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CORPQRl.-CION DE ASISTENCIA JUDICIAL W DE LA RiGION DE VALPARAISO Prat 814 - Ots. 508- 509 Casilla 763 - Fono 257180 VALPARAISO DlRECCION GENERAL MODIFICACION DE CONVENIO DE ASISTENCIA JUDICIAL ------------------------------------------------ -- , En Copiapó~ a de diciembre de mil novecientos ochenta y ocho~ entre la COMUNA DE CHAÑARAL, representada por su Alcalde señora Myriam Vecchiola de Zepeda; la COMUNA DE DIEGO DE ALMAGRO, representada por su Alcalde señor Jaime Enrique Vargas Aguirre; la COMUNA DE COPIAPO, representada por su Alcalde señor Carlos Porcile Valenzuela; la COMUNA DE CALDERA, representada por su Alcalde señor Wladimir Wilkomirsky Fuica; la COMUNA DE TIERRA AMARILLA, representada por su Alcalde señor Julio César Vergara Henriquez; la COMUNA DE VALLENAR , representada por su Alcalde señor O. Emilio Zalaquett Issa; la COMUNA DE FREIR!NA, representada por su Alcalde señor Abraham Maman Elias; la COMUNA DE HUASCO, representada por su Alcalde señora Canstanza Glm-ia de L. Von Nordenflycht Giovanetti; y la COMUNA DE ALTO DEL CARMEN, representada par su ATcalde señor Fernando Rodriga Rioja Figallo, par una parte, que en lo sucesivo se denominará" las Ilustres Municipalidades Contratantes "; y la CORPORACION DE ASISTENCIA JUDICIAL DE LA REGION DE VALPARAISO, persona jurídica de derecha público creada por la Ley No. 17.995, representada por su Director General señor Rafael Valenzuela Fuenzalida, por la otra parte~ que en lo sucesivo se denominará" la Corporacidn", CONSIDERANDO; -- A) Que las -Ilustres Municipalidades Contratantes 'se encuentran empeñadas en llevar adelante un programa de prestación de asesoría jurídica y defensa judicial gratuitas en favor de sus habitantes de escasos recursos: B) Que este propósito se inscribe y busca objetiva constitucional de otor~ar defensa jurídica a quienes no pue~an sus solos medios; dar concreción al asesoramiento y procurársela con C) Que estos objetivos las movieron a celebrar un Convenio de Asistencia Judicial con la Corporación, el día 17 de julio de 1987; D) Que dicho Convenio adecuadamente, debido, financiamiento, 10 que , términos, no ha podido implementarse principalmente, a dificultades de hace necesaria la revisión de 5us

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CORPQRl.-CION DE ASISTENCIA JUDICIALW DE LA RiGION DE VALPARAISO

Prat 814 - Ots. 508- 509Casilla 763 - Fono 257180

VALPARAISO

DlRECCION GENERAL

MODIFICACION DE CONVENIO DE ASISTENCIA JUDICIAL------------------------------------------------

--

,

En Copiapó~ a de diciembre de mil novecientos ochentay ocho~ entre la COMUNA DE CHAÑARAL, representada por suAlcalde señora Myriam Vecchiola de Zepeda; la COMUNA DEDIEGO DE ALMAGRO, representada por su Alcalde señor JaimeEnrique Vargas Aguirre; la COMUNA DE COPIAPO, representadapor su Alcalde señor Carlos Porcile Valenzuela; la COMUNA DECALDERA, representada por su Alcalde señor WladimirWilkomirsky Fuica; la COMUNA DE TIERRA AMARILLA,representada por su Alcalde señor Julio César VergaraHenriquez; la COMUNA DE VALLENAR , representada por suAlcalde señor O. Emilio Zalaquett Issa; la COMUNA DEFREIR!NA, representada por su Alcalde señor Abraham MamanElias; la COMUNA DE HUASCO, representada por su Alcaldeseñora Canstanza Glm-ia de L. Von Nordenflycht Giovanetti; yla COMUNA DE ALTO DEL CARMEN, representada par su ATcaldeseñor Fernando Rodriga Rioja Figallo, par una parte, que enlo sucesivo se denominará" las Ilustres MunicipalidadesContratantes "; y la CORPORACION DE ASISTENCIA JUDICIAL DELA REGION DE VALPARAISO, persona jurídica de derecha públicocreada por la Ley No. 17.995, representada por su DirectorGeneral señor Rafael Valenzuela Fuenzalida, por la otraparte~ que en lo sucesivo se denominará" la Corporacidn",

