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5/24/2018 20140512 TEAMM Memoria 2013
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TRIBUNALECONMICO-ADMINISTRATIVO
MUNICIPALDEMADRID
MEMORIA 2013
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El artculo 10.3 del Reglamento Orgnico por el que se regula el TribunalEconmico-Administrativo Municipal de Madrid (en adelante, ROTEAMM), ascomo el procedimiento para la resolucin de las reclamaciones de su
competencia, de 20 de diciembre de 2007 (publicado en el Boletn Oficial de laComunidad de Madrid, nmero 308, y en el Boletn Oficial del Ayuntamiento deMadrid, nmero 5.788, ambos de 27 de diciembre de 2007) dispone losiguiente:
El Presidente del Tribunal elevar al Pleno del Ayuntamiento, en los dosprimeros meses de cada ao, a travs de la Junta de Gobierno, unamemoria en la que expondr la actividad desarrollada en el ao anterior,recoger las observaciones que resulten del ejercicio de sus funciones yrealizar las sugerencias que considere oportunas para mejorar el
funcionamiento de los servicios sobre los cuales se proyectan suscompetencias.
En cumplimiento de dicho precepto, adjunto remito, para su elevacin a laJunta de Gobierno y posterior traslado al Pleno, la memoria correspondiente alao 2013. Para la elaboracin de dicha memoria se ha tenido en cuenta lainformacin obrante en los libros, registros y archivos que, de conformidad conlo dispuesto en el artculo 13.1.j) del ROTEAMM, lleva la Secretara Generaldel Tribunal y que se encuentra a disposicin del Pleno de la Corporacin y dela Junta de Gobierno.
EL PRESIDENTE DEL TEAMM
Marcos Gmez Puente
DELEGADA DEL REA DE GOBIERNODE ECONOMA, HACIENDA Y ADMINISTRACIN PBLICA
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NDICE
I. INTRODUCCIN..................................................................................... 1II. ORGANIZACIN ..................................................................................... 3
III. FINES Y OBJETIVOS.............................................................................. 5
IV. PRESUPUESTO...................................................................................... 9
V. MEDIOS INTERNOS ............................................................................ 111. Recursos humanos...................................................................... 112. Recursos materiales .................................................................... 15
a) Inmuebles ........................................................................ 15b) Muebles ............................................................................ 16c) Informticos ...................................................................... 16d) Bibliogrficos .................................................................... 18
VI. MEDIOS EXTERNOS (CONTRATACIN)............................................ 21
VII. ACTIVIDAD INSTITUCIONAL EN 2013................................................. 231. De regulacin interna................................................................... 232. De formacin del personal .......................................................... 233. De presencia institucional............................................................ 24
4. De atencin al ciudadano ............................................................ 25
VIII. ACTIVIDAD PROCEDIMENTAL EN 2013 ............................................. 271. Procedimientos de reclamacin econmico-administrativa ......... 27
a) Entrada de asuntos........................................................... 28b) Actuaciones de trmite ..................................................... 32c) Resolucin de asuntos...................................................... 33d) Pendencia de asuntos ...................................................... 38
2. Otros procedimientos................................................................... 40
IX. CONFLICTIVIDAD JURISDICCIONAL .................................................. 43
X. OBSERVACIONES Y SUGERENCIAS DEL TEAMM............................ 471. Observaciones resultantes del ejercicio de sus funciones........... 472. Sugerencias para mejorar los servicios municipales. .................. 53
ndice de cuadros y grficos........................................................................... 57
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I. INTRODUCCIN.
El artculo 137.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases delRgimen Local, en la redaccin resultante de la modificacin efectuada por laLey 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas para la modernizacin delgobierno local, dispuso que en los municipios de gran poblacin existiera unrgano especializado en las siguientes funciones:
a) El conocimiento y resolucin de las reclamaciones sobre actos degestin, liquidacin, recaudacin e inspeccin de los tributos e ingresos
de Derecho pblico que fueran de competencia municipal.b) El dictamen sobre los proyectos de ordenanzas fiscales.
c) La elaboracin de estudios y propuestas en materia tributaria arequerimiento de los rganos municipales competentes.
De acuerdo con lo dispuesto en dicha disposicin legal, el Ayuntamiento deMadrid cre el citado rgano, que recibi el nombre de Tribunal Econmico-Administrativo Municipal de Madrid (TEAMM), y aprob su reglamento en elPleno de 23 de julio de 2004.
Posteriormente, el artculo 25.1 de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidady de Rgimen Especial de Madrid (en adelante, LCREM), dispuso que elTEAMM ejerciera las siguientes funciones:
a) El conocimiento y resolucin de las reclamaciones que seinterpongan en relacin con la aplicacin de los tributos y la imposicin desanciones tributarias que realicen el Ayuntamiento de Madrid y lasentidades de derecho pblico vinculadas o dependientes del mismo,siempre que se trate de materias de su competencia o tratndose decompetencias delegadas, cuando as lo prevea la norma o el acuerdo dedelegacin.
b) El conocimiento y resolucin de las reclamaciones que seinterpongan contra las resoluciones y los actos de trmite que decidan,directa o indirectamente, el fondo del asunto, relativo a los actosrecaudatorios referidos a ingresos de derecho pblico no tributarios delAyuntamiento de Madrid y de las entidades de derecho pblico vinculadaso dependientes del mismo.
c) En el caso de ser requerido por los rganos municipalescompetentes en materia tributaria, la elaboracin de estudios ypropuestas en esta materia y el dictamen sobre los proyectos deordenanzas fiscales.
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De acuerdo con lo dispuesto en dicha previsin legal, el Pleno delAyuntamiento de Madrid de 20 de diciembre de 2007 aprob un nuevoReglamento Orgnico por el que se regula el Tribunal Econmico-
Administrativo Municipal de Madrid, as como el procedimiento para laresolucin de las reclamaciones de su competencia (en adelante, ROTEAMM),que fue publicado en el Boletn Oficial de la Comunidad de Madrid, nmero308, y en el Boletn Oficial del Ayuntamiento de Madrid, nmero 5.788, ambosde 27 de diciembre de 2007. Este nuevo ROTEAMM, que sustituy y derog elanteriormente vigente, entr en vigor el da 1 de enero de 2008.
El apartado 3 del artculo 10 ROTEAMM dispone:
El Presidente del Tribunal elevar al Pleno del Ayuntamiento, en los dosprimeros meses de cada ao, a travs de la Junta de Gobierno, una
memoria en la que expondr la actividad desarrollada en el ao anterior,recoger las observaciones que resulten del ejercicio de sus funciones yrealizar las sugerencias que considere oportunas para mejorar elfuncionamiento de los servicios sobre los cuales se proyectan suscompetencias.
En cumplimiento de dicho mandato se ha elaborado la presente Memoriacorrespondiente al ao 2013. Para la elaboracin de dicha memoria se hatenido en cuenta la informacin obrante en los libros, registros y archivos quelleva la Secretara General del Tribunal, de conformidad con lo dispuesto en el
artculo 13.1.j) del Reglamento Orgnico, y que se encuentra a disposicin delPleno de la Corporacin y de la Junta de Gobierno.
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II. ORGANIZACIN.
De acuerdo con lo dispuesto en su normativa reguladora, debe formar parte delTEAMM un nmero impar de miembros, con un mnimo de tres y un mximo desiete.
En 2013 el TEAMM estuvo integrado por tres miembros, todos ellos designadospor el Pleno del Ayuntamiento de Madrid entre funcionarios de reconocidacompetencia tcnica en materia tributaria. Dichos miembros fueron:
Don Marcos Gmez Puente (Presidente y Vocal 1)
Don Fernando Serrano Antn (Vocal 2)
Doa Carmen Chocln Campaa (Vocal 3)
En el ejercicio de sus funciones el Tribunal puede actuar en Pleno, con Salasde Reclamaciones y a travs de rganos unipersonales, siendo los titulares destos designados por el Presidente entre funcionarios que formen parte o estndestinados en el Tribunal. En 2013 el Tribunal actu con una nica Sala deReclamaciones de la que fue Secretario Delegado don Jos Molina Snchez.
Como rgano adscrito al Tribunal existe una Secretara General cuyo titular
ostenta la condicin de rgano directivo y es nombrado, a propuesta delPresidente, de conformidad con lo previsto en el Reglamento Orgnico delGobierno y de la Administracin del Ayuntamiento de Madrid. En 2013 fueSecretaria General del Tribunal la funcionaria doa Natalia Pujana Gez.
De la Secretara General del TEAMM depende el Departamento deReclamaciones, Registro y Atencin al Ciudadano en el que se integran laUnidad de Rgimen Interior y Presupuestos, la Unidad de Tramitacin yProcedimientos y la Unidad de Registro y Atencin al Ciudadano, con suscorrespondientes secciones y negociados.
Para el ejercicio de las funciones de gobierno y direccin del Tribunal elPresidente cuenta con la asistencia del Secretario General en el seno de unaSala de Gobierno.
La organizacin descrita puede representarse grficamente como se muestraen el siguiente grfico:
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SG
DRRYAC
URIP URACUTP
PLENO
SURSD
UV
V
PRE
TRIBUNAL
U U U
U U U U
U U U U
U U U
Grfico 1: Organigrama TEAMM
PRE PresidenciaSD Secretara Delegada de SalaSG Secretara GeneralDRRYAC Departamento de Reclamaciones, Registro y Atencin al CiudadanoSUR Sala nica de ReclamacionesU rgano unipersonal
URAC Unidad de Registro y Atencin al CiudadanoURIP Unidad de Rgimen Interior y PresupuestoUTP Unidad de Tramitacin y ProcedimientosV Vocala
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III. FINES Y OBJETIVOS
Como se ha indicado antes, el artculo 25.1 de la LCREM encomienda alTribunal el conocimiento y resolucin de las reclamaciones que se interponganen relacin con la aplicacin de los tributos, la imposicin de sancionestributarias y la recaudacin de ingresos de Derecho pblico no tributarios decompetencia del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos, as como laelaboracin, a requerimiento de los rganos competentes, de estudios ypropuestas en materia tributaria y dictmenes sobre los proyectos de
ordenanzas fiscales.En el ejercicio de dichas competencias el Tribunal acta con sometimientopleno a la Ley y al Derecho, goza de independencia tcnica y funcional ydispone del crdito presupuestario que anualmente se le asigna en sucorrespondiente programa presupuestario.
