Guia Minsal REAS 2009

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    MANEJO DE RESIDUOS DE

    ESTABLECIMIENTOS DE ATENCIN

    DE SALUDPrimera Edicin

    2009

    DIVISIN DE POLTICAS PBLICAS SALUDABLES Y PROMOCIN

    DEPARTAMENTO DE SALUD AMBIENTAL

    MINISTERIO DE SALUD

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    ISBN: 978-956-8823-07-8

    Manejo de Residuos de Establecimientos de Atencin de Salud

    Ministerio de Salud, 2009

    Primera edicin

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    Gobierno de Chile Ministerio de Salud

    PRESENTACIN

    Los residuos o desechos generados en cualquier actividad humana pueden presentar riesgos para lasalud cuya magnitud depender de la presencia y concentracin de sustancias peligrosas y microorganismospatgenos viables, es por ello que todas las etapas de manejo a las que se sometan los residuos se

    deben realizar teniendo presente la necesidad de minimizar adecuadamente dichos riesgos, a objetoque tanto los trabajadores que participan de dicho manejo as como la poblacin en general se encuentrenadecuadamente protegidos.

    En el caso de los Residuos de Establecimientos de Atencin de Salud (REAS), la Organizacin Mundialde la Salud, OMS, recomienda realizar un manejo diferenciado de los distintos residuos que se generanen dichos establecimientos, controlando de forma eficaz los riesgos especficos que tienen asociadoscada uno de ellos. Para estos efectos, la OMS ha definido la existencia de diez categoras de REAS,entre las que se incluyen desechos radiactivos, sustancias qumicas peligrosas, metales pesados,residuos infecciosos y desechos asimilables a los domiciliarios.

    La OMS seala que la fraccin de los residuos asimilable a los domiciliarios, que representan entre un75% a un 90% del total de los REAS, no constituyen riesgos para la salud de la poblacin mayores quelos asociados a los residuos de origen domiciliario, pudiendo, por lo tanto, ser manejados a travs delos sistemas municipales de recoleccin y disposicin final de residuos slidos urbanos y, consiguientemente,slo una fraccin menor de la totalidad de los residuos de establecimientos de atencin de salud requierencuidados mayores en su manejo.

    El Ministerio de Salud, siguiendo las recomendaciones de la OMS, inici la oficializacin del Reglamentosobre Manejo de Residuos de Establecimientos de Atencin de Salud, en el que se establece cuatrograndes categoras de residuos y, en particular, se incluye la categora de residuos especiales, la cualcorresponde a la fraccin considerada como infecciosa por la OMS. Para estos efectos la OMS definea los residuos infecciosos como aquellos que se sospecha contienen patgenos en suficiente concentracin

    o cantidad para causar enfermedad en huspedes susceptibles.

    Este nuevo reglamento, requiere que los establecimientos de atencin de la salud establezcan un manejodiferenciado para las distintas categoras de REAS, generando planes en los que definan el manejointerno as como el destino final de los residuos para cada una de stas, dejando abierta distintasposibilidades para su tratamiento y su eliminacin, de forma que todo recinto, independiente de suubicacin y tamao, tenga acceso a alguna alternativa tcnica, econmica y sanitariamente adecuadaque le permita dar cabal cumplimiento a los requerimientos normativos.

    El MINSAL pone a disposicin de los responsables del manejo de residuos de establecimientos deatencin de salud el presente Manual, cuyo objetivo es facilitar la implementacin de la reglamentacin

    sanitaria que prximamente ser oficializada, mejorando la gestin interna de los establecimientos y elcontrol de los riesgos asociados al manejo de los residuos, evitando que los trabajadores, el personalmdico y paramdico, los pacientes y sus visitas, quienes acuden en consulta y la poblacin en general,se vean expuestos a los agentes nocivos presentes en ellos.

    JEANETTE VEGA MORALESSUBSECRETARIA DE SALUD PBLICA

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    NDICE

    1 Introduccin 1

    1.1 Objetivos 1

    1.2 Marco Terico 11.3 Marco Legal 2

    2 Definicin y Caracterizacin de REAS 5

    2.1 Definiciones 5

    2.2 Clasificacin de REAS 5

    2.2.1 Residuos especiales 6

    2.2.2 Residuos peligrosos 8

    2.2.3 Residuos radiactivos de baja intensidad 12

    2.2.4 Residuos slidos asimilables 152.3 Generacin de REAS 15

    2.4 Riesgos para la Salud 16

    2.4.1 Residuos especiales 18

    2.4.2 Residuos peligrosos 19

    2.4.3 Residuos radiactivos de baja intensidad 20

    2.5 Prevencin de Riesgos Laborales 20

    3 Minimizacin de REAS 23

    4 Manejo de REAS 25

    4.1 Manejo Interno 25

    4.1.1 Separacin en origen 25

    4.1.2 Recoleccin y transporte interno 31

    4.1.3 Almacenamiento 32

    4.1.4 Eliminacin en el lugar 36

    4.2 Recoleccin y Transporte Externo 39

    4.2.1 Residuos especiales 39

    4.2.2 Residuos peligrosos 42

    4.2.3 Residuos radiactivos de baja intensidad 434.2.4 Residuos slidos asimilables 43

    4.3 Eliminacin Externa 43

    4.3.1 Residuos especiales 43

    4.3.2 Residuos peligrosos 60

    4.3.3 Residuos radiactivos de baja intensidad 61

    4.3.4 Residuos slidos asimilables 61

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    5 Plan de Manejo de REAS 63

    5.1 Establecimientos Sujetos a Presentar un Plan de Manejo de REAS 63

    5.2 Diagnstico de la Generacin y Manejo de REAS 63

    5.3 Elementos de un Plan de Manejo de REAS 655.3.1 Identificacin del establecimiento 65

    5.3.2 Cantidad generada de REAS 66

    5.3.3 Planos del establecimiento 68

    5.3.4 Procedimientos de manejo interno 68

    5.3.5 Sistema de registro de residuos 69

    5.3.6 Definicin del perfil y obligaciones del personal 72

    5.3.7 Programa de capacitacin 72

    5.3.8 Programa de vigilancia de la salud 74

    5.3.9 Plan de contingencias 74

    6 Plan de Contingencias 75

    7 Referencias Bibliogrficas 77

    Anexo 1 Clculo de las concentraciones txicas agudas lmites (CTAL)

    Anexo 2 Listado no exhaustivo de sustancias txicas agudas o crnicas que pueden estar

    presentes en Establecimientos de Atencin de Salud

    Anexo 3 Segregacin de residuos peligrosos segn clase o divisin de riesgo

    Anexo 4 Rotulacin de residuos peligrosos

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    1.- INTRODUCCIN

    1.1 Objetivos

    El manual tiene por objeto facilitar la aplicacin del Reglamento Sobre Manejo de Residuos deEstablecimientos de Atencin de Salud, orientando sobre las condiciones sanitarias y de seguridadbsicas a las que debe someterse el manejo de estos residuos con el fin de prevenir y controlar riesgospara quienes se desempean en estos establecimientos, sus usuarios, los que transportan y eliminanestos residuos, y la poblacin en general.

    1.2 Marco Terico

    La gestin adecuada de los residuos generados en Establecimientos de Atencin de Salud debe ser unproceso destinado a prevenir los riesgos a la salud y al ambiente asociados a su generacin y formasde manejo.

    Un manejo apropiado traspasa los lmites del establecimiento hasta llegar a la instalacin de eliminacin.Si bien la mayora de los residuos generados en Establecimientos de Atencin de Salud se puede eliminara travs de los sistemas de alcantarillado o de la recoleccin municipal, segn su naturaleza, hasta el20% aproximadamente de los residuos puede presentar algn riesgo para la salud pblica si no semaneja adecuadamente. En este sentido, la segregacin de las diferentes categoras de residuos esesencial para impedir que tales residuos no contaminen los otros residuos generados y posibilitar sucorrecta eliminacin.

    El manejo de los residuos generados en Establecimientos de Atencin de Salud comprende un conjuntode actividades y procesos a las que se someten los residuos luego de su generacin y cuya eficacia

    depende de una adecuada segregacin inicial, incluyendo su transporte dentro del establecimiento,almacenamiento, transporte fuera del establecimiento y eliminacin. En algunos casos, el manejo puedetambin incluir el tratamiento de los residuos al interior del establecimiento.

    El manejo de estos residuos es ms eficaz cuando se emplean procedimientos adecuados en cadaetapa, desde la planificacin y adquisicin de insumos o equipos, hasta la eliminacin. Cada establecimientodebe evaluar las condiciones particulares del mismo y decidir con respecto a las soluciones de manejode residuos ms apropiadas, siempre en conformidad con el Reglamento Sobre Manejo de Residuosde Establecimientos de Atencin de Salud. No existe un mtodo ptimo o una combinacin de mtodosnicos.

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    1.3 Marco Legal

    El manejo de Residuos de Establecimientos de Atencin de Salud (REAS) est sujeto a lasdisposiciones de diversos cuerpos legales y reglamentarios; entre otros, los siguientes:

    Cdigo Sanitario (Decreto con Fuerza de Ley N725 del 11 de diciembre de 1967, del Ministerio deSalud):

    Establece que le corresponde a las Secretarias Regionales Ministeriales de Salud* (a) autorizarla construccin, reparacin, modificacin y ampliacin de cualquier planta de tratamiento de basuras ydesperdicios de cualquier clase; (b) autorizar la instalacin y vigilar el funcionamiento de todo lugardestinado a la acumulacin, seleccin, industrializacin, comercio o disposicin final de basuras ydesperdicios de cualquiera clase; (c) establecer los requisitos que deben reunir los vehculos y sistemasde transporte de basuras y desperdicios de cualquier naturaleza.

    Determina Materias que Requieren Autorizacin Sanitaria Expresa (Decreto con Fuerza de LeyN1 del 8 de noviembre de 1989, del Ministerio de Salud):

    Establece que requieren autorizacin sanitaria expresa las siguientes materias, entre otras: (a)instalacin de todo lugar destinado a la acumulacin, seleccin, industrializacin, comercio o disposicinfinal de basuras y desperdicios de cualquier clase; (b) instalacin y funcionamiento de incineradores dedesechos biolgicos; (c) almacenamiento y abandono o desecho de sustancias radiactivas; (d) acumulaciny disposicin final de residuos dentro del predio industrial, local o lugar de trabajo cuando los residuossean inflamables, explosivos o considerados peligrosos.