CONSIDERANDO;

--A) Que las -Ilustres Municipalidades Contratantes 'se

encuentran empeñadas en llevar adelante un programa deprestación de asesoría jurídica y defensa judicialgratuitas en favor de sus habitantes de escasosrecursos:

B) Que este propósito se inscribe y busca

objetiva constitucional de otor~ardefensa jurídica a quienes no pue~ansus solos medios;

dar concreción alasesoramiento yprocurársela con

C) Que estos objetivos las movieron a celebrar un Conveniode Asistencia Judicial con la Corporación, el día 17 dejulio de 1987;

D) Que dicho Convenioadecuadamente, debido,financiamiento, 10 que

, términos,

no ha podido implementarseprincipalmente, a dificultades dehace necesaria la revisión de 5us

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CORPORACION DE ASISTENCIA JUDICIALDE LA REGlON DE VALPARAISO '

Prat 814 - Ots.508- 509Casilla763 - Fono 257180

VALPARAISO

DIRECCION

ACUERDAN:

GENERAL

PRIMERO: LA CORPORACION DE ASISTENCIA JUDICIAL DE LADE VALPARAISO se compromete a:

'-'

REGlON

a) ~ispensar asistencia jurídica y defensa judicialgratuita a las habitantes de escasas recursos de lascomunas mencionadas~ de acuerda a los criterios deselección señaladas en la ley de su creación, en susEstatutos y en los respectivos acuerdos adoptadas porsu Conseja Directivo;

b) Ofrecer esta asistencia par intermediaconsultorios jurídicas que se indicancláusulas siguientes;

loslas

deen

c) Colocar su infraestructura administrativa y, en lamedida de lo posible, las bienes y recursosmateriales de que dispone~ al servicio de lasobjetivos enunciados.

SEGUNDO: a) Se establecerán sendos consultarios jurídicosmunicipales en las Comunas de COPIAPO, TIERRA AMARILLA YCALDERA;

-.-

b) Estos consultorios serán atendidos par un abogado ypor una asistente social cdntratadas par laCorporación a proposición de sus señores Alcaldes;

c) El abogada tendrá unacuatro horas diarias,de funcionamiento deConsultorio Jurídicoremunerado con un125.000.-;

dedicaciÓn a sus funciones dede lunes a viernes, en horarialas tribunales en el caso delMunicipal de Copiapó~ y serásuelda bruto mensual de $

d) La asistente social tendrá dedicación de! jornadacompleta a sus funciones y percibirá un suelda brutomensual de $ 50.000.-

e) Cada consultorio contará con los servicios de unasEcretaria contratada a jornada completa por unsuelda bruto mensual de $ 20.000.- Su contratación seefectuará par la Corporación a proposición de losrespectivos señores Alcaldes;

f) Los tres consultorios indicadas estarán abiertos a laatención de público de lunes a viernes, sin perjuiciode la que se establece en la letra siguiente;

g) El Consultorio Jurídico Municipal de Capiapó seráatendida por el abogada y par la asistente socialtres días a la semana. Los consultorios. jurídicosmunicipales de Tierra Amarilla y de Caldera seránatendidos par estos pro+esionales un día a la semana.