La finalidad esencial de dicho programa presupuestario es, pues, la deasegurar el ejercicio de las funciones del Tribunal, siendo la ms importante deellas el conocimiento y resolucin de reclamaciones econmico-administrativas.Una funcin primordial, tanto por el esfuerzo personal y los recursos
econmicos que exige, como por su relevancia jurdico-formal, puesproporciona a los ciudadanos un cauce administrativo de impugnacin para ladefensa de sus derechos en materia tributaria y recaudatoria que, adems deofrecerles plena garanta, pues descansa en un rgano especializado cuyacomposicin y funcionamiento aseguran su competencia tcnica eindependencia funcional, puede evitarles la ms larga y costosa tramitacin deun proceso judicial. As, la intervencin del Tribunal contribuye, de un lado, aaliviar la carga de trabajo que soportan los rganos de la jurisdiccincontencioso-administrativa y, con ello, a mejorar su funcionamiento y evitar lasdilaciones en la administracin de Justicia; y, de otro lado, a mejorar la calidad
y eficacia de los servicios tributarios y recaudatorios, tanto por la correccin delos defectos o errores apreciados en las actuaciones revisadas, como por lavocacin orientadora o propedutica de los criterios y doctrina resultante de susresoluciones.
De acuerdo con lo expuesto, y en cumplimiento de lo dispuesto en el Decretode 12 de junio de 2012, de la Delegada del rea de Gobierno de Hacienda yAdministracin pblica, por el que se dictan las normas de elaboracin delpresupuesto general del Ayuntamiento de Madrid para el ao 2013, el Tribunalcuantific o estim las actuaciones a desarrollar durante dicho ejerciciopresupuestario definiendo los objetivos e indicadores de la gestin desarrolladaque seguidamente se sealan.
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Objetivo 1. Tramitar y resolver las reclamaciones econmico-administrativasdentro de los plazos legalmente establecidos (seis meses para las de cuantainferior a 600 y un ao para el resto).
2013 - OBJETIVO 1
Indicador Magnitud Estimado Realizado %
Reclamaciones econmico-administrativas entradas Nm. ao 12.000 8.793 73,27Reclamaciones resueltas Nm. ao 20.000 11.823 59,11Reclamaciones pendientes al inicio del ao Nmero 20.429 11.763 57,57Reclamaciones pendientes al final del ao (mximo) Nmero 12.429 8.733 70,26Actos de trmite dictados Nm. ao 48.000 57.495 119,78Acuses de recibo Nm. ao 70.000 20.473 29,25
Como se advierte en la tabla adjunta el nmero de reclamaciones que hantenido entrada en el Tribunal ha sido significativamente inferior al inicialmenteprevisto (8.793 frente a las 12.000 estimadas, esto es, un 26,73 por 100menos).
Esta reduccin de la entrada puede seguir explicndose por el efecto de lossucesivos pronunciamientos del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que,confirmando la legalidad de la Ordenanza Reguladora de la Tasa porPrestacin del Servicio de Gestin de Residuos Slidos Urbanos, eliminaron elprincipal motivo de impugnacin de dichas liquidaciones, deviniendoinjustificada la presentacin de reclamaciones por dicho motivo.
La reduccin del nmero de entrada de reclamaciones explica tambin que, apesar de haberse resuelto menos reclamaciones de lo previsto (la estimacinse efectu pensando que en 2013 se seguiran interponiendo reclamacionespor los aludidos motivos y materia que, por su carcter repetido, presentan msfcil y rpida resolucin), haya podido mantenerse el nmero de reclamacionespendientes de resolucin muy por debajo de las estimaciones realizadas. Esareduccin del nmero de expedientes explica tambin que se hayan practicadomenos notificaciones de las previstas. El nmero de actos de trmite, en
cambio, se ha incrementado significativamente, lo que guarda relacin con lanecesidad de practicar requerimientos para subsanar defectos de interposicino recabar documentacin para la ms precisa instruccin del expediente.
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Objetivo 2. Proporcionar informacin, atencin y apoyo al contribuyente.
2013 - OBJETIVO 2
Indicador Magnitud Estimado Realizado %Personas atendidas presencialmente Nmero 4.000 3.640 91,00Consultas por medios electrnicos Nmero 4.000 2.964 74,10
La apuntada reduccin en el nmero de reclamaciones interpuestas explicatambin la menor demanda de asistencia a los ciudadanos. Esta asistenciatodava es, sobre todo, presencial, aunque se advierte una clara tendencia alalza de la electrnica, hallndose ya muy prximo el nmero de actuaciones deasistencia realizados por ambos medios.
Objetivo 3. Acortar los tiempos medios de remisin de los expedientes alTEAMM, reducir el nmero de peticiones para completar documentacin ysolicitar informes y agilizar la ejecucin de las resoluciones del TEAMM.
2013 - OBJETIVO 3Indicador Magnitud Estimado Realizado %
Tiempo medio de remisin de expedientes al TEAMM desde lapresentacin de la reclamacin (mximo)
Das 88 59,78 132,00
Nmero de conexiones telemticas existentes en el TEAMM a lasbases de datos municipales
Nmero 450 496 110,22
Peticiones de documentacin o expedientes a rganos gestores porcada 100 expedientes (mximo) % 2 7,72 3,86
La recuperacin de la normalidad en el volumen de entrada o interposicin dereclamaciones, con la consecuente disminucin de la congestin generada enlos servicios encargados de componer los expedientes o antecedentesadministrativos de las reclamaciones, ha contribuido a mejorar sustancialmenteel tiempo medio de remisin de dichos expedientes o antecedentes,habindose cumplido muy amplia y satisfactoriamente la estimacin realizada,rebajndose a menos de 60 das el tiempo de espera para la remisin.
Dicha cifra se mueve ya en el entorno de lo razonable pero sera convenientereducirla an ms para que pueda dictarse resolucin en el plazo legalmenteestablecido. Dicha mejora debe continuar, en la lnea iniciada aos pasados,con el uso de las herramientas informticas y con la actualizacin y mejora dealgunas aplicaciones y accesos a las bases de datos municipales, que facilitanla consulta electrnica de los expedientes de las reclamaciones a los ponentes,vocales y dems personal incorporado durante el ejercicio. En 2013 se hanpuesto a disposicin del Tribunal nuevos accesos telemticos con el fin de quesus empleados puedan cotejar la informacin necesaria para instruir msrpida y eficazmente los expedientes de reclamacin.
Con todo, se advierte un ligero repunte en el nmero de ocasiones en que hasido necesario requerir de los rganos de gestin la documentacin o los
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expedientes para resolver las reclamaciones (pues se ha elevado de 2,21 al7,72 por 100), por lo que resulta necesario recordar a los servicios municipalesque es muy importante, para la tempestiva y eficaz resolucin de las
reclamaciones, que remitan al Tribunal sus antecedentes administrativoscompletos.
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IV. PRESUPUESTO.
El TEAMM cuenta con programa presupuestario propio, siendo responsable delmismo su Presidente.
La gestin y ejecucin del presupuesto se lleva a cabo a travs de la Unidad deRgimen Interior y Presupuestos. En 2013 la ejecucin del gasto previstosegn los crditos disponibles dio lugar a la tramitacin de 167 documentoscontables. Fue necesario realizar cinco modificaciones de crdito, por importede 8.914,45 euros, para sufragar gastos no previstos (adquisicin de materiales
para actuaciones relacionadas con la prevencin de riesgos laborales, laadecuacin de puestos o instalaciones y el aula de formacin; abono defacturas que se hallaban pendientes por discrepancias; acceso a la base dedatos Registro Mercantil).
Como cada ao, en 2013 el Tribunal elabor y elev al Pleno, a travs de laJunta de Gobierno, su proyecto de presupuesto anual (programapresupuestario 120/932.01) por un importe total de 3.242.459 euros. El gastofinalmente realizado fue de 3.005.818,84 (un 7,30 por 100 inferior a loinicialmente previsto).
La evolucin anual del presupuesto y del gasto realizado en los ltimosejercicios es el que se muestra en el cuadro y grfico siguientes:
Cuadro 1. Evolucin de presupuesto y gasto
PRESUPUESTO / GASTO 2009 - 2013
CAPTULO 1 CAPTULO 2 CAPTULO 6 TOTAL
INICIAL 3.305.840,00 465.126,00 0,00 3.770.966,002009
REALIZADO 3.050.270,12 276.036,75 0,00 3.326.306,87
INICIAL 3.899.439,00 1.904.949,00 0,00 5.804.388,002010
REALIZADO 3.228.705,68 1.413.276,09 35.958,90 4.677.940,67
INICIAL 3.050.347,00 1.528.408,00 0,00 4.578.755,002011
REALIZADO 2.912.162,97 1.518.675,12 8.616,06 4.439.454,15
INICIAL 2.786.688,00 212.530,00 0,00 2.999.218,002012
REALIZADO 2.561.050,13 133.955,13 1.666,75 2.696.712,01
INICIAL 3.072.972,00 169.487,00 0,00 3.242.459,002013
REALIZADO 2.884.864,92 119.515,47 1.438,45 3.005.818,84
Importes de presupuesto inicial y gasto realizado; en euros
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3.326.306,87
4.677.940,674.439.454,15
2.696.712,01
3.005.818,84
3.770.966,00
5.804.388,00
4.578.755,00
2.999.218,00
3.242.459,00
2009 2010 2011 2012 2013
OBLIGACIONES RECONOCIDAS CRDITO INICIAL
Grfico 2: Evolucin del presupuesto y gasto
Por los datos anteriores puede verse cmo el gasto realizado por el TEAMM seha venido reduciendo en los ltimos ejercicios, situndose en 2013 en cotasinferiores (un 10 por 100 menos) a las de 2009. El gasto realizado en 2013 fue,no obstante, algo superior al de 2012, diferencia imputable slo al captulo depersonal que se explica, primero, por el hecho de que en 2012 estuvierantemporalmente vacantes algunos puestos; segundo, por efecto de la promocininterna ganada por algunos empleados y el devengo de complementos porantigedad de otros; tercero, por la anualizacin de las retribuciones de 2013de algunos empleados que se incorporaron al TEAMM en 2012; y, cuarto, porla incorporacin al TEAMM, por reubicacin de efectivos, de empleados
procedentes de otras unidades administrativas.
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V. MEDIOS INTERNOS.
En este apartado corresponde dar cuenta de los medios materiales y humanoscon los que el Tribunal ejerci sus funciones en 2013.
1. Recursos humanos.
En 2013 el TEAMM estuvo integrado por tres miembros. No se produjeronrenuncias ni nombramientos de Vocales. Los Vocales del Tribunal y su
Secretario General tienen naturaleza directiva dentro de la organizacin delTribunal.