    Reglamento Sobre Manejo de Residuos de Establecimientos de Atencin de Salud:(DecretoSupremo N06, del 23 de Febrero de 2009, del Ministerio de Salud):

    Regula las condiciones sanitarias y de seguridad a las que debe someterse el manejo de losresiduos generados en Establecimientos de Atencin de Salud, incluyendo segregacin, transporteinterno, almacenamiento, transporte externo y eliminacin. Dispone la obligacin de presentarPlanesde Manejo de Residuos de Establecimientos de Atencin de Salud por parte de establecimientosque generen ms de 1 tonelada mensual de residuos especiales.

    Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos (Decreto Supremo N148, del 12 deJunio de 2003, del Ministerio de Salud):

    Determina las condiciones sanitarias y de seguridad a las que debe someterse la generacin,tenencia, almacenamiento, transporte, tratamiento, reuso, reciclaje, disposicin final y otras formas deeliminacin de los residuos peligrosos.

    * Segn modificaciones dispuestas por la Ley N19.937, del 30 de enero de 2004, y el Decreto N136, del 8 de septiembre de 2004, ambos

    del Ministerio de Salud.

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    Dispone la obligacin de presentar Planes de Manejo de Residuos Peligrosos por parte deestablecimientos que anualmente den origen a ms de 12 kilogramos de residuos txicos agudos o ams de 12 toneladas de residuos peligrosos que presenten cualquier otra caracterstica de peligrosidad,y establece un Sistema de Declaracin y Seguimiento de Residuos Peligrosos.

    Reglamento Sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Bsicas en los Lugares de Trabajo(Decreto Supremo N594, del 15 de septiembre de 1999, del Ministerio de Salud):

    Regula las condiciones sanitarias y ambientales bsicas que deber cumplir todo lugar de trabajo,incluyendo los lmites permisibles de exposicin ambiental a agentes qumicos y agentes fsicos, yaquellos lmites de tolerancia biolgica para trabajadores expuestos a riesgo ocupacional.

    Reglamento sobre Autorizaciones para Instalaciones Radiactivas o Equipos Generadores deRadiaciones Ionizantes, Personal que se Desempea en Ellas, u Opere Tales Equipos y OtrasActividades Afines (Decreto Supremo N133, del 22 de mayo de 1984, del Ministerio de Salud):

    Regula las condiciones y requisitos que deben cumplir las instalaciones radiactivas o los equiposgeneradores de radiaciones ionizantes, y el personal que se desempee en ellas u opere estos equipos.Establece que deben contar con autorizacin sanitaria: (a) los lugares destinados al almacenamientode desechos radiactivos; (b) el abandono o desecho de sustancias radiactivas.

    Ley de Bases Generales del Medio Ambiente (Ley N19.300, del 1 de marzo de 1994, del MinisterioSecretara General de la Presidencia):

    Crea un Sistema de Evaluacin de Impacto Ambiental que someter a los proyectos oactividades susceptibles de causar impacto a una evaluacin, a travs de un Estudio de ImpactoAmbiental o una Declaracin de Impacto Ambiental; en materia de responsabilidad, establece laResponsabilidad por Dao Ambiental. La Ley define los proyectos o actividades que deben someterseal Sistema de Evaluacin de Impacto Ambiental; entre otros: (a) el almacenamiento, transporte, disposicino reutilizacin habituales de sustancias txicas, explosivas, radioactivas, inflamables, corrosivas oreactivas; (b) los proyectos de saneamiento ambiental, tales como sistemas de tratamiento y disposicinde residuos industriales lquidos o slidos.

    Reglamento del Sistema de Evaluacin de Impacto Ambienta l (Decreto Supremo N95, del 21 deagosto de 2001, del Ministerio Secretara General de la Presidencia):

    Establece las disposiciones por las cuales se regir el Sistema de Evaluacin de Impacto Ambiental

    y la participacin de la comunidad. Establece que debern someterse al Sistema de Evaluacin deImpacto Ambiental, entre otros, los siguientes proyectos o actividades: (a) sistemas de tratamiento y/odisposicin de residuos industriales slidos; (b) plantas de tratamiento y/o disposicin de residuospeligrosos; (c) sistemas de tratamiento y/o disposicin de residuos infecciosos generados porEstablecimientos de Atencin de Salud, con capacidad mayor o igual a 250 kilogramos diarios.

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    Norma de Emisin para la Incineracin y Coincineracin de Residuos (Decreto SupremoN45, del5 de marzo de 2007, del Ministerio Secretara General de la Presidencia):

    Establece, para todo el territorio nacional, los valores lmites de emisin permitidos y las condiciones

    de operacin para las instalaciones de incineracin. No est afecta a esta norma de emisin, la incineracinen crematorios exclusivamente de cadveres humanos.

    Las instalaciones existentes debern cumplir con las normas de emisin establecidas en un plazono superior a 3 aos, contado desde la entrada en vigencia del decreto el da 5 de octubre de 2007.

    Ordenanza General de la Ley General de Urbanismo y Construcciones (Decreto N47, del 16 deabril de 1992, del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo):

    Reglamenta la Ley General de Urbanismo y Construcciones*. Establece los estndares tcnicosde diseo y construccin que debe cumplir toda edificacin, segn su destino, en lo relativo a condiciones

    de incombustibilidad, salubridad y ventilacin, entre otras, y regula el proceso de construccin. Estableceque la construccin, reconstruccin, reparacin, alteracin y ampliacin de edificios requiere permisode la Direccin de Obras Municipales.

    Reglamenta el Transporte de Cargas Peligrosas por Calles y Caminos (Decreto Supremo N298,del 25 de noviembre de 1994, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones):

    Establece las condiciones, normas y procedimientos aplicables al transporte de carga de sustanciaso productos que por sus caractersticas, sean peligrosas o representen riesgos para la salud de laspersonas, para la seguridad pblica o el medio ambiente. Establece, entre otros, que el expedidor serresponsable de todos los perjuicios resultantes de la expedicin de la mercanca si el transportista noestuviere en conocimiento del carcter peligroso de la misma.

    * Decreto con Fuerza de Ley N'a1458, de 18 de diciembre de 1975, del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo.

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    2.- DEFINICIN Y CARACTERIZACIN DE REAS

    2.1 Definiciones

    Establecimientos de Atencin de Salud:

    Establecimientos asistenciales en los que se diagnostica, trata, rehabilita o realizan acciones deinmunizacin a seres humanos.

    Generador:

    Establecimiento de Atencin de Salud que d origen a residuos especiales, segn se definen en elReglamento Sobre Manejo de Residuos de Establecimientos de Atencin de Salud.

    Residuo o desecho:

    Sustancia, elemento u objeto que el Generador elimina, se propone eliminar o est obligado a eliminar.

    Eliminacin:

    Conjunto de operaciones a travs de las cuales los residuos son tratados o dispuestos finalmentemediante su depsito definitivo en el suelo, incluyndose en estas operaciones aquellas destinadas asu reutilizacin o reciclaje.

    Residuos de Establecimientos de Atencin de Salud (REAS):

    Sustancias, elementos u objetos que un establecimiento asistencial en los que se diagnostica, trata,rehabilita o inmuniza a seres humanos, elimina, se propone eliminar o est obligado a eliminar.

    2.2 Clasificacin de REAS

    Los REAS se clasifican en las siguientes categoras segn su riesgo (Figura 2.1):

    Categora 1: Residuos Peligrosos

    Categora 2: Residuos Radioactivos de Baja Intensidad

    Categora 3: Residuos Especiales

    Categora 4: Residuos Slidos Asimilables

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    Figura 2.1: Clasificacin de REAS

    2.2.1 Residuos especiales

    Son aquellos que contienen o pueden contener agentes patgenos en concentraciones o cantidadessuficientes para causar enfermedad a un husped susceptible.

    En esta categora se incluyen los siguientes residuos:

    (a) Cultivos y muestras almacenadas: residuos de la produccin de material biolgico; vacunas devirus vivo, placas de cultivo y mecanismos para transferir, inocular o mezclar cultivos; residuos de cultivos;muestras almacenadas de agentes infecciosos y productos biolgicos asociados, incluyendo cultivosde laboratorios mdicos y patolgicos; y cultivos y cepas de agentes infecciosos de laboratorios.

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    Residuos de

    Establecimientos de

    Atencin de Salud

    Residuos Especiales

    Residuos

    Radiactivos de Baja

    Intensidad

    Residuos Slidos

    Asimilables

    Residuos

    Peligrosos

    Cultivos y muestras

    almacenadas

    Residuos

    patolgicos

    Residuos

    inflamables

    Residuos

    corrosivos

    Residuos reactivos Residuos txicos

    Sangre y productos

    derivadosCortopunzantes

    Residuos de

    animales

    Residuos txicos

    agudos

    Residuos txicos

    crnicos

    Residuos txicos

    extrnsecos

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    Figura 2.2: Residuos de cultivos

    (b) Residuos patolgicos: restos biolgicos, incluyendo tejidos, rganos, partes del cuerpo que hayansido removidos de seres o restos humanos, incluidos aquellos fluidos corporales que presenten riesgosanitario.

    (c) Sangre y productos derivados, incluyendo el plasma, el suero y dems componentes sanguneos,y elementos tales como gasas y algodones, saturados con estos.

    No se incluyen en esta categora la sangre, productos derivados y materiales provenientes de bancosde sangre que luego de ser analizados se haya demostrado la ausencia de riesgos para la salud.

    (d) Cortopunzantes: residuos resultantes del diagnstico, tratamiento, investigacin o produccin,capaces de provocar cortes o punciones. Se incluyen residuos tales como agujas, pipetas Pasteur,bisturs, placas de cultivos y dems cristalera.

    (e) Residuos de animales: cadveres o partes animales, as como sus camas, que estuvieron expuestosa agentes infecciosos durante un proceso de investigacin, produccin de material biolgico o en la

    evaluacin de frmacos.

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    2.2.2 Residuos peligrosos

    Residuo peligroso es todo residuo que presenta riesgo para la salud pblica y/o efectos adversos almedio ambiente, ya sea directamente o debido a su manejo actual o previsto, como consecuencia depresentar una o varias de las caractersticas de peligrosidad que se definen en el Reglamento Sanitariosobre Manejo de Residuos Peligrosos, es decir:

    (a) Toxicidad aguda,

    (b) Toxicidad crnica,

    (c) Toxicidad extrnseca o toxicidad por lixiviacin,

    (d) Inflamabilidad,

    (e) Reactividad, y/o

    (f) Corrosividad.