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CCFIPORA,CION DEi. ASISTENCIA JUDICIAL

,>~JE LA REGl!t)N DE VALPARAISO: Pral 814 .: Qts. 508 - 509

Casilla763 - Fono 257180VALPARAISO

DIRECCION GENERAL

h) Tanto el abogado como la asistente sotial gozaránun viático mensual de movilizaciÓn de $ 3.200.-

de

TERCERO: a) Se estableceránmunicipales en las ComunasALI"1AGRO;

'-'

'-'

\ i)

sendos consul~orios

de CHAÑARAL y dejurídicosDIEGO DE

b) El Consultorioatendido por uncontratados porseñor Alcalde de

Jurídico Municipalabogada y par unala Corporación lala Comuna;

de Chañar al seráasistente socialproposici6n del

c) El abogado atenderá el consultorio dos días de cadasemana y será remunerado con un sueldo bruto mensualde :1'125.000.-;

d) La asistente social tendrá una dedicación de jornadacompleta y percibirá un sueldo bruto mensual de $50.000.-;

e) El Consultorio Jurídico Municipal de Diego de Almagroserá atendido por otro abogado contratado por laCorporación a proposiciÓn del señor Alcalde de laComuna y por la asistente social del ConsultorioJurídico Municipal de Chañaral;

f) El abogado atenderá el consultorio un dia de cadasemana. Visitará, además, las localidades de ElSalvador y de Potrerillos, para dispensar asistenciajurídica a sus habitantes de escasos recursos durantecuatro horas, un día a la semana, en cada lugar. Sus-servicios serán remunerados con un sueldo brutomensual de $ 125.000.-;

g) La asistente social mencionada en la letra d)precedente prestará servicios en el Consultorio-Jurídico de Chañaral los mismos días en que lo hagael Abogado Jefe de la oficina. Se desempeñara,además, en el Consultorio Jurídico Municipal de Diegode Almagro el día de la semana en que éste seaatendido por, su Abogado Jefe, y se trasladará acumplir sus' funciones en las localidades de ElSalvador y de Potrerillos los días en que el mismaabogado viaje a ellas para el cumplimiento de sucometido asistencial;

h) Las Consultorios Jurídicos Municipales de Chañaral yde Diego de Almagro contarán con los servicios de unasecretaria contratada a jornada completa por unsueldo bruto mensual de $ 20.000.- Su contrataciÓn seefectuará por la CorporaciÓn a proposición de losrespectivas señores Alcaldes;

Ambos consultorios estarán abiertos a la atenciÓnpúblico de lunes a viernes;

de

j) Cada comode las mencionados,abogadas asíuna

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CORPORA,CIONDE ASISTENCIA JUDICIALDE LA REGION DE VALPARAISO

Prat 814 - Ots.508- 509Casilla 763 - Fono 257180

VALPARAISO

DIRECCION GENERAL

CUARTO: a) Se establecerán sendas consultorios jUrídicosmunicipales en las Comunas de VALLENAR, HUASCO, FREIRINA yALTO DEL CARMEN;

'-'

'-"

b) Estas consultorios serán atendidas por un abogado yuna asistente social contratadas por la Corporación aproposición de sus señores Alcaldes;

c) El abogado tendrá una dedicación a sus funciones decuatro horas diarias, de lunes a viernes, en horariode funcionamiento de los tribunales tratándose de losConsultorios Jurídicas Municipales de Huasco y deFreirina, y será remunerado con un sueldo brutomensual de $ 125.000.-;

d) La asistente social tendrá dedicación de jornadacompleta a sus funciones y percibirá un sueldo brutomensuai de $ 50.000.-;

e) Cada consultario contará con los servicios de unasecretaria contratada a jornada completa por unsueldo bruto mensual de $ 20.000.- Su contrataciÓnse efectuará por la CorporaciÓn a proposición de losrespectivos señores Alcaldes;

f) Los cuatro consultorios indicados estarán abiertos ala atención de público de lunes a viernes, sinperjuicio de lo que se establece en la letrasiguiente;

g) El Consultorio Jurídico Municipal de Vallanar seráatendido por el abogado y por la asistente social dosdías a la semana. Las consultorios jurídicosmunicipales de Huasco, Freirina y Alto del Carmenserán atendidos por estos profesionales un día a lasemana;

h) Tanta el abogado como la asistente social gozaránun viático mensual de movilización de $ 5.000.-

de

QUINTO: Las modalidades de funcionamiento de los consulto-rios que se establecen por las cláusulas segunda, tercera ycuarta precedentes podrán ser modificadas por acuerda entrela Corporación y las Comunas de la respectiva Provincia.Podrán serl07 de igual manera, los horarias, frecuencias deatención y la naturaleza y monto de las remuneraciones desus funcionarios.