La relacin de puestos de trabajo del TEAMM, a 31 de diciembre de 2013,tena la siguiente configuracin:
TribunalVocales 3Ponentes 19Secretario Delegado 1Puestos administrativos 5
Total 28
Secretara GeneralSecretario General 1Puestos administrativos 26Puestos de oficios 4Total 31
Total TEAMM
Total 59Cubiertos 57Vacantes 2
La relacin detallada de los puestos de trabajo del Tribunal y de su SecretaraGeneral, a 31 de diciembre de 2013, era la que muestran los siguientescuadros.
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Cuadro 2. RPT - Tribunal
TRIBUNAL 46G
DENOMINACIN DEL PUESTO Nm. NIVELCD F.P. TIPO ADM GR. CUERPO/ESCALA SITUACIN
46G1 VOCALA 1 (PRESIDENCIA)
PRESIDENTE DEL TEAMM 1 - - - - - - C
ENCARGADO OFICINA AUX./SEC 1 18 LD F AAPP C1C2 AG C
PONENTE ADJUNTO 1 28 LD F AAPP A1 AG/AE C
PONENTE ADJUNTO 1 26 CE F AAPP A1A2 AG/AE C
PONENTE ADJUNTO 1 26 CE F AAPP A1A2 AG/AE C
PONENTE ADJUNTO 1 26 CE F AAPP A1A2 AG/AE C
PONENTE ADJUNTO 1 26 CE F AAPP A1A2 AG/AE C
PONENTE ADJUNTO 1 26 CE F AAPP A1A2 AG/AE C
PONENTE ADJUNTO 1 26 CE F AAPP A1A2 AG/AE CPONENTE ADJUNTO 1 26 CE F AAPP A1A2 AG/AE C
PONENTE ADJUNTO 1 26 CE F AAPP A1A2 AG/AE C
PONENTE ADJUNTO 1 26 CE F AAPP A1A2 AG/AE C
PONENTE ADJUNTO 1 26 LD F AAPP A1A2 AG/AE C
PONENTE ADJUNTO 1 26 LD F AAPP A1A2 AG/AE C
46G2 VOCALA 2
VOCAL DEL TRIBUNAL 1 - - - - - - C
ENCARGADO OFICINA AUX./SEC 1 18 LD F AAPP C1C2 AG C
PONENTE ADJUNTO 1 28 LD F AAPP A1 AG/AE C
PONENTE ADJUNTO 1 26 CE F AAPP A1A2 AG/AE C
46G3VOCALA 3
VOCAL DEL TRIBUNAL 1 - - - - - - C
ENCARGADO OFICINA AUX./SEC 1 18 LD F AAPP C1C2 AG C
PONENTE ADJUNTO 1 28 LD F AAPP A1 AG/AE C
PONENTE ADJUNTO 1 26 CE F AAPP A1A2 AG/AE C
46G3VOCALA 4
ENCARGADO OFICINA AUX./SEC 1 18 LD F AAPP C1C2 AG C
PONENTE ADJUNTO 1 26 LD F AAPP A1A2 AG/AE C
PONENTE ADJUNTO 1 26 LD F AAPP A1A2 AG/AE C
46G3VOCALA 5
ENCARGADO OFICINA AUX./SEC 1 18 LD F AAPP C1C2 AG C
PONENTE ADJUNTO 1 26 LD F AAPP A1A2 AG/AE C
46G4 SECRETARA DELEGADA
SECRETARIO DELEGADO 1 28 LD F AM A1 AG C
TOTAL TRIBUNAL 28
C = Cubierta - V= Vacante
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Tribunal Econmico-Administrativo Municipal de Madrid
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Cuadro 3. RPT - Secretara GeneralSECRETARA GENERAL 46H
DENOMINACIN DEL PUESTO Nm. NIVELCD
F.P. TIPO ADM GR. CUERPO/ESCALA
SITUACIN
46H SECRETARA GENERAL
SECRETARIO GENERAL 1 - - - - - - C
ENCARGADO OFICINA AUX./SEC 1 18 LD F AAPP C1C2 AG C
AUX. OFICINA AUXILIAR DIRE 1 16 LD F AM C2 AG C
46H002 UNIDAD DE REGIMEN INTERIOR Y PRESUPUESTOS
ADJUNTO A DEPARTAMENTO 1 26 LD F AAPP A1A2 AG/AE C
AUXILIAR DE SECRETARA 1 17 LD F AM C2 AG C
PERSONAL OFICIOS SERVS. INTERNOS 1 13 C F AM E AE C
PERSONAL OFICIOS SERVS. INTERNOS 1 13 C F AM E AE C
PERSONAL OFICIOS DIVERSOS OFICIOS 1 13 C F AM E AE CPERSONSL OFICIOS DIVERSOS OFICIOS 1 13 C F AM E AE CI
46H1 DEP. DE RECLAMACIONES, REGISTRO Y ATENCIN AL CIUDADANO
JEFE DEPARTAMENTO 1 28 LD F AAPP A1 AG/AE C
ENCARGADO OFICINA AUX. 1 18 LD F AAPP C1C2 AG C
AUXILIAR DE SECRETARA 1 15 C F AM C2 AG C
AUXILIAR DE SECRETARA 1 15 C F AM C2 AG C
AUXILIAR DE SECRETARA 1 15 C F AM C2 AG C
AUXILIAR DE SECRETARA 1 15 C F AM C2 AG C
AUXILIAR DE SECRETARA 1 15 C F AM C2 AG V
AUXILIAR ADMINISTRATIVO 1 14 C F AM C2 AG V
46H101 UNIDAD DE TRAMITACIN Y PROCEDIMIENTOS
JEFE UNIDAD 1 26 CE F AAPP A1A2 AG/AE C
JEFE SEC. DE PROCEDIMIENTOS 1 24 CE F AM A1A2 AG/AE C
AUXILIAR DE SECRETARA 1 17 LD F AM C2 AG C
JEFE SECCION DE TRAMITACIN 1 24 CE F AM A1A2 AG/AE C
AUXILIAR DE SECRETARA 1 17 LD F AM C2 AG C
AUXILIAR DE SECRETARA 1 17 LD F AM C2 AG C
46H104 UNIDAD DE REGISTRO Y ATENCIN AL CONTRIBUYENTE
JEFE UNIDAD 1 26 CE F AAPP A1A2 AG/AE C
ASESOR TCNICO 1 24 C F AM A1 AGAE CI
JEFE SECCION DE REGISTRO 1 24 CE F AM A1A2 AG/AE C
AUXILIAR DE SECRETARA 1 17 LD F AM C2 AG C
AUXILIAR DE SECRETARA 1 17 LD F AM C2 AG CJEFE SECC. ATENCION CONTRIBUYENTE 1 24 CE F AM A1A2 AG/AE C
AUXILIAR DE SECRETARA 1 17 LD F AM C2 AG C
AUXILIAR DE SECRETARA 1 17 LD F AM C2 AG C
TOTAL SECRETARA GENERAL 31C = Cubierta - V= Vacante - CI= Ocupacin temporal interina
En 2013 se iniciaron varios procesos para la provisin definitiva de los puestosde trabajo que a continuacin se indican y que a fecha 31 de diciembre sehallan an pendientes de resolucin:
Encargado de Oficina Auxiliar Vocala Primera (46G1).
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40%
60%
HombresMujeres
Auxiliar de Oficina Auxiliar (46H0032).
Auxiliar de Secretara Negociado de Registro (46H10541)
Al concluir el ejercicio 2013 se hallaban provistos 57 de los 59 puestos dotadosen plantilla (lo que supone un 96,61 por 100), detallndose en los anteriorescuadros qu puestos estaban cubiertos y cules no.
Por lo que se refiere a la cualificacin, considerando la adscripcin o grupo delos empleados (incluidos Vocales y Secretario General), la estructura depersonal presenta la situacin que refleja el siguiente cuadro.
Cuadro 4. Distribucin de pl azas cubi ertas y vacantes en el TEAMM
DISTRIBUCIN DE PLAZAS
GRUPO TRIBUNAL SECRETARAGENERAL TOTALTEAMMGRUPO A1 7 3 10GRUPO A1/A2 16 7 23GRUPO C1 0 0 0GRUPO C1/C2 5 2 7GRUPO C2 0 15 15GRUPO E 0 4 4
Plazas RPT
TOTAL 28 31 59
GRUPO TRIBUNALSECRETARA
GENERALTOTALTEAMM
GRUPO A1 7 3 10GRUPO A1/A2 16 7 23GRUPO C1 0 0 0GRUPO C1/C2 5 2 7GRUPO C2 0 13 13GRUPO E 0 4 4
Plazas cubiertas
TOTAL 28 29 57GRUPO A1 0 0 0GRUPO A1/A2 0 0 0GRUPO C1 0 0 0GRUPO C1/C2 0 0 0GRUPO C2 0 2 2GRUPO E 0 0 0
Plazas vacantes
TOTAL 0 2 2
Considerando la perspectiva de gnero, el personal al servicio del Tribunalpresenta la siguiente distribucin:
Cuadro 5 / Grfico 3. Distribucin por sexo
HOMBRES MUJERES
23 35
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30-34
35-39
40-44
45-49
50-54
55-59
60-64
65-69
Y desde la perspectiva de edad cabe sealar que el personal al servicio delTribunal, en el ejercicio 2013, present una edad media de 49 aos, con la
siguiente distribucin: Cuadro 6. Distribucin por edadEdad Nmero
Menores de 30 0De 31 a 40 18De 41 a 50 10De 51 a 60 22Ms de 60 7
Total 57
Grfico 4. Distribuci n por edad
2. Recursos materiales.
a) Inmuebles.
Desde el ao 2010 el Tribunal tiene su sede en
un histrico edificio actualmente perteneciente alAyuntamiento de Madrid que, despus de serntegramente rehabilitado, fue adscrito al uso yservicio de aqul.
Situado en el nm. 83 de la calle Mayor, eledificio, conocido como Palacio de Malpica,cuenta con seis plantas, con la siguientesuperficie:
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Planta Superficie (m2)
Stano 522,36Baja 559,39
Principal 562,79Primera 562,79Segunda 562,79tico 351,81
Total 3.121,93
El edificio est acondicionado para las especficas funciones que se llevan acabo en el Tribunal y plenamente adaptado para facilitar el acceso y lacirculacin de personas con movilidad reducida. La distribucin funcional es lasiguiente:
Planta Distribucin
Stanorea de formacin, vestuarios, archivo y cuartos de instalaciones (mantenimiento,electricidad, residuos, extincin de incendios).
Baja Control, atencin al ciudadano y Secretara General.
