe al

Consejo sobre la comprobación de los estados financieros y cuadros

pertinentes relativos a las cuentas correspondientes al ejercicio económico.