SEXTO: Las Ilustres Municipalidades Contratantes secomprometen, a su turn07 a efectuar mensualmente a laCprporación los aportes que respecta de cada una de ellas seindican a continuación:

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,.cORPORACION DE ASISTENCIA JUDICIALDE "LA REGION DE VALPARAISO

Prat 814 - ots. 508 - 509Casilla 763 - Fono 257180

VALPARAISO

~~

DIRECCION GENERAL

l. MUNICIPALIDAD DEl. MUNICIPALIDAD DE1. MUNICIPALIDAD DEl. MUNICIPALIDAD DEl. MUNICIPALIDAD DEl. MUNICIPALIDAD DE1. MUNICIPALIDAD DEl. MUNICIPALIDAD DE1. MUNICIPALIDAD DE

CHAF:4ARALDIEGO DE ALMAGROCOPIAPOCALDERATIERRA AMARILLAVALLENARFREIRINAHUASCOALTO DEL CARMEN

$ 111. 300. -259.710.-138.820.-

46.272.-46.272.-

110.750.-55.374.-55.374.-55.374.-

-----------Total aportes $ 879.246.-

----------------------

"'-'

SEPTlMO: Los apartes comprometidos por la cláusulaprecedente serán remesados separadamente a la Corporaciónpar cada una de las Ilustres Municipalidades Contratantes 7

par mensualidades anticipadas7 dentro de los primeros cincodías hábiles de cada mes7 a su domicilio de Valparais07calle Prat No. 814, oficina No. 509. Efectuadas las aportesellos pasarán a constituir un fondo; regional para elfinanciamiento de las actividades que la Corporación secompromete a realizar.

"'-

OCTAVO: Sin perjuicio de lo estipulado en el cláusula sextaprecedente7 cada una de las Ilustres MunicipalidadesContratantes se compromete a proveer a la Corporación7 a su'costo, de dependencias adecuadas para la instalación yfuncionamiento de cada una de los consultorios jurídicos

-antes mencionados. La 1. MUNICIPALIDAD DE DIEGO DE ALMAGROhará lo propio en las localidades de El Salvador y dePotrerillos sin perjuicio del consultorio jurídico que seinstalará en la ciudad de Diego de Almagro. Losconsultorios juridicos serán provistos por las Ilustresl"Iunicipalidades Contratantes del mobiliari'o y máquinas deescribir necesarias para su adecuado funcionamiento.Proveerán, asimismo, de letreros que destaquen la existenciade los consultorios e indiquen sus horarias defuncionamiento. Todos estos bienes se entenderán entregadosen comodato a la Corporación par el tiempo a que se.extiendala vigencia del Convenio.

NOVENO: Los consultorios jurídicos municipales quedaránsometidos a la tutela administrativa y disciplinaria de laDirección General de la Corporación. En la medida en quelos fondas provenientes del Convenio la hagan posible7 lasconsultorios recibirán visitas inspectivas de lasfuncionarios de la Corporación encargados de,esta funciónfiscalizadora. Sin perjuicio de lo anterior7 los señoresAlcaldes de las Ilustres Municipalidades Contratantes daráncÚenta oportuna y detallada a la Dirección General de laCorporación de cualquier deficiencia7 anomalía oirregularidad que adviertan en el funcionamiento de los.-, ,-,,=.01 -\-, ;, ~

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-'

OORPOR'AGION DE ASISTENCIA JUDICIALDE LA REGlON DE VALPARAISO

Prat 814 - Qts. 508 - 509Casilla 763 - Fono 257180

VALPARAISO

j~

DIRECCION GENERAL

DECIMO: ~a circunstancia de encontrarse acéfala la jefaturade algún consultorio a vacante alguna de sus plazas defuncionarios por causas no imputables a la Corporación noeximirá a la l. Municipalidad de que se trate de suobligación de efectuar el aporte comprometido7 en suintegridad. Si esta situación se prolongare más allá de dosmeses podrá deducir de su aporte, en adelante, la proporcióncorrespondiente a las emolumentos asignados a la plazaacéfala o vacante.