PrincipalPresidencia del Tribunal (Vocala Primera), Sala de Gobierno, Sala de Plenos, Salade Reclamaciones y Biblioteca.
Primera Secretario General, Ponencias Adjuntas y Secretara General.
Segunda Ponencias Adjuntas.
tico Vocalas y Ponencias Adjuntas.
El acceso al edificio as como la integridad de los archivos existentes en l sehallan protegidos por sistemas de vigilancia y seguridad y custodiados por losagentes del Cuerpo de Polica Municipal del Ayuntamiento de Madrid.
b) Muebles.
Todos los puestos de trabajo estn provistos del mobiliario adecuado para sudesempeo. Tambin es suficiente y adecuado el mobiliario de las reas detrabajo en grupo y de reunin de los rganos colegiados (Sala de Plenos, Salade Reclamaciones, Sala de Gobierno), as como del rea de formacincontinuada.
c) Informticos.
Todos los puestos de trabajo con contenido administrativo estn informatizados(100 por 100). Tambin existen puestos informticos comunes para lasnecesidades del personal de oficios, limpieza, mantenimiento y seguridad. En
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2013 se ha puesto en funcionamiento el aula de formacin continuada quecuenta con 21 puestos informticos.
La provisin de los equipos informticos y su mantenimiento, as como suconfiguracin y adaptacin especfica a los servicios del TEAMM y la resolucinde incidencias de puesto o red, depende de Informtica del Ayuntamiento deMadrid.
La tramitacin de los expedientes administrativos est soportada, bsicamente,en las siguientes aplicaciones:
SIGSA (Sistema Integrado de Gestin y Seguimiento Administrativo).
Gestin de Registro (anotaciones).
Sin embargo, para la instruccin de los expedientes y para la gestin de otrosservicios y recursos existentes, se consultan diversas bases de datos y seutilizan otras aplicaciones de gestin y formacin. Son las siguientes:
Absys (gestin biblioteca)
AYRE (Westlaw, diccionarios en lnea, etc.)
Base de datos AEAT (censos fiscales).
Base de datos Registro Mercantil.
Consulta general de expedientes municipales (va AYRE). Consulta del Padrn Municipal.
Control de presencia valos.
Direccin General de Trfico: Registro de vehculos y conductores.
Direccin General de Trfico: Histrico de domicilios.
Expedientes de imposicin de sanciones de circulacin (PRUVIS).
Gestin Integral de Ingresos Municipales (GIIM).
Liquidaciones, abonars y notificaciones en voluntaria (SISDOC). Moodle (formacin continuada).
Notificaciones de Recursos de Reposicin en Recaudacin Ejecutiva
de Sanciones de Trfico.
Oficina Virtual del Catastro.
PLYCA.
Recaudacin Ejecutiva Municipal.
SIATRA
Sistema de Gestin de Multas y ORA.
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Sistema de Gestin de Recursos de Reposicin en Recaudacin
Ejecutiva de Sanciones de Trfico (MUOR).
Sistema de Gestin Econmico-Financiera (SAP).
Sistema de identificacin y control de acceso de personal externo.
Vignette (gestin intranet del Tribunal en AYRE).
En las dependencias del Tribunal tambin se presta el servicio de acreditacinpara la expedicin de certificados digitales para persona fsica de la FbricaNacional de Moneda y Timbre. Dicho certificado puede incorporarse a la tarjetade identificacin personal de los empleados del TEAMM u otros rganos yorganismos del Ayuntamiento de Madrid.
A lo largo del ejercicio se llevan a cabo rutinas de control o verificacin delcumplimiento de la legislacin de proteccin de datos de carcter personal enlos procedimientos y sistemas del TEAMM.
d) Bibliogrficos.
En 2013 se han aadido nuevos fondos a la biblioteca tcnica del TEAMM,formada por obras jurdicas, de contenido administrativo y tributarioesencialmente, para estudio y uso preferente por los empleados.
Se est procediendo paulatinamente a la recatalogacin de los fondos para suexplotacin mediante la aplicacin Absys, con el fin de integrar la coleccin delTEAMM con la de otros servicios municipales y facilitar la comparticin de esterecurso y el acceso a los mismos. Durante el ejercicio se adquirieron 42 nuevoslibros (monografas y obras generales o colectivas) y 77 ejemplares de revistasy se renovaron o actualizaron algunos cdigos legislativos de uso habitual.
Suscripciones existentes:
Contabilidad y Tributacin El Consultor
Estudios Locales
Revista Tributaria de Oficinas Liquidadoras
Revista espaola de Derecho Financiero
Registro de Economistas y Asesores Fiscales
Tributos Locales.
Tribuna Fiscal.
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Suscripciones electrnicas:
Westlaw (a travs de Ayre).
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VI. MEDIOS EXTERNOS (CONTRATACIN).
Para el ejercicio de sus funciones el TEAMM tambin utiliza medios o serviciosexternos. En razn de la independencia tcnica y funcional que tiene legal yestatutariamente reconocida, el TEAMM tambin puede acordar contratosadministrativos y privados cuya celebracin corresponde a su Presidente (art.10.1.d ROTEAMM), en las condiciones y con los lmites que se establezcan porla Junta de Gobierno que, por otra parte, tiene delegadas parte de susatribuciones en dicho rgano, por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la
Ciudad de Madrid de delegacin de competencias especficas en los rganossuperiores y directivos de las reas de Gobierno y de los distritos, de fecha 24de enero de 2013 (publicado en el Boletn Oficial del Ayuntamiento de Madridnm. 6546, de 25 de enero de 2013 y en el Boletn Oficial de la Comunidad deMadrid nm. 36, de 12 de febrero de 2013).
En ejercicio de tales atribuciones, pues, en 2013 el TEAMM adjudic cincocontratos con el objeto y dems circunstancias que seguidamente se detallan:
Cuadro 7. Contratos adjudicados
Contrato Adjudicatario Vigencia Importe ()Servicios (Mantenimiento edificio) FULTON SERVICIOS INTEGRALES, S.A. 01/11/13 a 31/10/14 26.499,00
Servicios (Mantenimiento de seguridad) VALORIZA FACILITIES, S.A.U. 01/05/13 a 31/10/13 2.520,42
Servicios (Mantenimiento de ascensores) ORONA, S.COOP. 01/11/12 a 31/10/13 5.929,00
Servicios (Emergencias/cardioproteccin) TELEFNICA TELECOM. PBLICAS, S.A.U 01/02/13 a 31/01/14 2.323,20
Servicios (Emergencias/alarma) SABICO, S.A. 01/01/13 a 31/12/14 909,92
Servicios/Prrroga (Limpieza edificio) SOLDENE, S.A. 01/08/13 a 30/7/14 63.538,70
En 2013, adems, estuvieron en curso de ejecucin los siguientes contratos:
Cuadro 8. Contratos en curso de ejecucin
Contrato Adjudi catario Vigencia Importe ()
Suministros/Prrroga (Reprografa RICOH ESPAA, S.L.U 16/06/12 a 15/06/14 9.442,840
Servicios (Mantenimiento edificio)) COPISA, PROY. Y MANT. INTEG., S.A.U. 01/11/12 a 31/10/13 23.441,41
El gasto derivado de los referidos contratos en 2013 supuso un total de60.250,74 euros, un 2 por 100 del gasto realizado total por el TEAMM en dichoejercicio.
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VII. ACTIVIDAD INSTITUCIONAL EN 2013.
1. De regulacin interna.
De acuerdo con el artculo 10.1.b) del ROTEAMM, corresponde al Presidente ladireccin orgnica y funcional del TEAMM. Ese mismo artculo 10, en suapartado 2, determina que, mediante acuerdo y oda en su caso la Sala deGobierno, corresponde al Presidente:
a) Fijar el reparto de atribuciones entre el Pleno del Tribunal, las Salas ylos rganos unipersonales.
b) La creacin, composicin y supresin de las Salas, el nombramiento desus presidentes y la distribucin de asuntos entre las mismas atendiendo,en lo posible, a criterios de especializacin.
c) La designacin de los rganos unipersonales y la distribucin deasuntos entre los mismos.
En el ao 2013 la Presidencia del TEAMM no adopt nuevos acuerdos sobrereparto, aplicndose el ltimo aprobado, esto es, el Acuerdo de 3 de diciembrede 2012 sobre el Pleno, salas de reclamaciones, rganos unipersonales,
reparto de atribuciones y distribucin de asuntos.
2. De formacin del personal.
En 2013 el TEAMM ha puesto en funcionamiento un aula de formacincontinuada (para 20 alumnos) en el que, en colaboracin con el Instituto deFormacin y Estudios del Gobierno Local del Ayuntamiento de Madrid, seimparten cursos para los empleados destinados en el Tribunal y en otrosservicios municipales, as como para los estudiantes universitarios que realizanprcticas en virtud de los correspondientes convenios de colaboracin
educativa.Durante el citado ao, los empleados destinados en el Tribunal asistieron, entreotros, a los siguientes cursos de formacin y perfeccionamiento:
Actualizacin y simplificacin del lenguaje jurdico-administrativo.
Norma y uso.
Anlisis de las principales Tasas Locales.
Anlisis de la problemtica de la Inspeccin tributaria local.
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Operaciones de registro para la acreditacin, emisin y gestin de
certificados electrnicos de empleado pblico.
Metodologa de evaluacin de las necesidades y de la satisfaccin de
los ciudadanos con los servicios.
Aplicacin de Gestin Catastral SIGECA.
Gestin del IVTM en +TIL.
Interlocutores de proteccin de datos.
Calidad y atencin al ciudadano.
Organizacin del tiempo y calidad de trabajo.
Acceso electrnico de los ciudadanos a los servicios pblicos: La Ley
11/2007.
Contratacin administrativa.
SIGSA. Sistema Integral de Gestin y Seguimiento Administrativo.
Procedimiento General.
Tcnicas de mejora de memoria.
Tramitacin y resolucin de reclamaciones econmico-
administrativas.
El Rgimen Jurdico del patrimonio de las Entidades Locales.
La inteligencia emocional.
Proteccin de datos y legislacin para el personal municipal.
Correccin y estilo en la lengua espaola.
3. De presencia institucional.
Como en ejercicios anteriores, en 2013 las actividades de proyeccininstitucional del Tribunal fueron encaminadas a divulgar sus funciones ycriterios interpretativos y a explicar el rgimen de las reclamacioneseconmico-administrativas, actuando tanto en el mbito municipal, es decir,ante los rganos y empleados del Ayuntamiento, como externamente, anteinstituciones y organizaciones profesionales y de educacin superior y tambinen relacin con otros Ayuntamientos.