    Los residuos peligrosos se pueden identificar mediante ensayos de laboratorio (Cuadro 2.1), a travsdel uso de listados de residuos peligrosos, o en base al conocimiento que el Generador tenga sobre losinsumos ocupados en el establecimiento y los residuos resultantes de su utilizacin (por ejemplo, a travsde las etiquetas, rtulos u Hojas de Datos de Seguridad de los materiales*).

    * Para mayor informacin se recomienda consultar la Gua para la Elaboracin de Planes de Manejo de Residuos Peligrosos, disponible enel sitio web del Ministerio de Salud.

    Figura 2.3: Residuos cortopunzantes

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    Cuadro 2.1: Metodologas de caracterizacin de residuos peligrosos

    (a) Toxicidad aguda: es la capacidad de un residuo de causar dao a seres humanos como resultadode una exposicin breve o nica; se expresa como la dosis letal media o DL50, que es la dosis necesariapara matar el 50% de una poblacin dada de animales en un ensayo de laboratorio.

    La toxicidad aguda de un residuo puede estimarse en base a la informacin tcnica disponible sobrela toxicidad de las sustancias que lo componen, debindose considerar para estos efectos las sustanciasidentificadas como txicas agudas por el Decreto Supremo N148/2003 y las que sean declaradas comosustancias txicas agudas por el Ministerio de Salud mediante decreto supremo. De esta manera, losresiduos consistentes o contaminados con cualquiera de esas sustancias pueden ser consideradosresiduos txicos agudos dependiendo del contenido porcentual de la sustancia en el residuo, sin perjuiciode que puedan tambin tener otras caractersticas de peligrosidad. En el Anexo 1 se muestra cmodeterminar si un residuo tiene la caracterstica de toxicidad aguda mediante el clculo de las concentracionestxicas agudas lmites (CTAL) correspondientes.

    Gobierno de Chile Ministerio de Salud

    Las metodologas para la caracterizacin de residuos peligrosos aprobadas por el Ministeriode Salud, mediante Resolucin Exenta N292 del 31 de mayo de 2005, son las siguientes:

    (a) Test TCLP EPA-1311, para determinar la caracterstica de toxicidad extrnseca o toxicidadpor lixiviacin.

    (b) Mtodo Copa Cerrada Setaflah EPA-1020B, para determinar el punto de inflamacinde residuos lquidos.

    (c) Mtodo Copa cerrada Pensky-Martens EPA-1010A, para determinar el punto deinflamacin de residuos lquidos.

    (d) Mtodo de la Tasa de Corrosin EPA-1110A, para determinar la corrosividad de residuoslquidos acuosos y no acuosos.

    No hay ensayos aprobados por el Ministerio de Salud para determinar la caracterstica dereactividad, siendo necesario que el Generador emplee su conocimiento para establecer si elresiduo presenta cualquiera de las propiedades indicadas para esta caracterstica en el artculo16 del Decreto Supremo N148/2003 del Ministerio de Salud.

    Los laboratorios que caracterizan residuos peligrosos deben estar autorizados por las SecretarasRegionales Ministeriales de Salud correspondientes de acuerdo a lo establecido en el Reglamentode Laboratorios Privados de Salud Pblica de Caracterizacin de Residuos Peligrosos, DecretoN173 de 5 de agosto de 2005 del Ministerio de Salud.

    El muestreo de los residuos se debe llevar a cabo aplicando procedimientos que garanticenla representatividad de las muestras tomadas.

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    Cuadro 2.2: Residuos txicos agudos

    (b) Toxicidad crnica: es la capacidad de un residuo de causar efectos adversos a largo plazo en sereshumanos. Los efectos crnicos pueden ser mutagnicos, cancergenos, teratognicos o txicos

    acumulativos.

    La toxicidad crnica de un residuo puede estimarse en base a la informacin tcnica disponible sobrela toxicidad de las sustancias que lo componen, debindose considerar para estos efectos las sustanciasidentificadas como txicas crnicas por el Decreto Supremo N148/2003 y las que sean declaradas comosustancias txicas crnicas por el Ministerio de Salud mediante decreto supremo. De esta manera, losresiduos consistentes o contaminados con cualquiera de esas sustancias pueden ser consideradosresiduos txicos crnicos dependiendo del contenido porcentual de la sustancia en el residuo, sin perjuiciode que puedan tambin tener otras caractersticas de peligrosidad. En el Anexo 1 se muestra cmodeterminar si un residuo tiene la caracterstica de toxicidad crnica mediante el clculo de lasconcentraciones txicas agudas lmites (CTAL) correspondientes.

    Cuadro 2.3: Residuos txicos crnicos

    10 Gobierno de Chile Ministerio de Salud

    Las sustancias txicas agudas a las que hace mencin el Decreto Supremo N148/2003 incluyenmedicamentos como epinefrina, fentermina y warfarina, adems de otras sustancias que puedenser usadas en unidades de apoyo diagnstico, como son Laboratorio Clnico y AnatomaPatolgica (cianuro de potasio y tetraxido de osmio por ejemplo).

    En el Anexo 2 se identifican otras sustancias txicas agudas cuyo uso puede estar asociadoa Establecimientos de Atencin de Salud dependiendo de la complejidad de stos.

    Las sustancias txicas crnicas a las que hace mencin el Decreto Supremo N148/2003incluyen medicamentos tales como drogas utilizadas en quimioterapia (clorambucil y melfalanpor ejemplo), adems de otras sustancias que pueden ser empleadas en unidades de apoyodiagnstico, como son acetato de etilo, metanol, acetona, xileno, formaldehdo, etc., usadosen Laboratorio Clnico y Anatoma Patolgica. Tambin se considera el mercurio, usado envacunas (timerosal), antispticos (merbromina), termmetros, esfigmomanmetros, sondasgastrointestinales (sondas de Cantor, Miller Abbott, dilatadores esofgicos), termostatos,manmetros, barmetros, tubos fluorescentes, pilas, etc. [1,2]

    Otras sustancias txicas crnicas cuyo uso puede estar asociado a Establecimientos de Atencinde Salud dependiendo de la complejidad de stos, son identificadas en el Anexo 2.

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    (c) Toxicidad extrnseca: es la capacidad de un residuo de dar origen, a travs de su eliminacin, auna o ms sustancias txicas agudas o txicas crnicas en concentraciones que pongan en riesgo lasalud de la poblacin.

    Los residuos consistentes o contaminados con alguna de las sustancias listadas en el artculo 14 delDecreto Supremo N148/2003 tienen la caracterstica de toxicidad extrnseca cuando el Test TCLP arrojapara cualquiera de esas sustancias, concentraciones superiores a las Concentraciones MximasPermisibles (CMP).

    Cuadro 2.4: Residuos txicos extrnsecos

    (d) Inflamabilidad: es la capacidad para iniciar la combustin provocada por la elevacin local de la

    temperatura; este fenmeno se transforma en combustin propiamente tal cuando se alcanza latemperatura de inflamacin.

    Un residuo tiene la caracterstica de inflamabilidad si presenta cualquiera de las propiedades sealadasen el Decreto Supremo N148/2003, por ejemplo, si es una sustancia oxidante, un gas comprimidoinflamable, o si es lquido y tiene un punto de inflamacin inferior a 61C en ensayos de copa cerrada.

    Cuadro 2.5: Residuos inflamables

    Gobierno de Chile Ministerio de Salud

    Las sustancias a las que hace mencin el artculo 14 del Decreto Supremo N148/2003 incluyenel mercurio, algunos compuestos usados en productos farmacuticos (nitrato de plata y m-cresol por ejemplo) y otros que pueden ser usados en unidades de apoyo diagnstico, comoson Radiologa y Anatoma Patolgica (por ejemplo, sulfato de bario y cloroformo).Las soluciones usadas de fijador y revelador generadas en Radiologa, as como collarines,

    delantales y otros elementos plomados de proteccin radiolgica que sean desechados, puedentener la caracterstica de toxicidad extrnseca. Servicios Generales puede generar desechoselectrnicos, bateras usadas de nquel-cadmio o de plomo, y residuos de pinturas que en casode contener plomo, cromo o cadmio, tambin pueden presentar la caracterstica.Otras sustancias son identificadas en el Anexo 2.

    Los residuos consistentes o contaminados con productos farmacuticos que contienen sustanciastales como alcohol, colodin elstico, nitrito de amilo o nitrato de plata, o con sustancias usadas

    en unidades de apoyo diagnstico, por ejemplo, xileno, tolueno, metanol o permanganato depotasio en Anatoma Patolgica, o nitrato de plata, acetona, etanol o agua oxigenada enLaboratorio Clnico, pueden tener la caracterstica de inflamabilidad. Los residuos consistenteso contaminados con pinturas base solvente, ciertos adhesivos, bencina blanca, aguarrs, oaerosoles con propelente inflamable (propano, butano), tambin pueden presentar la caracterstica.

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    (e) Reactividad: es el potencial de los residuos para reaccionar qumicamente liberando en forma violentaenerga y/o compuestos nocivos ya sea por descomposicin o por combinacin con otras sustancias.

    Un residuo tiene la caracterstica de reactividad si presenta cualquiera de las propiedades sealadas

    en el Decreto Supremo N148/2003, por ejemplo, si genera gases txicos en contacto con agua, contienecianuros o sulfuros y puede generar gases txicos en contacto con bases o cidos fuertes, o si es unexplosivo de acuerdo a la legislacin vigente.

    Cuadro 2.6: Residuos reactivos

    (f) Corrosividad: es la capacidad de un residuo de producir lesiones ms o menos graves a los tejidosvivos o desgastar a los slidos, mediante procesos de carcter qumico.

    Un residuo tiene la caracterstica de corrosividad si es acuoso y tienen un pH inferior o igual a2 (muy bsico) o mayor o igual a 12,5 (muy cido), o si es un lquido capaz de corroer metales, porejemplo tambores u otros contenedores metlicos.

    Cuadro 2.7: Residuos corrosivos

    2.2.3 Residuos radiactivos de baja intensidad

    Son aquellos residuos consistentes o contaminados por radionucleidos en concentraciones o actividades

    superiores a los niveles de exencin establecidos por la autoridad competente, y que luego de habersido almacenados adecuadamente durante un perodo relativamente pequeo, suficiente para que suactividad radiactiva disminuya hasta dichos niveles de exencin, pueden ser dispuestos a travs de lossistemas de alcantarillado o de la recoleccin municipal, segn su naturaleza.