--

UNDECIMO: La vigencia del convenio se extenderá al períodocomprendido entre los dias 10. de enero y 31 de diciembre de1989. Sin perjuicio de lo anterior, el plazo de vigenciadel convenio se entenderá prorrogado tácita, automática ysucesivamente, por periodos de un a~o cada uno de ellos, sininguna de las partes diere aviso a la otra de su intenciónde poner 1e término mediante comunicación enviada con tresmeses de anticipación, a lo menos, a la fecha de expiracióndel convenio o del periodo de prorroga automática del mismoque estuviere en curso, en su caso. Si este aviso fueredada por sola una o algunas de las Ilustres MunicipalidadesContratantes, el convenio conservará su vigencia respecto delas restantes. Las prórrogas de la vigencia del Convenioserán refrendadas por los correspondientes alcaldicios.

DUODECIMO: Operada la renovación automática del periodo devigencia del Convenio los aportes de que se hace mención enla cláusula sexta que antecede se entenderán reajustadas, depleno derecho~ en proporción a la variación que hayaexperimentado el Indice~e Precias al Consumidor durante ela~o inmediatamente precedente, lo que también serárefrendado par los correspondientes decretos alcaldicios.

'-' DECIMOTERCERO: La Corpo~~ción rendirá cuenta mensual a lasIlustres Municipalidades Contratantes de la inversión de losaportes que vaya recibiendo de ellas. Los originales de lasdocumentos de respalda de estos gastos se incluirán en lacuenta que se rinda a la l. Municipalidad dé Copiapó. A lasdemás municipios sólo les será enviada fotocopia de estadocumentación. La l. Municipalidad de Copiapó asume elcompromiso de facilitar a las demás Entidades Edilicias losoriginales de la documentación que se acompañe a las cuentasque se le rindan, supuesta que tengan necesidad de ellos ypor ~n tiempo razonable.

DECIMOCUARTO: Don Wladimir Wilkomirsky Fuica, Alcalde l.MUNICIPALIDAD DE CALDERA, en la representación que inviste,ratifica el Convenio de Asistencia Judicial de que se hahecho referencia en la letra C) de la parte considerativadel presente acuerdo.

\

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~ ,

qORPO:iAGION DE AS.lSTENCIA JUDICIALDE LA REGION t!E VAlPARAISO

Pral 814 - Oís.508- 509Casilla 763 - Fono 257180

VALPARAISO

DIRECCION GENERAL

DECIMOQUINTO: El texto del Convenio de Asistencia Judicialsuscrito el día 17 de julio de 1987 queda sustituido por eldel presente instrumento, a contar de la fecha de-su entradaen vigencia.

Para constancia y previa lectura~ ratifican lo acordadoy en señal de ello suscriben el presente instrumento,oficiando coma testigo de lo convenido el señor IntendenteRegional de Atacama~ Teniente Coronel de Ejército, don JuanEmilio Cheyre Espinosa.

'--"'

D DE CHAÑARAL

ALCALD.~{.(~if?, . .~EGO DE ALM~GRO

'-'

~ALCALDE l. MUNICIPALIDAD DE T

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QORPOR,ACION DE ASISTENCIA JUDIGIALDE LA REGION DE VALPARAISQ' ,

Pral 814 - 01s.508- 509 !Casilla 763 - Fono 257180

VALPARAISO

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DIRECCION GENERAL

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................ ...............ALCALDE l. MUNlCI ALTO DEL CARMEN

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