Con tal propsito se desarrollaron las iniciativas siguientes:
Mantenimiento y actualizacin de la informacin disponible en la webmunicipal (www.madrid.es/teamm), con referencias normativas, de
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ubicacin y registro y otras cuestiones de inters sobre la competenciay actividad del TEAMM, incluido un repertorio con su cuerpo de
doctrina ms relevante. Participacin del personal del Tribunal en el VIII Encuentro Nacional
de rganos Tributarios Locales, celebrado en Granada los das 2, 3 y4 de octubre de 2013.
Participacin del personal del Tribunal en acciones formativas decontenido tributario y econmico-administrativo promovidas por elAyuntamiento de Madrid para sus empleados y para estudiantesuniversitarios (en virtud de convenios de colaboracin educativa), ascomo en otros foros acadmicos y profesionales.
Participacin del personal del Tribunal en actividades de estudio oinvestigacin jurdica promovidas por el Instituto de Formacin yEstudios del Gobierno Local del Ayuntamiento de Madrid,Universidades y otros centros.
4. De atencin al ciudadano.
La Unidad de Atencin al Ciudadano (UAC) atendi a 6.588 personas durante2013 (un 29,23 por 100 menos que el ao 2012). Dicha atencin tuvo lugar en
la forma en que se detalla en el siguiente cuadro:Cuadro 9. Personas atendidas en la Unidad de Atenci n al Ciudadano
PERSONAS ATENDIDAS POR LA UAC 2013
FINALIDAD Nm. %
Informacin presencial 729 11,04
Informacin telefnica 2.901 43,93
Presentacin de documentos 2.490 37,70
Consulta / Puesta de manifiesto de expedientes 421 6,38
Consultas despachadas por correo electrnico 63 0,95
TOTAL 6.604 100
En 2013 la Oficina del Defensor del Contribuyente del Ayuntamiento de Madridsolicit informe al Tribunal sobre 11 quejas formuladas en relacin con latramitacin de reclamaciones econmico-administrativas. El contenido de lasquejas planteadas al Defensor del Contribuyente puede ordenarse como sigue:
Retraso en la tramitacin 3Contenido de la resolucin 1Ejecucin Resolucin 2
Otros 5
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En 2013 el Defensor del Pueblo solicit informacin sobre 4 quejas que lehaban sido dirigidas, todas ellas relativas a la tardanza en la tramitacin.
El nmero de quejas se ha reducido significativamente (de 16 en 2012 a 11 en2013). Teniendo en cuenta el volumen anual de reclamaciones y el nmero dequejas planteadas durante el presente y anteriores ejercicios cabe aadir quese plantea una queja por cada 1.327 reclamaciones presentadas y una quejapor retraso en la tramitacin por cada 2.263 reclamaciones presentadas.
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VIII. ACTIVIDAD PROCEDIMENTAL EN 2013.
Para analizar la actividad del Tribunal durante el ao 2013 resulta oportunodistinguir las reclamaciones econmico-administrativas de otros expedientes yde la tramitacin relacionada con la Jurisdiccin Contencioso-administrativa.Parece oportuno destacar que en 2013 se puso en funcionamiento un servicioelectrnico que, a travs de la carpeta del ciudadano del sitio electrnico delAyuntamiento de Madrid, permite a los interesados o sus representantesconocer el estado de tramitacin de los expedientes de naturaleza econmico-
administrativa que se tramitan en el Tribunal.
1. Procedimientos de reclamacin econmico-administrativa.
De acuerdo con lo dispuesto en el artculo 25.1 de la LCREM, corresponde alTribunal:
a) El conocimiento y resolucin de las reclamaciones que se interponganen relacin con la aplicacin de los tributos y la imposicin de sancionestributarias que realicen el Ayuntamiento de Madrid y las entidades de
derecho pblico vinculadas o dependientes del mismo, siempre que setrate de materias de su competencia o tratndose de competenciasdelegadas, cuando as lo prevea la norma o el acuerdo de delegacin.
b) El conocimiento y resolucin de las reclamaciones que se interpongancontra las resoluciones y los actos de trmite que decidan, directa oindirectamente, el fondo del asunto, relativo a los actos recaudatoriosreferidos a ingresos de derecho pblico no tributarios del Ayuntamiento deMadrid y de las entidades de derecho pblico vinculadas o dependientesdel mismo.
Por su parte, el artculo 18.1 ROTEAMM dispone:Podr reclamarse en va econmico-administrativa en relacin con lassiguientes materias:
a) La aplicacin de los tributos y la imposicin de sanciones tributarias.
b) La recaudacin de los ingresos de derecho pblico no tributarios.
Tras el excepcionalmente elevado nmero de reclamaciones econmico-administrativas que se presentaron en ejercicios anteriores, los datos de 2013reflejan una vuelta a la normalidad en el volumen de entrada de reclamaciones,situndose en el nivel de la media observada en los primeros aos defuncionamiento del Tribunal, en el entorno de las 10.000 reclamaciones.
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a) Entrada de asuntos.
A efectos de esta Memoria y de acuerdo con lo dispuesto en el artculo 39 delROTEAMM, se considera que las reclamaciones econmico-administrativasentran en el Tribunal a partir del momento en que el rgano gestor que hadictado el acto objeto de la reclamacin que, segn el artculo 37 delROTEAMM, es el rgano al que debe dirigirse el escrito de interposicinremite sta al TEAMM junto con el expediente que corresponda.
Esto no significa que el plazo para resolver (de un ao o seis meses, en funcindel procedimiento que corresponda: general o abreviado) se compute desde laentrada de la reclamacin en el Tribunal, pues dicho plazo toma como dies aquoel da de interposicin o presentacin de la misma.
Durante el ao 2013 tuvieron entrada en el Tribunal un total de 8.793reclamaciones econmico-administrativas.
El ritmo mensual de entrada se refleja en el cuadro y grfico siguientes. Endicho grfico figura tanto la entrada mensual de 2013, como la entrada mediamensual del periodo 2005-2012. En esta media, muy por encima de la entradamensual de 2013, se aprecia la influencia histrica de las reclamacionespresentadas en relacin con la Tasa por prestacin del servicio de gestin deresiduos urbanos en el volumen de entrada, ponindose en evidencia que en2013 la entrada se situ ya en cotas que pueden considerarse normales.Tambin puede apreciarse cmo la entrada de reclamaciones es siempresuperior en el primer semestre del ao, lo que, en el caso de los tributos,guarda relacin con las fechas de su devengo y de sus procesos de gestin.
Cuadro 10. Entrada mensual de reclamaciones
ENTRADA DE RECLAMACIONES 2013
Mensual Acumulado Media 2005/2012Mes
Nmero % Nmero % Nmero %
Enero 839 9,54 839 9,54 1.298 5,04Febrero 448 5,09 1.287 14,64 2.561 9,94Marzo 827 9,41 2.114 24,04 3.171 12,31Abril 944 10,74 3.058 34,78 3.006 11,67Mayo 612 6,96 3.670 41,74 1.940 7,53Junio 676 7,69 4.346 49,43 3.192 12,40Julio 1.061 12,07 5.407 61,49 2.279 8,85Agosto 523 5,95 5.930 67,44 873 3,39Septiembre 565 6,43 6.495 73,87 1.704 6,62Octubre 1.049 11,93 7.544 85,80 2.666 10,35
Noviembre 649 7,38 8.193 93,18 1.705 6,62Diciembre 600 6,82 8.793 100,00 1.355 5,26
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0
500
1000
1500
2000
2500
3000
3500
4000
4500
5000
E F M A M J J A S O N D
839
448
827
944
612
676
1061
523
565
1049
649
600
1298
2561
3171
3006
1940
3192
2279
873
1704
2666
1705
1355
2013 Media 2005-2012
Grfico 5. Entrada mensual de reclamaciones
La distribucin por materias de las reclamaciones que han tenido entradadurante el ao 2013 se expresa en los siguientes cuadro y grfico.
Cuadro 11. Distribucin por materias
DISTRIBUCIN POR MATERIAS 2013
CONCEPTOS Nmero %
Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) 274 3,12
Impuesto sobre Actividades Econmicas (IAE) 133 1,51
Impuesto sobre Vehculos de Traccin Mecnica (IVTM) 139 1,58
Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) 126 1,43
Impuesto sobre Incr emento del Valor de l os Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU) 508 5,78
Tasas 820 9,33
Recaudacin sanciones de trfico 6.292 71,56
Recaudacin otras sanciones 156 1,77Recaudacin otros conceptos 345 3,92
TOTAL 8.793 100,00
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0
10.000
20.000
30.000
40.000
50.000
60.000
70.000
80.000
2005-2009 2010 2011 2012 2013
12.125
78.176
57.146
10.053 8.793
Grfico 6. Distribucin por Materias
0
1000
2000
3000
4000
5000
6000
7000
IBI IAE IVTM ICIO IIVTNU Tasas C. Espe. Rec.sancionesde trfico
Rec. otrassanciones
Rec. otrosconceptos
274133 139 126
508 820
0
6292
156 345
2013
Para mostrar la evolucin anual de la entradapartiremos del ejercicio 2005,primero en el que el TEAMM desarroll su actividad a lo largo de todo un ao,aunque se agregarn y ponderarn los datos correspondientes al quinquenioms antiguo, periodo 2005-2009. As, la evolucin mensual acumulada delnmero de reclamaciones que han tenido entrada en los ltimos aos semuestra en el siguiente grfico:
Grfico 7. Evolucin de la entrada
Como puede verse, en 2013 entraron 1.260 reclamaciones menos que en elejercicio anterior, en el que tuvieron entrada 10.053 reclamaciones; es decir, encomparacin con el ao 2012 el nmero de reclamaciones en 2013 baj un 12,53
por 100. Este descenso puede tener que ver con la normalizacin de laconflictividad relacionada con la Tasa por Prestacin del Servicio de Gestin de
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2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013
544 848 7451.043
1.873
6.515
4.762
838 733
Residuos Urbanos (en radical cada desde 2011) y relacionarse, quizs, con lageneral ralentizacin de las actividades econmicas y profesionales como
consecuencia de la crisis. El descenso del nmero de reclamaciones ha de verse,en todo caso, como un dato positivo, pues revela una reduccin de la conflictividadderivada de la actuacin municipal sometida a la revisin del TEAMM. Reduccinde la conflictividad que, de sostenerse en el tiempo, permitira concluir que hamejorado la calidad jurdica de dicha actuacin y que la funcin preventiva ypropedutica que la actividad revisora del TEAMM lleva implcita est dando susfrutos.