    Los residuos generados en Establecimientos de Atencin de Salud generalmente contienen radionucleidosde vida media corta. En medicina nuclear sobre el 90% de los exmenes se realizan con Tc [3], cuyavida media es de 6 horas, no obstante, algunos procedimientos teraputicos precisan el uso deradionucleidos con vida media ms larga, como Co y Cs que tienen una vida media de 5,3 y 30 aos

    12 Gobierno de Chile Ministerio de Salud

    Las bateras usadas de litio y los residuos consistentes o contaminados con sustancias talescomo cido pcrico (usada en laboratorios de histologa) o azida de sodio (usada por ejemploen reactivos de diagnstico in vitro) pueden tener la caracterstica de reactividad.

    Los residuos consistentes o contaminados por cidos sulfrico, clorhdrico, ntrico y crmico,o soluciones alcalinas de hidrxido de sodio o amonaco, pueden tener la caracterstica decorrosividad.

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    respectivamente. La vida media de los principales radionucleidos usados en Establecimientos de Atencinde Salud se indica en la Tabla 2.1.

    Los residuos que se generan en aplicaciones diagnsticas con administracin de radiofrmacos in vivo

    estn formados por restos de radiofrmacos no utilizados, algodones, jeringas, guantes desechables,etc. Adems, una fraccin importante de la actividad administrada al paciente es eliminada biolgicamente,siendo la orina la va ms importante. En las aplicaciones in vitro, los residuos que se generan estnformados por viales con muestras, restos de trazador no utilizado y material desechable contaminadocomo puntas de pipeta, viales y guantes [6].

    La utilizacin de fuentes no selladas es habitual en la terapia metablica mediante la utilizacin de I,siendo las excretas del paciente la principal va de eliminacin de la actividad administrada. Ademsde los residuos biolgicos, tambin puede haber material potencialmente contaminado, como la ropainterior del paciente, las sbanas o los utensilios para comer [6]. Tambin se utilizan en radioterapiael P y el Sr [5].

    Otra actividad que genera residuos radiactivos (en cantidad mucho menor) es radioinmunoanlisis. Lasustancia de mayor uso actualmente es el I, cuya vida media es de 60 das.

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    Tabla 2.1: Radionucleidos de uso comn en Establecimientos de Atencin de Salud [4,5]

    Diagnstico in vitro

    Radioterapia

    Diagnstico

    Diagnstico in vitro

    Diagnstico in vitro

    Diagnstico; teleterapia; braquiterapia

    Diagnstico

    Imagenologa

    ImagenologaDiagnstico

    Imagenologa

    Radioterapia

    Braquiterapia

    Braquiterapia

    Diagnstico

    Braquiterapia

    Braquiterapia

    Diagnstico

    Diagnstico; radioterapiaDiagnstico; radioterapia; radioinmunoanlisis

    Radioterapia

    Imagenologa

    Teleterapia, braquiterapia

    Diagnstico (densitometra)

    Braquiterapia

    Braquiterapia

    Diagnstico

    Radioterapia

    Diagnstico (densitometra)433 aos

    3,8 das

    78 horas2,3 das

    74 das244 das

    30 aos5,3 das8 das60 das13,1 horas

    67 horas1 aos

    17 aos

    6 horas

    2,7 das29,1 aos

    50,5 das10,7 aos

    13 segundos119 das

    78 horas45 das

    5,3 aos

    70,8 das271 das27,8 das

    14,3 das

    5.730 aos

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    2.2.4 Residuos slidos asimilables

    Son aquellos residuos que por sus caractersticas fsicas, qumicas y microbiolgicas, pueden serentregados a la recoleccin municipal y pueden ser dispuestos en un relleno sanitario cuyo funcionamiento

    haya sido autorizado de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo N189, del 18 de agosto de2005, del Ministerio de Salud*.

    Los residuos slidos asimilables estn compuestos por papel, cartn, metales, vidrio y restos de comidade oficinas, comedores, cafetera, salas de espera y similares. Se incluye tambin los residuos dejardinera.

    Se incluyen en esta categora a los residuos especiales que hayan sido sometidos a tratamiento previo(vase 4.3.1.1) y los residuos radiactivos cuya actividad haya disminuido a los niveles de exencinestablecidos por la autoridad competente. Adems se incluyen los materiales absorbentes, tales comogasas y algodones, no saturados con sangre y sus derivados, as como los residuos de preparacin y

    servicio de alimentos, material de limpieza de pasillo, salas y dependencias de enfermos.

    2.3 Generacin de REAS

    Los tipos de residuos generados en los Establecimientos de Atencin de Salud y sus cantidades, varansegn el tamao y complejidad de los establecimientos.

    La Organizacin Mundial de la Salud [4,7] estima que la generacin promedio de residuos hospitalariosen Amrica Latina es de 3 kg/cama/da, variando entre 1,0 y 4,5 kg/cama/da de acuerdo al CentroPanamericano de Ingeniera Sanitaria y Ciencias del Ambiente [8]. De stos, en promedio, el 80% sonresiduos slidos asimilables y el 20% restante son residuos que presentan algn riesgo para la saludpblica y/o efectos adversos al medio ambiente: aproximadamente el 4% son residuos peligrosos oradiactivos y el 16% son residuos especiales (Figura 2.4) [4,7,9,10]. Sin embargo, si la segregacin enel punto de generacin es inadecuada, los residuos que presentan algn riesgo pueden incluso representarel 40% del total de los residuos [11].

    Basado en el nmero de camas disponibles en Chile el ao 2006 en los sectores pblico y privado, esdecir 37.805 camas [12], y un ndice ocupacional del 70%, se estima que en el pas se producen 29.000t/ao de REAS.

    Los diferentes servicios clnicos, unidades de apoyo y secciones de un Establecimiento de Atencin de

    Salud generan distintos tipos de residuos (Tabla 2.2). En algunas reas slo se producen residuosslidos asimilables, en otras se pueden generar residuos especiales, peligrosos y radiactivos.

    *Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y de Seguridad Bsicas en los Rellenos Sanitarios.

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    Figura 2.4: Composicin aproximada de REAS [4,10]

    2.4 Riesgos para la Salud

    Los residuos slidos asimilables no crean mayores peligros sanitarios o de otro gnero que los residuosslidos domiciliarios municipales inadecuadamente manejados, sin embargo los residuos especiales,peligrosos o radiactivos, presentan riesgos de diversa ndole debido a su contenido de sustancias conefectos txicos, objetos cortopunzantes o agentes patgenos, o a su carcter radiactivo, inflamable ocorrosivo. El riesgo podra aumentar al mezclarse residuos de distintas categoras debido a una separacininadecuada (vase 4.1.1).

    Residuos slidos asimilables80%

    Residuos peligrosos y radiactivos de

    baja intensidad

    4%

    Residuos

    patolgicos,

    material saturadoen sangre, cultivos

    y muestras

    15%

    Residuos cortopunzantes1%

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    Tabla 2.2: Generacin de residuos en Establecimientos de Atencin de Salud

    Todas las personas expuestas a residuos especiales, peligrosos o radiactivos estn potencialmente enriesgo de sufrir efectos adversos a la salud (enfermedades o lesiones), incluyendo personas que trabajanen Establecimientos de Atencin de Salud y personas que manejan estos residuos fuera de dichosestablecimientos o estn expuestas a los mismos como consecuencia de su mal manejo (Cuadro 2.8).

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    Personal de salud de atencin directa tales como enfermeras y auxiliares de enfermera,personal de laboratorio, mantenimiento y servicios generales.

    Pacientes.

    Trabajadores de servicios de apoyo a los Establecimientos de Atencin de Salud talescomo lavandera, manejo y transporte de residuos.

    Trabajadores en instalaciones de eliminacin de residuos tales como rellenos sanitariose incineradores.

    2.4.1 Residuos especiales

    Los residuos especiales pueden contener una gran diversidad de agentes patgenos, aunque no todospueden transmitirse por contacto a seres humanos [13]. Los organismos pueden entrar al cuerpo a travsde heridas o cortes en la piel, mucosas y, en casos infrecuentes, inhalacin e ingestin [4,13]; lacombinacin del nmero de organismos en el ambiente, su virulencia y la resistencia del individuo,determinarn finalmente si la persona contrae o no una determinada enfermedad (Cuadro 2.9). Laexistencia de bacterias resistentes a antibiticos y desinfectantes en Establecimientos de Atencin deSalud tambin puede contribuir a los riesgos que pueden presentar los REAS mal manejados [4].

    La presencia de organismos patgenos en los residuos no es condicin suficiente parala transmisin de infecciones, adems debe existir:

    Un husped susceptible que es el que va a ser infectado,

    Una puerta de entrada (ojos, piel, va respiratoria) que permita a este microorganismoponerse en contacto con el husped susceptible, y

    El microorganismo patgeno ha de estar en cantidad y virulencia suficientes para podercausar la infeccin.

    Cuadro 2.8: Principales personas en situacin de riesgo [4,13]

    Cuadro 2.9: Cadena de transmisin de la infeccin

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    Los residuos que representan mayor riesgo para la salud humana son los cultivos de agentes patgenosy el material cortopunzante contaminado [4,13]. Slo el 1% de los accidentes con cortopunzantes afectaa trabajadores hospitalarios que tienen alguna participacin en el manejo de dichos elementos despusde su uso clnico [3], no obstante, los residuos cortopunzantes han sido sealados como la causa principalde enfermedades evitables vinculadas con el manejo de REAS [14,15]. Las principales enfermedadesde cuidado son las infecciones que pueden ser transmitidas por la introduccin subcutnea del agentepatgeno; por ejemplo, infecciones virales en la sangre [4,13].