En lgica correspondencia con lo indicado, la media mensual de entrada dereclamaciones ha descendido a niveles parecidos a los del ao 2007 (esto es,poco ms de 700 reclamaciones al mes).
Cuadro 12. Media mensual de reclamaciones
Grfico 8. Media mensual de reclamaciones
Parece oportuno tambin mostrar la evolucin del nmero de reclamacionesconsiderando cul es el mbito material de la actuacin administrativa de la
Ao Reclamaciones/mes
2005 543,58
2006 848,42
2007 744,58
2008 1.042,50
2009 1.872,92
2010 6.514,67
2011 4.762,16
2012 837,75
2013 732,75
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que traen causa. As, el siguiente grfico refleja la evolucin anual de laentrada por materias.
Grfico 9. Evolucin de la distribucin por materias
Los datos reflejados ponen en evidencia que (dejando a un lado el coyunturalepisodio de la impugnacin en masa de las liquidaciones de la popularmentedenominada tasa de basuras) son las actuaciones de la recaudacin ejecutiva
de sanciones de trfico las que tradicionalmente y en la actualidad siguensuscitando mayor nmero de reclamaciones.
b) Actuaciones de trmite.
En 2013 la tramitacin de las reclamaciones econmico-administrativas hizonecesario dictar 57.495 actos de trmite por parte de la Secretara General delTribunal. La relacin desagregada de los referidos actos se muestra en elsiguiente cuadro:
Cuadro 13. Actos de trmite
ACTOS DE TRMITE 2013
Tipo Nmero
Requerimientos de subsanacin 4.949Puestas de manifiesto 687Acumulacin de reclamaciones 570Prctica de pruebas 14Solicitudes de documentacin o expedientes a rganos gestores 681Solicitudes de informes 46Providencias de ejecucin 3.783Notificacin de resoluciones 31.666Comunicacin de inicio de expediente 8.072
Otras actuaciones de trmite (comunicaciones, apud acta, diligencias) 7.027TOTAL 57.495
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Por otro lado, la Unidad de Registro del Tribunal, a quien corresponde recibir y
expedir los documentos practicando la correspondiente anotacin o asientoregistral, ha desarrollado en 2013 la actividad que resume el siguiente cuadro.
Cuadro 14. Activi dad del Regist ro
ACTIVIDAD DE REGISTRO 2013
Tipo Nmero
Anotaciones de entrada documentos 3.695Notificaciones con acuses de recibo 20.473
c) Resolucin de asuntos.
Durante el ao 2013, el Tribunal ha resuelto 11.823 reclamaciones econmico-administrativas. De ellas, 1.133 han sido resueltas por la Sala nica deReclamaciones en las 11 sesiones celebradas; el resto (10.690) han sidoresueltas por rganos unipersonales.
El ritmo de resolucin se representa en los siguientes cuadro y grfico. Los datosparten del ejercicio 2005, primero en el que el TEAMM desarroll su actividad alo largo de todo un ao, pero se agregan y ponderan los datoscorrespondientes al quinquenio ms antiguo, periodo 2005-2009.
Grfico 10. Ritmo mensual de resolucin
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1208 2780 3735
4804 5633 6326 7147 7898
8956 10220 11182 11823
0
10.000
20.000
30.000
40.000
50.000
60.000
70.000
E F M M J J S O N D
2010 2011 2012 2013 2005-2009
Cuadro 15. Ritmo de resolucin
La evolucin anual del nmero de resolucionesdictadas es la que refleja elsiguiente grfico:
Grfico 11. Evolucin mensual (acumulada) del nmero de resoluciones dictadas
RITMO DE RESOLUCIN 2013
Mes Nmero
ENERO 1.208
FEBRERO 1.572
MARZO 955
ABRIL 1.069
MAYO 829
JUNIO 693
JULIO 821
AGOSTO 751
SEPTIEMBRE 1.058
OCTUBRE 1.264NOVIEMBRE 962
DICIEMBRE 641
TOTAL 11.823
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En trminos absolutos, en el ao 2013 el Tribunal ha dictado 28.896resoluciones menos que en 2012, es decir, en comparacin con 2012, elnmero de reclamaciones resueltas disminuy un 70,97 por 100.
Esta disminucin guarda relacin con la progresiva evacuacin de losexpedientes de reclamacin sobre la Tasa por Prestacin del Servicio deGestin de Residuos Slidos Urbanos dado que, por la notable similitud oidentidad del contenido de los escritos de interposicin, result posible elanlisis agrupado y en muchos casos, la formal acumulacin de muchasreclamaciones con el consecuente avance en la capacidad resolutoria que, alcompletarse la tramitacin del referido y caracterizado grueso dereclamaciones, retorna a niveles prximos a los de los ejercicios precedentes.
La normalizacin del ritmo de entrada de reclamaciones ha ido acompaada de
una reduccin de los efectivos existentes, siendo oportuno recordar que ya en2012 se redujeron a tres las Vocalas operativas (frente a las cinco queactuaron anteriormente) y que tambin ha disminuido el nmero de empleadosmunicipales que prestan servicio para el Tribunal (desde los 79 a los 57actuales). En 2013, por lo tanto, se ha ajustado a la baja la capacidad deresolucin del TEAMM, adecundola al actual nivel de entrada dereclamaciones, muy inferior al de ejercicios anteriores. Se ha alcanzado as unasituacin de equilibrio o correspondencia entre el nmero de reclamaciones aresolver y los recursos personales y materiales disponibles para hacerlo,pareciendo suficiente la capacidad resolutoria actualmente existente paracumplir con la obligacin legal de dictar resolucin en plazo en un elevado
porcentaje de los casos si el nivel de entrada se mantiene por debajo de las10.000 reclamaciones anuales (de hecho, como se ver luego, en 2013 seredujo significativamente el nmero de expedientes pendientes de resolucindespus de haber vencido el plazo legal para resolver).
As, pues, aunque en 2012 la capacidad de resolucin fue notablementesuperior a la de 2013 (405,04 resoluciones por cada 100 expedientes frente a134,46 resoluciones por cada 100), sta se ha situado, despus incluso de losreferidos ajustes de recursos humanos y materiales, en cotassignificativamente superiores a las de otros ejercicios anteriores en los quehubo similar entrada de reclamaciones y nmero de efectivos disponibles,
hacindose as evidente que la experiencia de tramitacin adquirida y la mejorade los procesos internos de gestin ha permitido acrecer y consolidar lacapacidad resolutoria del TEAMM. Es por esta razn que, si no varasustancialmente el volumen de entrada, la capacidad de resolucinactualmente existente se juzga suficiente para poder alcanzar el objetivo,necesario y priotario, de llegar a dictar resolucin sin demora sobre el plazolegalmente previsto.
El siguiente grfico refleja la evolucin anual de la capacidad de resolucin(expresada mediante un ndice que representa, en tanto por 100, el nmero de
reclamaciones resueltas con respecto a las entradas).
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Estimadas13,64%
Estimadasparcialmente 3,70% Desestimadas41,49%
Inadmitidas yarchivadas41,11%
Satisfaccinextraprocesal
0,06%
80,44
60,06
101,46
405,04
134,46
0
50
100
150
200
250
300
350
400
450
2005-2009 2010 2011 2012 2013
Capacidad deresolucin
Grfico 12. Evolucin de la capacidad de resolucin .
Por lo que respecta al sentido de las resoluciones, la distribucin de stas semuestra en los siguientes cuadro y grfico.
Cuadro 16. Clasificacin de resoluciones dictadas
Grafico 13. Clasificacin de resoluciones dictadas
CLASIFICACIN DE RESOLUCIONES
Tipo Nmero %Estimatoria 1.613 13,64
Parcialmente estimatoria 437 3,70
Desestimatoria 4.905 41,49
Inadmisin y archivo 4.861 41,11
Archivo por satisfaccin extraprocesal 7 0,06
TOTAL 11.823 100,00
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40%
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60%
70%
80%
Estimadas Estimadasparcialmente
Desestimadas Inadmitidas yarchivadas
Archivadas porsatisfaccin
extraprocesal
2005-2009
2010
2011
2012
2013
2005-2009
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2005-2009 2010 2011 2012 2013
El detalle de la evolucin anual del sentido de las resolucionesrevela que,en trminos relativos, no se producen grandes diferencias entre unos ejerciciosy otros, siendo siempre proporcionalmente ms elevado el nmero de lasresoluciones de inadmisin y desestimacin de las reclamaciones.
Grfico 14. Sentido de las resoluciones dictadas (en porcentaje)
En trminos absolutos, la evolucin del sentido de las resoluciones dictadas porel TEAMM en los ejercicios 2005-2012 y 2013 se muestra en el siguientegrfico.
Grfico 15. Evolucin de la clasificacin de las resoluciones dictadas.
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En el siguiente cuadro se muestra la media del periodo 2005-2012 y ladistribucin del 2013.
Cuadro 17. Evolucin de la clasificacin porcentual de resoluciones dictadas
2005-2012 2013
Estimadas 8,67 12,81Estimadas parcialmente 3,71 3,47Desestimadas 37,03 38,97Inadmitidas y archivadas 47,05 44,69Satisfaccin extraprocesal 3,55 0,07
d) Pendencia de asuntos.Las reclamaciones pendientes al final del ejercicio 2013 son 8.733. Tomandocomo punto de partida las reclamaciones pendientes a 31 de diciembre de2012 (11.763) y aadiendo, mes a mes, las reclamaciones que han tenidoentrada en el Tribunal y descontando las que ste ha resuelto, tambin mes ames, la evolucin del pendiente es la que reflejan los siguientes cuadro ygrfico.
Cuadro 18. Reclamaciones pendientes.
PENDIENTE
Mes NmeroENERO 11.394FEBRERO 10.270MARZO 10.142ABRIL 10.017MAYO 9.800JUNIO 9.783JULIO 10.023AGOSTO 9.795SEPTIEMBRE 9.302OCTUBRE 9.087NOVIEMBRE 8.774DICIEMBRE 8.733
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E F M M J J S O N D
11.3
94
10.2
70
10.1
4
2
10.01
7
9.8
00
9.7
83
10.0
23
9.7
95
9.3
02
9.0
87
8.7
74
8.7
33
2013
6533
4326642429
11763
8733
0
5000
10000
15000
20000
25000
30000
35000
40000
45000
50000
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Reclamacionespendientes
Grafico 16. Reclamaciones pendientes
La evolucin anual del nmero de reclamaciones pendientes, en cmputo
mensual y anual, es la que reflejan respectivamente los siguientes grficos.Grafico 17. Evolucin de las reclamaciones pendientes.