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    Estudios epidemiolgicos indican que una persona que se lesiona con una aguja utilizada con

    un paciente infectado tiene un 30%, un 1,8% y un 0,3% de probabilidades de resultar infectada

    por el virus de la Hepatitis B (VHB), virus de la Hepatitis C (VHC) y el virus de inmunodeficiencia

    humana (VIH), respectivamente [16]. La diferencia se explica en parte por la mayor viabilidad

    de los virus de la hepatitis en el ambiente y por la infectividad inherente de cada agente [3]. El

    VHB es muy persistente en el aire seco y puede sobrevivir varias semanas sobre una superficie,

    tambin es resistente a exposiciones breves a agua hirviendo; el virus puede sobrevivir laexposicin a etanol 70% y hasta 10 horas a una temperatura de 60C. Una dosis infectante del

    VHB o VHC tambin puede sobrevivir hasta una semana en una gota de sangre atrapada en una

    aguja hipodrmica. En contraste, el VIH no sobrevive ms de 15 minutos al ser expuesto a etanol

    70% y slo 3-7 das a temperatura ambiente; el virus es inactivado a 56C [4].

    Del total de infecciones anuales por el VHB en Estados Unidos, se ha calculado que el 0,05-

    0,1% pueden ser atribuibles al contacto con residuos cortopunzantes; en tanto

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    2.4.3 Residuos radiactivos de baja intensidad

    Los efectos que pueden causar los residuos radiactivos son determinados por la duracin y el tipo deexposicin, pudiendo variar desde dolores de cabeza, mareos y vmitos hasta problemas mucho ms

    serios. Debido a que los residuos radiactivos son genotxicos, tambin pueden causar dao al materialgentico. La manipulacin de algunas fuentes selladas puede causar graves lesiones tales como ladestruccin de tejidos e incluso conducir a la necesidad de amputaciones. [4]

    Los riesgos asociados a los residuos radiactivos de baja intensidad pueden originarse de la contaminacinde las superficies externas de los contenedores o del almacenamiento inadecuado de los residuos [4].Si bien es improbable que causen daos de igual magnitud a los referidos anteriormente, la exposicina todos los niveles de radiacin se considera vinculada con cierto riesgo, aunque pequeo, de carcinognesis[13].

    2.5 Prevencin de Riesgos Laborales

    Sin perjuicio de lo establecido en el Decreto Supremo N40 del 11 de febrero de 1969 del Ministerio delTrabajo, que aprueba el Reglamento sobre Prevencin de Riesgos Profesionales, o en el DecretoSupremo N594 del 15 de septiembre de 1999 del Ministerio de Salud, que aprueba el Reglamento sobreCondiciones Sanitarias y Ambientales Bsicas en los Lugares de Trabajo, el personal que realizaactividades de recoleccin, seleccin, transporte y/o eliminacin de residuos generados en Establecimientosde Atencin de Salud debe ser capacitado en relacin a los riesgos a los que est expuesto y a lasmedidas de prevencin que deben adoptar.

    Los equipos de proteccin personal no eliminan los riesgos laborales, sino que proporcionan una barrera

    entre un determinado riesgo y la persona, reduciendo las consecuencias de un posible dao causadopor un accidente o enfermedad profesional. Por consiguiente, los elementos de proteccin personal slodeben utilizarse cuando los riesgos no se puedan evitar o limitar lo suficiente a travs de otras medidaspreventivas [19,20,21]. Cualquiera sea el equipo de proteccin personal que se tenga que utilizar frentea un determinado riesgo, stos deben ser seleccionados por profesionales especializados [21], y debenser usados por los trabajadores permanentemente mientras se encuentren expuestos al riesgo. No sonelementos de proteccin personal la ropa de trabajo comn y los uniformes que no estn especficamentedestinados a proteger la seguridad y la salud de los trabajadores [19,20].

    Todo trabajador que maneja residuos debe tener acceso a los elementos de proteccin personaladecuados al riesgo a cubrir (Cuadro 2.11), los que deben ser provistos por el empleador,y debe recibirel adiestramiento necesario para su correcto empleo. El personal que realiza las funciones de retiro deresiduos especiales debe al menos contar con ropa y zapatos de trabajo, y guantes resistentes a desgastey puncin; el personal que realiza lavado de recipientes o contenedores debe adems contar con pecherao delantal impermeable y botas de goma de media caa.

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    Overol de material resistente de uso exclusivo para las operaciones vinculadas con elmanejo de residuos.

    Zapatos de trabajo (con puntera de acero cuando haya riesgo de lesiones por golpes ocadas de objetos).

    Botas de goma o PVC de media caa, impermeables, con puntera y plantilla de aceropara resistir impactos y pinchaduras en la planta del pie (personal que realiza lavado).

    Guantes de PVC, impermeables, resistentes a cortes y punciones.

    Pechera o delantal de plstico, impermeable, para proporcionar proteccin contra sustanciascorrosivas o atmsferas hmedas.

    Anteojos de seguridad o antiparras (si existe riesgo de proyeccin de partculas o deexposicin a salpicaduras, aerosoles o gases).

    Mascarilla N95 (si existe riesgo de exposicin a salpicaduras o aerosoles) o respiradorde media cara con filtro qumico (si existe riesgo de exposicin a gases o vapores desolventes).

    Casco de seguridad (si existe riesgo de impactos).

    Protector facial (si existe riesgo de proyeccin de partculas).

    Cuadro 2.11: Equipos de proteccin personal recomendados

    Los elementos de proteccin personal son de uso personal , deben mantenerse en buen estado delimpieza y funcionalidad (si es necesario deben cambiarse por otro nuevo, de acuerdo a su uso y a lasindicaciones del supervisor) y deben almacenarse luego de su uso, en un lugar apropiado de fcil accesoy donde se evite su deterioro [19].

    La necesidad de uso de elementos de proteccin personal especficos, cuando corresponda, deberindicarse claramente por medio de sealizacin visible y permanente, colocada al menos en los vestidoresy en la sala de almacenamiento de residuos.

    Todo el personal que realiza actividades de recoleccin, seleccin, transporte y/o eliminacin de losresiduos generados en Establecimientos de Atencin de Salud debe ser sometido a una evaluacinmdica al inicio del empleo, estar vacunado contra la Hepatitis B y estar incluido en los programas deprevencin de riesgos biolgicos y ergonmicos. El encargado del manejo de los residuos generadosen el establecimiento deber mantener copia de los documentos que acrediten el cumplimiento de ello.

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    Cualquier trabajador que haya tenido un accidente con exposicin a fluidos corporales de alto riesgobiolgico debe ser sometido a una evaluacin mdica y recibir, si corresponde, una profilaxis post-exposicin, ello segn la Norma Tcnica N48 del Ministerio de Salud, Norma de Manejo Pos-exposicinLaboral a Sangre en el Contexto de la Prevencin de la Infeccin por VIH .

    Por su alto riesgo, los residuos radiactivos de baja intensidad han de ser manejados por el personal delos servicios en que se ha generado, de acuerdo a la reglamentacin especfica en la materia, pues steconoce el peligro que implican y tiene conocimientos en materias de proteccin radiolgica .

    Todo accidente asociado al manejo de residuos debe ser informado al responsable del manejo de losresiduos del establecimiento, el que en caso de ser necesario informar a la direccin del establecimiento,para que se tomen las acciones correctivas correspondientes.

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    3.- MINIMIZACIN DE REAS

    La alternativa ms efectiva para enfrentar la problemtica de los residuos de los Establecimientos deAtencin de Salud es minimizar su generacin a travs de acciones para evitar, reducir o disminuir ensu origen, la cantidad y/o peligrosidad de los REAS generados.

    En la gestin de los residuos se recomienda aplicar una estrategia jerarquizada, la cual seala la siguienteprioridad: minimizar, tratar, disponer (Figura 3.1). Este orden significa que, desde el punto de vistasanitario-ambiental, as como de rentabilidad en el mediano y largo plazo, la mejor alternativa es prevenirevitando o reduciendo la generacin de residuos, o minimizando a travs de prcticas de reuso y reciclaje.En segundo lugar, si no es posible minimizar un determinado residuo, se debe buscar su tratamientocon el objetivo de eliminar o reducir su peligrosidad antes de su disposicin final. Por ltimo, la disposicinfinal del residuo, mediante su depsito definitivo en el suelo.

    Figura 3.1: Esquema de priorizacin de opciones de gestin de residuos

    En relacin a la minimizacin de REAS, la Organizacin Mundial de la Salud destaca las siguientesprcticas [4]:

    Reduccin en la fuente: medidas tales como la instauracin de una poltica de compras queasegure la seleccin de mtodos o insumos que desperdicien menos recursos o que generenmenos residuos.

    Insumos reciclables: uso de materiales que puedan ser reciclados ya sea al interior o fuera delos Establecimientos de Atencin de Salud.

    Buenas prcticas de manejo y control: aplicadas en particular a la compra y uso de sustanciaspeligrosas y productos farmacuticos.

    Segregacin de residuos: separacin de las distintas categoras de residuos (segn lo indicadoen 4.1.1) a fin de evitar que se mezclen con residuos especiales, peligrosos o radiactivos, otrosque no lo sean.

    Prioridad

    ltima opcin

    Evitar

    Reuso o Reciclaje

    Tratamiento no conducente a reuso o reciclaje

    Disposicin final

    Buenas prcticas operativas

    Sustitucin de insumos

    Aplicacin de nuevas tecnologas

    Reuso o reciclaje dentro del establecimiento

    Reciclaje fuera del establecimiento

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    La reduccin en la fuente, el componente ms importante de la minimizacin de residuos, hace necesarioevaluar los productos que se consumen y adecuar las polticas de compras utilizando los siguientesenfoques [22,23]:

    Buenas prcticas de operacin, como la mejora en el control de inventarios (por ejemplo, verificandola fecha de caducidad de los productos en el momento de su entrega por el proveedor o comprandoslo la cantidad de material necesario), recubrir los recipientes que contienen solucionesdesinfectantes para prevenir su evaporacin, o utilizar la cantidad mnima recomendada de unaformulacin dada.

    Compra preferencial de productos con menos embalajes.

    Reemplazo de materiales txicos o no biodegradables (particularmente productos de limpieza)por otros ms convenientes desde la perspectiva sanitario-ambiental y susceptibles de serutilizados mltiples veces (por ejemplo, usar sustitutos del cido crmico para la limpieza dematerial de vidrio en laboratorios, o utilizar un solvente multipropsito para la limpieza de variosequipos, en lugar de solventes diferentes para cada equipo).

    Cambio de tecnologas o de procesos, por ejemplo, sustituyendo termmetros o manmetros demercurio por instrumentos de medicin electrnicos, utilizando prcticas de limpieza mecnica(por ejemplo, limpiar con paos) en lugar de limpieza qumica cuando tales prcticas no afectenla desinfeccin, o usando tcnicas de laboratorio en microescala.

    Las alternativas de minimizacin deben analizarse desde el punto de vista sanitario y ambiental, ascomo tcnico y econmico, para determinar su viabilidad en cada establecimiento. La evaluacin de lafactibilidad tcnica permitir determinar si la alternativa a implementar requiere cambios en losprocedimientos que realiza el establecimiento, establecer cules son los recursos materiales necesariospara su implementacin, as como las condiciones de operacin y funcionamiento de la alternativa. Laevaluacin de la factibilidad econmica permitir conocer los recursos financieros necesarios paraimplementar y mantener en funcionamiento la alternativa, comparndola con los ahorros directos eindirectos derivados de la misma. La evaluacin de la factibilidad sanitario y ambiental permitir determinarsi la alternativa genera riesgos para quienes se desempean en estos establecimientos, sus usuariosy la poblacin en general, y/o efectos adversos al medio ambiente.

    Generalmente la adopcin de buenas prcticas no necesita un estudio de factibilidad detallado, ya quesu implementacin no implica ms que voluntad de la institucin. Caso contrario ocurre con las alternativasque corresponden a estrategias de mejora tecnolgica, que si bien es cierto pueden representar

    mejoramiento ambiental y optimizacin del servicio, no siempre estn al alcance econmico delestablecimiento.

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    4.- MANEJO DE REAS

    El manejo de los REAS comprende una serie de procesos que se inician con su generacin, incluyendoal menos su almacenamiento, transporte y eliminacin; comprende las operaciones que se realizan alinterior del Establecimiento de Atencin de Salud, as como aquellas efectuadas fuera del establecimientoy que involucran a empresas de transporte e instalaciones que prestan servicios de eliminacin.

    El riesgo asociado a los diferentes tipos de residuos condiciona las prcticas operativas internas yexternas que se debern realizar en cada una de las etapas del manejo de los residuos.

    4.1 Manejo Interno

    El manejo interno comprende al conjunto de operaciones a las que se someten los residuos luego desu generacin y que se realizan en el interior del Establecimiento de Atencin de Salud, incluyendo laseparacin en origen, recoleccin y transporte interno, almacenamiento y, en algunos casos, tratamiento

    en el lugar.

    4.1.1 Separacin en origen

    El manejo apropiado de los REAS comienza con su segregacin, que consiste en separar y colocar enel contenedor adecuado cada residuo de acuerdo a su categora: residuos especiales, residuos peligrosos,residuos radiactivos de baja intensidad y residuos slidos asimilables (Tabla 4.1).

    La segregacin de los residuos es de suma importancia y una clasificacin incorrecta puede ocasionarproblemas posteriores [24]. La mezcla de residuos de distintas categoras no slo eleva considerablementelos costos del manejo, ya que grandes cantidades de residuos requerirn de un tratamiento especial en

    lugar de slo una pequea cantidad, sino que una separacin inadecuada puede exponer a riesgos alpersonal del establecimiento, al personal que se desempea en el transporte y eliminacin de los residuos,y al pblico en general. Por ejemplo, si la mezcla de un residuo txico con un residuo especial se tratacon una tecnologa slo destinada a inactivar patgenos, los constituyentes txicos seran eliminadossin haber sido tratados adecuadamente con el consiguiente riesgo de contaminacin en el sitio en quese dispongan los residuos y la posible exposicin de los trabajadores [22]. Tambin se pueden liberarsustancias txicas al aire si los residuos que son tratados en autoclave se han mezclado con sustanciaspeligrosas como el formaldehdo [25].

    Por lo anterior, la segregacin tambin es esencial para agrupar los residuos de acuerdo con su potencialde reciclado o con el tipo de tratamiento al que se les vaya a someter.

    Cada uno de los tipos de residuos debe contar con un recipiente claramente identificado y apropiado.Para mejorar la eficiencia de la segregacin de residuos y evitar el uso incorrecto de los distintoscontenedores, es recomendable que stos sean colocados en lugares estratgicos y que el personalsea entrenado y sensibilizado sobre las consecuencias sanitarias, ambientales y econmicas de unacorrecta separacin de los residuos.

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    Tabla 4.1: Segregacin segn categora de residuos

    Categoria de residuo Color Smbolo

    Residuos especiales

    Residuos peligrosos

    Residuos solidos asimilables

    Amarillo

    Cualquiera exceptoamarillo, negro o gris

    Gris o negro

    Ninguno

    De acuerdo a la caractersticade peligrosidad, segun la

    Norma Chilena OficialNCh2190.Of2003

    (vese el Anexo 4)

    Residuos radiactivos de bajaintensidad

    Cualquiera exceptoamarillo, negro o gris

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    Gobierno de Chile Ministerio de Salud

    Los residuos peligrosos slo se podrn mezclar o poner en contacto entre s cuando sean de naturalezasimilar o compatible. En el Anexo 3 se presenta una tabla de compatibilidades qumicas, no obstante,se recomienda consultar las Hojas de Datos de Seguridad de los productos descartados. Esta segregacindeber mantenerse durante todas las etapas de manejo de los residuos hasta su eliminacin.

    Los residuos radiactivos de baja intensidad deben clasificarse y segregarse en el mismo servicio en quese han generado, segn las categoras y forma que establezca la autorizacin de operacin de lainstalacin otorgada por la autoridad competente. Los residuos radiactivos se pueden segregar segnsu naturaleza y en correspondencia con las opciones de tratamiento y acondicionamiento disponibles.En general se recomienda una segregacin inicial teniendo en cuenta su vida media, separando slidosy lquidos.

    En caso de producirse una mezcla de residuos slidos asimilables con residuos de otras categoras,sta deber manejarse de acuerdo a lo prescrito para el residuo de mayor riesgo. Por su parte el manejode mezclas de residuos que incluyan dos o ms de las siguientes categoras: residuos peligrosos,

    residuos radiactivos de baja intensidad o residuos especiales, deber ser realizado considerando lascaractersticas de riesgo de todos los residuos presentes en ella.

    En un establecimiento donde se generen mezclas de residuos radiactivos no susceptibles de separar,se deber considerar las caractersticas del radionucleido que imponga a la mezcla las condiciones msrestrictivas.

    Con respecto al orden de preponderancia de las caractersticas de peligrosidad, se recomienda consultarel Anexo B de la Norma Chilena Oficial NCh382.Of2004, Sustancias peligrosas - Clasificacin general.

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    4.1.1.1. Contenedores

    Cada zona de generacin de residuos debe contar con un nmero adecuado de contenedores segnlas categoras de residuos que en ella se generan, y de tamao apropiado a la cantidad prevista de

    residuos que se generarn y sus respectivas frecuencias de recogida. Los contenedores deben estarperfectamente identificados y marcados, del color correspondiente a la categora de residuos que se vaa depositar en ellos, y deben ubicarse en lugares previamente determinados y debidamente identificados.Todo contenedor que muestre deterioro o problemas en su capacidad de contencin y manipulacindebe ser reemplazado.

    Los contenedores reutilizables o desechables utilizados en Establecimientos de Atencin de Salud debencumplir las especificaciones sealadas en el Cuadro 4.1.

    Los contenedores de residuos especiales deben ser de color amarillo (Figura 4.1 y Figura4.2) y los contenedores de residuos slidos asimilables deben ser de color gris o negro.

    Deben estar construidos con materiales resistentes a los residuos contenidos, estardiseados para resistir los esfuerzos producidos durante su manipulacin y ser estancos.

    Los contenedores reutilizables deben ser de material lavable y resistente a la corrosin(por ejemplo de polietileno de alta densidad).

    Deben estar provistos de tapa de cierre ajustado y asas que faciliten su manipulacin.

    Deben tener bordes romos y superficies lisas.

    Deben tener un volumen no mayor a 110 litros, en el rea de generacin.

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    Cuadro 4.1: Especificaciones de los contenedores

    La capacidad de los contenedores deber ser tal que una vez llenos puedan ser manipulados por unasola persona cmodamente, sin perjuicio de lo establecido en la Ley N20.001, del 28 de enero de 2005del Ministerio del Trabajo y Previsin Social, que regula el peso mximo de carga humana, y su

    reglamento.

    Los contenedores de residuos cortopunzantes (Figura 4.2), deben ser impermeables, rgidos y resistentesa cadas, cortes y punzonamientos (generalmente son de polietileno o polipropileno). Es recomendableque estn provistos de un sistema que impida extraer los objetos descartados. Estos recipientes nodeben llenarse ms de de su volumen para que puedan ser cerrados de forma segura.

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    En el interior de cada contenedor reutilizable se debe colocar una bolsa de plstico (habitualmente depolietileno de alta densidad) de medidas y espesor adecuados al contenedor, generalmente con unacapacidad al menos 20% mayor de la capacidad del contenedor. Su extremo superior debe mantenersedoblado hacia el exterior del contenedor (recubriendo los bordes) durante su uso para facilitar su retiro.Las bolsas deben ser de material impermeable, opaco y resistente a los residuos que contienen y a lamanipulacin. Siempre se deber respetar los lmites de peso de cada bolsa.

    Debera existir compatibilidad entre el material de las bolsas y contenedores y el proceso de tratamiento

    elegido. Por ejemplo, si los residuos sern tratados en autoclave, los plsticos termolbiles como elpolietileno permiten la penetracin de vapor pero se derriten derramando el contenido; el polipropilenoen cambio s puede resistir la temperatura en el autoclave. Para el caso de incineracin deberanemplearse contenedores de plstico no clorados, tales como el polietileno y polipropileno, para evitarla generacin de dioxinas y gases cidos como el cloruro de hidrgeno.

    Los contenedores de residuos peligrosos sern, en algunos casos, los mismos que contenan losproductos al momento de su compra. En todo caso, deben tener un espesor adecuado y estar construidoscon materiales que sean resistentes al residuo almacenado y a prueba de filtraciones. Adems deben

    Figura 4.1: Contenedores para residuos especiales

    Figura 4.2: Contenedores para residuos cortopunzantes

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    30 Gobierno de Chile Ministerio de Salud

    estar diseados para ser capaces de resistir los esfuerzos producidos durante su manipulacin, as comodurante la carga y descarga y el traslado de los residuos, garantizando en todo momento que no sernderramados. Slo se podrn reutilizar contenedores cuando no se trate de residuos peligrosos incompatibles,a menos que hayan sido previamente descontaminados.