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Los grficos anteriores ilustran el radical descenso que viene experimentandoel nmero de reclamaciones pendientes y que puede explicarse tanto por el
descenso y normalizacin del nmero de reclamaciones interpuestas como porla sostenida capacidad resolutoria del Tribunal.
De las 8.733 reclamaciones pendientes a 31 de diciembre de 2013, 5.559corresponden a recaudacin ejecutiva de sanciones de trfico, 1.136 a tasas yel resto (2.038) a las dems materias (impuestos municipales, otras sancionesadministrativas y otros actos de recaudacin ejecutiva). En 2.884 de lasreferidas reclamaciones pendientes se haba superado el plazo para dictarresolucin (1 ao si deben resolverse por el procedimiento general 6 mesessi deben serlo por el abreviado), lo que permite concluir que el ndice demorosidad(la relacin entre el nmero total de reclamaciones pendientes y el
nmero de reclamaciones pendientes en las que se ha superado el plazo paradictar resolucin bien que computado sin tener en cuenta el tiempo quelegalmente debera aadirse por hallarse detenida la tramitacin por causas noimputables a la Administracin u otros motivos) se situ en un 33 por 100. Esoportuno aadir, sin embargo, que la evolucin anual de este ndice tambinpresenta una favorable y significativa tendencia a la baja.
Grafico 18. Evolucin del ndice de morosidad
56,24
31,13
61,79
87,98 94,35
52,04
33,02
0
10
20
30
40
50
60
70
80
90
100
2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013
ndice demorosidad
2. Otros procedimientos.
Adems de las reclamaciones econmico-administrativas, se han presentadoante el Tribunal, durante el ao 2013, otros escritos y solicitudes, que han dado
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lugar a la apertura de otros expedientes cuya competencia para su tramitacintambin le corresponde. En el siguiente cuadro puede observarse la
clasificacin de dichos expedientes y su tramitacin.
Cuadro 19. Otros expedientes del TEAMM.
OTROS EXPEDIENTES 2013
TipoPendientes
(inicio)Entrados Resueltos
Pendientes(final)
Solicitudes de suspensin 67 327 327 66Cuestiones incidentales 3 16 17 2Recursos de anulacin 30 84 101 13Recursos extraordinario de revisin 44 63 92 15Otros recursos 9 46 48 7
TOTALES 153 536 586 103
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Cuadro 20.
Recursos contencioso-administrativos.
Ao Recursos
2005 8
2006 91
2007 159
2008 201
2009 336
2010 569
2011 551
2012 396
2013 302
IX. CONFLICTIVIDAD JURISDICCIONAL.
Por lo que se refiere a los conflictosformalizados, en sede judicial, ante laJurisdiccin Contencioso-Administrativa,hasta el 31 de diciembre de 2013 hayconstancia de la interposicin de 2.613recursos contencioso-administrativos frente aotras tantas resoluciones del TEAMM; deellos, 302 quedaron formalizados en el ao
2013 y el resto en ejercicios anteriores segnse muestra en el cuadro adjunto (en losdatos de 2010 y 2011 se han corregido doserrores advertidos en las memorias de losejercicios anteriores). La conflictividad antedicho orden judicial, mantiene, pues, unasignificativa tendencia a la baja desde 2010.
Grfico 19. Recursos contencioso-administrativos
De los recursos contencioso-administrativos interpuestos, se ha notificado alTribunal la existencia de sentencia en 1.893 casos. En 1.018 ocasiones (53,78por 100) se confirm ntegramente la resolucin econmico-administrativa; en674 casos (35,60 por 100), la resolucin fue revisada, bien anulndose slo enparte (178 casos, 9,40 por 100), bien anulndose ntegramente (496 casos,26,20 por 100), recibiendo el recurrente satisfaccin parcial o total sobre suspretensiones; y en 201 casos (10,62 por 100) el proceso judicial concluy por
0
100
200
300
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CONFIRMADAS53,78%
ANULADAS20%
ANULADAS PARCIALMENTE9,40%
OTRAS10,62%
CONFIRMAN
ANULAN
REVOCADAS PARCIALMENTEOTRAS
otros motivos (inadmisin, archivo, desistimiento, satisfaccin extraprocesal,etc.). La situacin se expresa en el siguiente grfico.
Grfico 20. Revisin en el orden contencioso-administrativo.
A la vista de tales datos parece posible extraer dos conclusiones: Que el nivelde litigiosidad judicial que suscitan las resoluciones del Tribunal es muy bajo y
que dichas resoluciones son ntegramente revocadas en relativamente pocasocasiones por los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo.
En efecto, siguiendo el criterio de pasados ejercicios, si se toma el nmero derecursos contencioso-administrativos formalizados durante el ejercicio (quefueron 302) y se relaciona con el nmero de resoluciones parcialmenteestimatorias, desestimatorias y de inadmisin o archivo (que son aquellas enlas que no se dio satisfaccin completa a las pretensiones del reclamante ycontra las que, por tanto, se entabla el recurso contencioso-administrativo), seadvierte que los reclamantes se aquietaron tras recibir la resolucin delTribunal en un 97,04 por 100 de las ocasiones, situacin muy parecida a la de
ejercicios anteriores (en 2006, 2007, 2008, 2009, 2010, 2011 y 2012 elporcentaje de aquietamiento fue del 99,04 por 100, 98,47 por 100, 99,24 por100, 99,17 por 100, 99,26 por 100, 98,98 por 100, 98,98 por 100 y 99,13 por100 respectivamente).
Tambin en este punto debe dejarse anotado que, frente al conjunto de actosdictados por la Agencia Tributaria Madrid (ATM) en 2013 (aproximadamente10,36 millones), se han presentado un total de 8.793 reclamacioneseconmico-administrativas, lo cual supone el 0,084 por 100 del total deaqullos, cifra muy inferior a la de los dos ltimos ejercicios (en 2012 esa ratio
fue de 0,097 por 100 y en 2011 de 0,56 por 100). Se hace evidente, pues, undescenso de la conflictividad a niveles incluso inferiores a los que se daban en
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0,2
0,4
0,6
0,8
1
2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013
los ejercicios precedentes (2006: 0,17; 2007: 0,13; 2008: 0,17; 2009: 0,21),antes de que se viera alterada esa situacin ordinaria por los ms coyunturales
fenmenos impugnatorios ligados, primero, a la Tasa por utilizacin privativa yaprovechamiento especial del dominio pblico (modalidad paso de vehculos) yluego a la Tasa por prestacin del servicio de gestin de residuos urbanos.
Grfico 21. Evolucin de la conflictivi dad econmico-administrativa
El mantenimiento de este ndice en tan bajos niveles corrobora tanto el valorpropedutico de la funcin revisora del TEAMM, como la receptividad de la
ATM, contribuyendo su doctrina a mantener y mejorar la calidad legal y laeficacia de sta y, con ello, a reducir la conflictividad y elevar la seguridadjurdica de dicha actuacin.
Por otra parte, si se tiene en cuenta el nmero de ocasiones en que lasresoluciones del TEAMM son ntegramente confirmadas por los Juzgados, elnmero de veces en que sus resoluciones devienen firmes porque se inadmiteo archiva el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra ellas y lafrecuencia con que las resoluciones son revocadas slo parcialmente, puedeconcluirse que el nmero de resoluciones del TEAMM que, tras ser recurridas
ante la Jurisdiccin Contencioso-Administrativa, son ntegramente anuladas sesita en el entorno de slo el 20 por 100, lo que significa, a sensu contrario,que prcticamente 8 de cada 10 resoluciones superan el control judicial, cifraque respalda el acierto tcnico, por legalidad, de las decisiones del TEAMM yconfirma la justificacin y conveniencia de este cauce administrativo deimpugnacin y control de legalidad de la actuacin administrativa.
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X. OBSERVACIONES Y SUGERENCIAS DEL TEAMM.
El apartado 3 del artculo 10 ROTEAMM dispone:
El Presidente del Tribunal elevar, ..., una memoria en la que ...recoger las observaciones que resulten del ejercicio de sus funciones yrealizar las sugerencias que considere oportunas para mejorar elfuncionamiento de los servicios sobre los cuales se proyectan suscompetencias.
1. Observaciones resultantes del ejercic io de sus funciones.
Sobre el cumplimiento o ejecucin de las resoluciones del TEAMM.
Con alguna frecuencia se reciben quejas relacionadas con la tardanza odemora en el cumplimiento o ejecucin de las resoluciones del TEAMM.
Es oportuno recordar, a este respecto, que, de conformidad con lo dispuesto enel artculo 63 del ROTEAMM, los rganos responsables de la ejecucin debennotificar los actos resultantes de la misma en el plazo de un mes desde que seles ha comunicado la resolucin a ejecutar (apartado 2); esta comunicacin,
sin embargo, no tiene formalmente lugar antes de que se haya incorporado alexpediente econmico-administrativo el justificante de la notificacin de lasresoluciones dictadas, pues es en ese momento cuando deben devolverse otrasladarse a los rganos responsables de la ejecucin todas las actuacionesde gestin con copia certificada de la resolucin dictada (apartado 1). Y poresta razn, porque debe incorporarse al expediente el justificante que acreditala notificacin de las resoluciones dictadas antes de trasladarlas al rganocompetente para su ejecucin, el inicio de sta se aleja temporalmente de lafecha de aqullas y an de la fecha de su notificacin, ya que, practicndose lamayora de las notificaciones a travs de los servicios de Correos, S.A., es
preciso esperar, primero, a que sta remita los correspondientes justificantes y,despus, a que se efecte el procesado interno de tales justificantes para suordenada incorporacin a los expedientes correspondientes, lo que, por sermuy elevado el nmero de notificaciones que se practican mensualmente (nosolo procedentes del Tribunal, lgicamente), exige un tiempo que, por trminomedio, dura entre 40 y 60 das. Tal es la razn, efecto combinado de lodispuesto en la normativa y del tiempo materialmente necesario para cumplir lodispuesto en ella, por la que el inicio de la ejecucin de las resoluciones delTribunal se posterga en el tiempo.
No obstante, con el fin de reducir esa dilacin temporal el Tribunal ha resueltofacilitar el acceso electrnico de la Agencia Tributaria Madrid a las resoluciones
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que dicta aqul desde el momento mismo en que se trasladan a los interesadoscon el fin de que, pudiendo tomar conocimiento de su contenido antes de que,
en cumplimiento de la normativa antes citada, le sea formalmente trasladada,pueda preparar o adelantar los trmites para su cumplimiento o ejecucin tanpronto como dicho traslado tiene lugar.
Efectuado dicho traslado, el impulso y la tramitacin del procedimiento deejecucin no corresponde ya al Tribunal sino a los organismos u rganosmunicipales competentes que, como se ha dicho, deben tenerlo completado enel plazo de un mes. Plazo cuyo incumplimiento, adems de contravenir lanormativa aplicable y menoscabar la seguridad del trfico jurdicoadministrativo, puede tener efectos desfavorables para los intereses pblicosincluso en el caso de que, en ejecucin de la resolucin, deban devolverse
importes al reclamante, pues no ha de olvidarse que las cantidades adeudadasdevengarn los correspondientes intereses a favor de aqul. De ah queparezca conveniente insistir en la necesidad de que los rganos responsablesde la ejecucin, incluidos los que deban intervenir por razones contables, secoordinen para que las ejecuciones se lleven a cabo, con las garantas yformalidades contables legalmente exigidas, en el tiempo ms breve posible.
Sobre la necesidad de motivar suficientemente las actuacionesadministrativas
En ejercicios pasados este TEAMM ha venido haciendo observaciones sobre lanecesidad de motivar las actuaciones administrativas y ha podido comprobar yaprecia los esfuerzos realizados por los servicios de la Agencia TributariaMadrid para mejorar la calidad de las motivaciones que fundamentan susresoluciones. Los avances conseguidos en este orden son significativos y as loconstatan este Tribunal y los rganos de la Jurisdiccin Contencioso-administrativo. Pero sigue parecindonos oportuno insistir en esta capitalcuestin.
En los trminos que prescribe el artculo 54 de la Ley de Rgimen Jurdico de
las Administraciones Pblicas y del Procedimiento Administrativo Comn (enadelante, LRJPAC), es regla general de la adopcin de los actosadministrativos la necesidad o deber de motivarlos suficientemente, con sucintareferencia de los hechos y fundamentos de derecho en que se sustentan. Dicharegla impera tambin en el mbito tributario exigiendo, por lo dems,expresamente, la Ley General Tributaria (en adelante, LGT), por ejemplo, quese notifique la motivacin de las liquidacionescuando no se ajusten a los datosconsignados por el obligado o a la aplicacin o interpretacin de la normativarealizada por el mismo (artculo 102), que se motiven las propuestas de
resolucin sancionadora (artculo 210) y todas las resoluciones resultantes delos procedimientos especiales de revisin, recursos y reclamaciones (artculo
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215). Es un deber formal cuya infraccin, por omisin o defecto de motivacin,suele habitualmente constituir causa de invalidez o anulabilidad de los actos,de conformidad con lo previsto en el artculo 63.2 de la citada LRJPAC, por darlugar a la indefensin de los interesados, en cuanto les impide conocer lasrazones por las que se ve modificada su situacin jurdica y tambin, por tanto,verificar y cuestionar la procedencia y conformidad a Derecho de la actuacinadministrativa que determina dicha modificacin. Y, por esta razn, con algunafrecuencia el Tribunal se ve obligado a anular actuaciones administrativas quedeterminan cambios en la situacin jurdica del ciudadano sin expresarclaramente los motivos de hecho o Derecho en los que sustentan talescambios.
En esta ocasin nos parece oportuno insistir en la necesidad de motivar
adecuadamente la culpabilidad del infractor en las resoluciones sancionadoras.En efecto, para fundamentar o motivar la concurrencia de culpabilidad, laAgencia Tributaria Madrid a veces se limita a invocar los preceptos queestablecen los deberes que pesan sobre los obligados tributarios en general(arts. 7, 19 y 29 LGT) o, en particular, sobre los sujetos pasivos de cada tributo,entre los que se hallan la obligacin de presentar las declaraciones odocumentos necesarios para que la Administracin pueda practicaradecuadamente la liquidacin, y a indicar que el incumplimiento de estaobligacin constituye infraccin tributaria (art. 192 LGT) y que las infracciones
tributarias son sancionables en cuanto constituyan acciones u omisionesdolosas o culposas con cualquier grado de negligencia (art. 183 LGT). No sehace, pues, ninguna valoracin especfica o individualizada sobre laculpabilidad del reclamante, ni menciona las circunstancias o razones por lasque, partiendo del objetivo hecho de haber realizado la conducta tpica de lainfraccin, se le puede considerar culpable de sta (como, por ejemplo, laexistencia de una voluntad de defraudar, la ausencia de causas ocircunstancias de cualquier clase que permitan limitar o excluir suresponsabilidad como el error invencible o la fuerza mayor, el acreditadoconocimiento de la ilicitud de la conducta seguida por haber sido ya advertido
sobre ello o sancionado en alguna otra ocasin, por ejemplo, o por haberactuado o estar actuando correctamente en otras similares situaciones oactuaciones, la persistencia en la conducta tpica cuando se ha tenido laoportunidad de enmendarla o abandonarla, la posesin de medios yconocimientos sobrados para no incurrir voluntariamente en la conductareprobable, la falta de disposicin o colaboracin razonablemente exigible parala correcta aplicacin de los tributos, la indolencia ante las actuacionestributarias o la ausencia de la necesaria diligencia o la ms pura y llananegligencia en el cumplimiento de las obligaciones tributarias), separndose asde un inveterado criterio de la jurisprudencia que, de acuerdo con los artculos
24 y 25 CE, exige que se justifique o motive suficientemente la culpabilidad.
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Tambin hemos advertido defectos de motivacin en las resoluciones quedeniegan alguna ventaja o beneficio fiscal. As, por ejemplo, en las que
deniegan la reduccin contemplada en el artculo 12.1.c) de la OrdenanzaFiscal Reguladora de las Tasas por Servicios y Actividades relacionadas con elMedio Ambiente. Se ha observado, en relacin con la Tasa por prestacin delservicio de gestin de residuos urbanos, que a la hora de denegar lamencionada reduccin, el rgano gestor nicamente comunica al obligadotributario que no cumple con los requisitos establecidos en el artculo 12 de laOrdenanza para disfrutar de la reduccin en el pago de la Tasa, sin hacerninguna mencin a las variables tenidas en cuenta (personas empadronadasen la vivienda e ingresos anuales del ejercicio anterior) que motivan ladenegacin de la reduccin. Este proceder ha dado lugar a un aumento en el
nmero de reclamaciones econmico-administrativas en las que se impugna laliquidacin alegando falta de motivacin y/o el cumplimiento de los requisitos.Por ello, tanto para cumplir con la referida obligacin legal de motivar, comopara evitar la sustanciacin innecesaria de reclamaciones y la reiteracin desolicitudes de reduccin por desconocimiento de las variables objeto deverificacin para la concesin o denegacin de la misma, parece convenienteinsistir en la necesidad de que los rganos gestores proporcionen al obligadotributario toda la informacin pertinente para entender por qu se le hadenegado la reduccin solicitada.
Sobre la prrroga de los trminos que recaigan en da inhbil .
El TEAMM ha podido constatar que la Agencia Tributaria Madrid entiende que,tratndose de un trmino y no de un plazo, no resulta aplicable la reglacontenida en el artculo 48.3 de la LRJPAC (Cuando el ltimo da del plazosea inhbil se entender prorrogado al primer da hbil siguiente) porque deltenor literal del precepto se infiere que se refiere nicamente a plazos, comotodas las dems contenidas en los artculos 48 a 50, ya que los trminos, porsu propia naturaleza, no pueden ser computados, ampliados o reducidos comolos plazos.
El Tribunal, sin embargo, no comparte plenamente dicha interpretacin, ni laconclusin que se extrae de ella, por los motivos que seguidamente se dirn.
Ciertamente, aunque en ocasiones se confunden y utilizan indistinta eimpropiamente, sobre todo en el uso vulgar, no jurdico, las expresionestrmino y plazo refieren dos distintos modos de acotar el espacio de tiempoen el que algo puede suceder o se puede o debe llevar a cabo unadeterminada actuacin. As, mientras que los plazos acotan dicho espacio detiempo sealando un momento inicial (dies a quo) y otro momento final (dies ad
quem) distanciados por un intervalo temporal concreto (computado en das,meses, aos u otras unidades de tiempo), los trminos lo hacen sealando un
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nico momento, de modo que es, ya en ese mismo momento (trmino puntualo concreto), ya desde o a partir de dicho momento (trmino inicial), ya antes ohasta dicho momento (trmino final), cuando algo puede o debe tener lugar.Resultando todos ellos, trminos y plazos, jurdicamente relevantes cuandovienen establecidos por las leyes, subordinndose a su observancia ocumplimiento concretas consecuencias jurdicas que pueden ser lo mismofavorables que desfavorables.
Se sigue de ello, pues, que trminos y plazos cumplen una misma o comnfuncin, la de ordenar temporalmente el decurso de las relaciones jurdicas y,en su caso, la constitucin, modificacin y extincin de las situaciones jurdicasderivadas de ellas, razn por la que tambin, muy probablemente, hanencontrado comn ubicacin en el Captulo II del Ttulo IV de la LRJPAC,
intitulado Trminos y plazos, las reglas por los que se regulan cuando ataenal decurso de las relaciones jurdicas y la actividad de las Administracionespblicas.
Es verdad que, en principio, de las reglas contenidas en dicho Captulo, solo lareferida a la obligatoriedad de los trminos y plazos (art. 47 LRJPAC) esdirectamente aplicable a los trminos, pues si, por la propia naturaleza deestos, los trminos no pueden ser objeto de cmputo, ampliacin o reduccin,difcilmente pueden serles de aplicacin las reglas relativas al cmputo (art. 48LRJPAC), ampliacin (artculo 49 LRJPAC) o reduccin (art. 50 LRJPAC)
contenidas en dicho Captulo.Ahora bien, no debe olvidarse que tanto la LRJPAC, como la LGT(recordndolo as expresamente su artculo 12), como el resto de las normas
jurdicas, han de aplicarse con arreglo a lo dispuesto en el artculo 3.1 delCdigo Civil, esto es, segn el sentido propio de sus palabras, en relacin conel contexto, los antecedentes histricos y legislativos, y la realidad social deltiempo en que han de ser aplicadas, atendiendo fundamentalmente al espritu yfinalidad de aqullas, por lo que, para determinar el concreto modo en queoperan los trminos en una situacin dada, como la que nos ocupa (esto es,cuando recaen sobre un da inhbil), resulta obligado tener presente la finalidad
legal para la que se establecen y tambin, por tanto, la antes citada funcinreguladora del decurso temporal de las relaciones jurdicas, en este caso,
jurdico-tributarias.
As, cuando una norma dispone, por ejemplo, que una determinada actuacindebe realizarse con anterioridad al primero de febrero del ao se estableceun trmino final que acota el intervalo de tie