    Los residuos radiactivos de baja intensidad deben recolectarse en contenedores adecuados a lascaractersticas tanto radiolgicas como fsicas, qumicas y biolgicas de los productos que contendrny deben mantener su integridad para evitar el escape de sustancias radiactivas. Generalmente losresiduos slidos compactables son recogidos en bolsas plsticas transparentes que permiten observarel contenido, y los slidos no compactables (agujas y otro material cortopunzante) son recolectados enenvases rgidos. De cualquier manera, lo anterior debe realizarse en conformidad con la autorizacinde operacin de la instalacin, otorgada por la autoridad competente.

    4.1.1.2. Etiquetado

    Todo contenedor en uso debe llevar una etiqueta perfectamente legible, visible y resistente al lavado que

    indique el tipo de residuo y lo identifique con la dependencia a la que est prestando servicio (Figura 4.3).

    Figura 4.3: Ejemplo de etiqueta para contenedores de REAS

    (1) Nombre del establecimiento

    (2) Nombre del servicio o unidad

    (3) Smbolo

    (4) Categora de residuos

    (5) Subategora de residuos

    HOSPITAL DR. JUANPREZ

    CIRUGA

    RESIDUOS ESPECIALES

    PATOLGICOS

    6

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    Figura 4.4: Ejemplo de etiqueta para contenedores de residuos peligrosos

    Los contenedores destinados al almacenamiento de residuos radiactivos deben marcarse con el smbolode riesgo radiactivo y con la informacin sealada en la autorizacin de operacin de la instalacin.

    Todas las indicaciones, incluyendo la actividad del radionucleido en determinada fecha, as como elperodo de almacenamiento requerido, deben escribirse en letras grandes, visibles a distancia, paraevitar el acercamiento del personal encargado.

    4.1.2 Recoleccin y transporte interno

    La recoleccin consiste en trasladar los residuos en forma segura y rpida desde las fuentes de generacinhasta la sala de almacenamiento. El retiro y traslado de todos los residuos deber realizarse a travsde un procedimiento de trabajo seguro, tomando todas las medidas necesarias para prevenir derrames.

    El retiro de los residuos especiales y de los slidos asimilables se debe realizar a lo menos un vez al

    da o cuando se haya completado de la capacidad de los contenedores. Los residuos de otras categorasdeben ser removidos de los servicios o zonas de generacin de acuerdo con las normas especficas quelos rigen.

    Los contenedores destinados al almacenamiento de residuos peligrosos deben estar rotulados indicandolas caractersticas de peligrosidad del residuo contenido de acuerdo a la Norma Chilena OficialNCh2190.Of2003 , el servicio o unidad en que se origin el residuo, el cdigo de identificacin segnel Decreto Supremo N148/2003* del Ministerio de Salud (artculo 90), y la fecha de su ubicacin en lasala de almacenamiento (o la fecha de inicio del llenado del contenedor, si corresponde). Esta obligacines exigible desde que tales residuos se almacenen y hasta su eliminacin.

    * Transporte de sustancias peligrosas - Distintivos para identificacin de riesgos.

    HOSPITAL DR. JUANPREZ

    SERVICIO DENTAL

    (2) Nombre del establecimiento

    (1) Nombre del residuo

    COMPUESTO SLIDO DE MERCURIO n.e.p. (Residuos deamalgamas)

    (3) Nombre del servicio o unidad

    6

    (7) Smbolo

    (5) Nmero de Naciones Unidas(4) Cdigo de identificacin

    A1030 NU 2025(6) Fecha de almacenamiento

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    Al anudar o cerrar las bolsas de residuos, el exceso de aire debe ser eliminado teniendo cuidado de noinhalar o exponerse al flujo de aire producido. Una vez cerradas, las bolsas no deben ser abiertas. Sise produce una mezcla de residuos de distintas categoras, el personal no debe por ningn motivotransferir residuos de un contenedor a otro para corregir el error; la mezcla deber manejarse segn lo

    indicado en 4.1.1.

    Se deben establecer rutas y horarios para el traslado de los residuos en condiciones que minimicen lasmolestias y los riesgos y que no afecten el buen funcionamiento del establecimiento, teniendo en cuentaespecialmente los horarios de alimentacin de los pacientes. El horario y la frecuencia de recoleccindebern ser conocidos por todo el personal. Es recomendable que los ascensores usados para el trasladode residuos sean limpiados adecuadamente una vez finalizado el transporte y antes de su uso por elpersonal o usuarios.

    Al momento de retirar los residuos se debe sustituir los contenedores usados por contenedores nuevoso aseados, provistos de sus respectivas bolsas nuevas si ello correspondiera.

    Cuando sea necesario, es recomendable que el personal tome las bolsas con residuos por arriba y lasmantenega alejadas del cuerpo, a fin de evitar posibles accidentes con residuos cortopunzantes malsegregados. En ninguna circunstancia se deberan arrastrar por el suelo los contenedores o las bolsasplsticas.

    La recoleccin se debe realizar en un carro que asegure la estabilidad de los contenedores a transportar,que minimice el ruido, de fcil lavado, y cuyo diseo no obstaculice las operaciones de carga y descargade los contenedores. Es recomendable que los carros no sean destinados para otro fin. El traslado puederealizarse directamente en los contenedores si stos estn provistos de ruedas y cumplen las condicionesanteriores.

    Los contenedores de residuos peligrosos slo pueden ser movidos manualmente si su peso total incluidoel contenido, no excede de 30 kilogramos; si el peso es superior, se deben mover con equipamientomecnico. El manejo o manipulacin manual de contenedores de residuos de las otras categoras debeconsiderar lo establecido en la Ley N20.001, del 28 de enero de 2005 del Ministerio del Trabajo yPrevisin Social, que regula el peso mximo de carga humana, y su reglamento.

    Slo los residuos slidos asimilables podrn ser descargados por ductos de gravedad, no obstante, suuso deber ser evitado ya que las bolsas se pueden abrir o romper. En cualquier caso, para el uso deductos de gravedad se requerir de autorizacin sanitaria.

    4.1.3 Almacenamiento

    Todo establecimiento que genere REAS debe contar con, al menos, un sitio o sala de almacenamientofinal para dichos residuos. Tanto la sala de almacenamiento como su plan de operacin debern serautorizadas por la Autoridad Sanitaria respectiva.

    El sitio de almacenamiento debe estar ubicado y operado de forma tal que se minimicen las molestiasy riesgos de contaminacin por microorganismos patgenos u otro tipo de contaminantes presentes en

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    los residuos. Su ubicacin debe permitir fcil acceso, maniobra y operacin del vehculo recolectorexterno y los carros de recoleccin interna. La capacidad de la sala o rea de almacenamiento deberser suficiente para almacenar las diferentes categoras de residuos generados en el establecimiento,considerando el nmero y tipo de contenedores, y las frecuencias de recoleccin y de envo a eliminacin.

    Adems, la sala de almacenamiento deber cumplir con las condiciones que se indican en el Cuadro4.2. Esto ltimo sin perjuicio del cumplimiento de la dems normativa aplicable, como por ejemplo elDecreto Supremo N 594/1999 del Ministerio de Salud, Reglamento Sobre Condiciones Sanitarias yAmbientales Bsicas en los Lugares de Trabajo, y el Decreto N47/1992 del Ministerio de la Vivienda yUrbanismo, Ordenanza General de la Ley General de Urbanismo y Construcciones.

    Incorporar un diseo que permita un trabajo seguro, facilitando el acceso del personal y,cuando corresponda, la maniobra y operacin de los carros de recoleccin interna.

    Contar con sectores separados, debidamente sealizados, para el almacenamiento deresiduos especiales, residuos peligrosos y residuos slidos asimilables.

    Tener puertas de cierre ajustado y provistas de cerrojo que permitan el ingreso y retirode los residuos.

    Contar con iluminacin artificial y ventilacin adecuada a los residuos almacenados.

    Contar con ductos de ventilacin, ventanas, pasadas de tuberas y otras aberturas similares,protegidos del ingreso de vectores de inters sanitario.

    Tener el piso y paredes revestidos internamente con material liso, resistente, lavable,

    impermeable y de color claro. El piso con una pendiente mnima de 2% con orientacincontraria a la puerta de ingreso y hacia un sumidero conectado al sistema de alcantarillado.Cuando se almacenen residuos peligrosos, el rea designada para estos efectos debetener un sistema de contencin de fugas o derrames no inferior al volumen del contenedorde mayor capacidad ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados, o bienlos envases deben ser colocados en contenedores secundarios de tamao apropiado(Figura 4.5).

    Contar con un rea de lavado y desinfeccin de contenedores dotada de los elementosnecesarios para realizar esta actividad.

    Contar con lavamanos suficientes para permitir el aseo del personal que all se desempea.

    Cuadro 4.2: Caractersticas de sala de almacenamiento de residuos

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    Figura 4.5: Ejemplo de contenedor secundario para fugas

    Los residuos deben ser almacenados de manera ordenada y atendiendo los criterios de segregacinpreestablecidos, y en el caso de residuos peligrosos, sus incompatibilidades qumicas.

    Los residuos radiactivos deben almacenarse en el mismo servicio en que se han generado, en conformidadcon la autorizacin de operacin de la instalacin, hasta alcanzar los niveles de exencin establecidospor la autoridad competente. Los residuos peligrosos deben almacenarse en sitios que cumplan lascondiciones establecidas a este respecto por el Decreto Supremo N148/2003 del Ministerio de Salud.

    La operacin de la sala de almacenamiento debe cumplir con los siguientes requerimientos mnimos:

    Ingreso restringido a las personas encargadas del manejo de los residuos.

    Disponibilidad permanente de artculos para mantener el aseo de la sala.

    Lavado diario y desinfeccin semanal (Cuadro 4.3).

    Tener, a lo menos, una persona encargada de la operacin y mantenimiento de la misma.

    Disponer de la cantidad de contenedores necesaria para el reemplazo de los contenedores a serretirados durante la recoleccin interna.

    Realizar la maniobra de vaciamiento de los contenedores, cuando corresponda, a travs deprocedimientos de trabajo seguro.

    Los contenedores reutilizables usados deben ser sometidos a un proceso de limpieza y desinfeccinen el rea de lavado, usando para ello agua y detergente, aplicndoles finalmente una solucinde cloro 0,5% o equivalente, en cantidad superior al 10% en volumen del contenedor.

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    Los residuos especiales deben mantenerse en bolsas cerradas y no pueden ser almacenadospor perodos superiores a 72 horas, a menos que se almacenen refrigerados a temperaturasinferiores a 4C, caso en el que se podrn mantener almacenados hasta por una semana.

    El perodo de almacenamiento de residuos peligrosos no puede exceder de 6 meses. Sin embargo,en casos justificados, se puede solicitar a la Autoridad Sanitaria una extensin de dicho perodohasta por un lapso igual, para lo cual se debe presentar un informe tcnico.

    Los residuos peligrosos slo se podrn poner en contacto entre s si son de naturaleza similaro compatible (por ejemplo, la mezcla de cidos y alcoholes puede dar origen a una reaccinviolenta, fuego, o generar gases inflamables o txicos). Los materiales a evitar en cada casodeben ser consultados en las Hojas de Datos de Seguridad respectivas. En el Anexo 3 se presentauna tabla de compatibilidades qumicas de carcter referencial.

    Llevar un registro del ingreso y salida de los residuos que incluya la fecha en que se lleva a caboel envo a eliminacin, y la cantidad, en peso o volumen, por categora de residuos.

    Es recomendable que las bolsas sean etiquetadas, identificando el servicio o zona de generacinde residuos (Figura 4.6).

    Figura 4.6: Ejemplo de etiqueta para bolsa de residuos

    (1) Nombre del establecimiento

    (2) Nombre del servicio o unidad

    (4) Smbolo

    HOSPITAL DR. JUAN PREZ

    CIRUGA

    18/09/08(3) Fecha de almacenamiento

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    4.1.4 Eliminacin en el lugar

    La eliminacin comprende el conjunto de operaciones mediante las cuales los residuos son tratados y/odispuestos finalmente mediante su depsito definitivo en el suelo, incluyndose en estas operacionesaquellas destinadas a su reutilizacin o reciclaje. El tratamiento comprende todos los procesos destinadosa cambiar las caractersticas fsicas, qumicas y/o biolgicas de los residuos, con el objetivo de neutralizarlos,

    recuperar energa o materiales y/o eliminar su peligrosidad.

    La disposicin final se realiza generalmente fuera de los Establecimientos de Atencin de Salud y laefectan empresas especializadas en el manejo de residuos, sin embargo, algunos establecimientospor su complejidad y magnitud pueden contar dentro de sus instalaciones con sistemas de tratamientode residuos. La decisin de tratar los residuos al interior del establecimiento y el mtodo de tratamientoelegido deben determinarse en funcin del tipo y caractersticas de los residuos, eficiencia del mtodode tratamiento, las condiciones operativas del mismo, y los costos asociados. Algunos aspectos aconsiderar para la seleccin de una alternativa apropiada se sealan en el Cuadro 4.4. Cualquiera seael tratamiento seleccionado, para asegurar su adecuado funcionamiento, la capacitacin del personala cargo de su operacin es muy importante.

    4.1.4.1. Residuos Especiales

    Los procesos usualmente empleados para el tratamiento de residuos especiales se describen en 4.3.1.1.

    El autoclavado es la tecnologa que generalmente resulta la ms apropiada para el tratamiento en ellugar, no slo porque los costos de inversin y de operacin son relativamente bajos, sino tambin porsu sencilla implementacin, requiriendo poco espacio, y su presencia en el mercado en diversascapacidades compatibles con los volmenes de tratamiento tpicos demandados.

    La sala de almacenamiento de residuos debe ser lavada diariamente al final de la jornadalaboral y toda vez que existan derrames. El procedimiento recomendado es el siguiente:

    (1) Retirar los contenedores del almacenamiento.

    (2) Lavar las paredes con agua y detergente utilizando escobillas de arriba hacia abajo.

    (3) Lavar el piso con agua y detergente utilizando escobillones y secar los pisos.

    (4) Desinfectar semanalmente con una solucin de cloro al 0,5% (u otra solucin desinfectantede efectividad equivalente) las paredes y los pisos.

    (5) Lavar y desinfectar el equipo de limpieza (escobillas, escobillones, entre otros) con unasolucin de cloro al 0,5% (u otra solucin desinfectante de efectividad equivalente).

    Cuadro 4.3: Limpieza y desinfeccin de sala de almacenamiento

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    Cuadro 4.4: Consideraciones para la adquisicin de un equipoo sistema de tratamiento de residuos especiales [26]

    Gobierno de Chile Ministerio de Salud

    (1) El equipo tiene la capacidad para tratar la cantidad de residuos generados en elestablecimiento? Tiene una capacidad mayor o menor a la requerida?

    (2) En qu establecimientos ha sido aprobado el equipo para el tratamiento de residuos?Cumple con las normas de emisin vigentes?

    (3) Qu nivel de reduccin de bacterias alcanza?Qu indicador biolgico se utiliz?

    (4) Metodologa del tratamiento y tcnicas adicionales necesarias (trituracin, aglutinacin,etc.)

    (5) Qu duracin tiene cada ciclo de tratamiento?

    (6) Para qu tipo de residuo es til? Para cul es ms aconsejable? Qu tipo de residuos

    no puede tratar? Cul residuo o componente fsico-qumico puede alterar al equipo oal sistema?

    (7) Qu residuos y descargas produce al aire, agua y suelo? Con qu proceso se loscontrola? Necesitan los residuos del proceso un tratamiento especial o pueden serdispuestos en un relleno sanitario?

    (8) Qu riesgos para la salud y el ambiente pueden existir por los residuos producidos yen caso de falla en los procesos? Qu medidas de mitigacin son necesarias en casode accidente?

    (9) Qu destrezas y precauciones son necesarias para el correcto funcionamiento?

    (10) Qu tipo de mantenimiento es necesario? Cules piezas deben ser cambiadas y conqu intervalo?

    (11) Qu tipo de desinfectante se usa? Qu otros insumos son necesarios? Solicitar hojade datos de seguridad, indicaciones y normas tcnicas.

    (12) Cul es el consumo energtico?

    (13) Cules son los costos de operacin y mantencin?

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    Los Establecimientos de Atencin de Salud que eliminen los residuos especiales generados en el mismoo que den servicios de eliminacin de tales residuos a terceros, debern contar con autorizacin sanitaria,la que se otorgar una vez aprobado el respectivo proyecto de ingeniera (Cuadro 4.5). Estosestablecimientos adems, debern cumplir con las especificaciones indicadas en el Cuadro 4.6. Los

    residuos especiales que hayan sido sometidos a procesos de tratamiento aprobados por la AutoridadSanitaria, podrn ser dispuestos conjuntamente con residuos slidos asimilables en un relleno sanitario.

    Sin perjuicio de lo anterior, los residuos especiales consistentes en sangre y sus derivados, podrn sereliminados a travs del sistema de alcantarillado, en conformidad con lo establecido en el DecretoN609/1998 del Ministerio de Obras Pblicas, que establece la Norma de Emisin para la Regulacinde Contaminantes Asociados a las Descargas de Residuos Industriales Lquidos a Sistemas deAlcantarillado.

    Los establecimientos que por razones justificadas y acreditadas ante la Autoridad Sanitaria correspondiente,no pueden acceder a instalaciones de eliminacin, podrn eliminar los residuos especiales en fosas

    digestoras previa autorizacin (Figura 4.7). Es recomendable que estas fosas no tengan ms de 2 metrosaproximadamente de profundidad, y que la distancia entre el fondo y el nivel fretico ms alto se determineconsiderando al menos la permeabilidad del suelo y las caractersticas climticas de la zona. El accesoa la fosa debera estar restringido a las personas encargadas del manejo de los residuos.

    Figura 4.7: Ejemplo de fosa digestora

    Ventilacin

    Hormign

    Escotilla de alimentacin

    Residuos especiales

    Suelo natural

    impermeable

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    4.1.4.2. Residuos Peligrosos

    La eliminacin de residuos peligrosos deber cumplir con lo establecido a este respecto en el DecretoSupremo N148/2003 del Ministerio de Salud. Todo establecimiento que elimine residuos peligrosos

    deber contar con la respectiva autorizacin otorgada por la Autoridad Sanitaria.Es importante observar que est expresamente prohibida toda mezcla de residuos peligrosos con otrassustancias o materiales, cuando dicha mezcla tenga como fin diluir o disminuir su concentracin.

    4.1.4.3. Residuos Radiactivos de Baja Intensidad

    Los residuos contaminados con radionucleidos de vida media muy corta pueden almacenarse en elmismo servicio en que se han generado, conforme a las condiciones establecidas en la autorizacin deoperacin respectiva, por el perodo de tiempo requerido para que su actividad decaiga hasta los nivelesde exencin establecidos por la autoridad competente. Estos residuos, una vez transcurrido el perodode decaimiento, podrn ser dispuestos conforme a su naturaleza a travs de los sistemas de alcantarillado,

    en conformidad con lo establecido en el Decreto N609/1998 del Ministerio de Obras Pblicas, oconjuntamente con residuos slidos asimilables en un relleno sanitario.

    4.2 Recoleccin y Transporte Externo

    Esta actividad implica el retiro de los residuos desde el Establecimiento de Atencin de Salud hastainstalaciones de recuperacin, tratamiento o disposicin final, que cuenten con la debida autorizacinsanitaria. Se realiza en forma separada segn las categoras de los residuos.

    4.2.1 Residuos especiales

    Sin perjuicio de lo dispuesto en el Decreto Supremo N298/1994 del Ministerio de Transportes yTelecomunicaciones que reglamenta el transporte de cargas peligrosas por calles y caminos, los residuosespeciales slo pueden ser transportados por calles y caminos pblicos por personas naturales o jurdicasque hayan sido autorizadas por la Autoridad Sanitaria, exceptuando de esto ltimo slo a generadoresque transporten por s mismos menos de 1 tonelada mensual de residuos especiales.

    Para los efectos de lo indicado en el prrafo anterior, la solicitud de autorizacin respectiva debercontener la identificacin y las caractersticas de los vehculos a utilizar, as como laubicacin y las caractersticas de las instalaciones del sistema de transporte y de los equipos de limpiezay descontaminacin. Adems, deber contemplar un Plan de Contingencias para abordar posibles

    accidentes que ocurran durante el proceso de transporte.

    Los residuos especiales que son sometidos a procesos de tratamiento o desinfeccin aprobados porla Autoridad Sanitaria, salvo piezas anatmicas reconocibles, pueden ser entregados al servicio derecoleccin municipal. En el caso de los cortopunzantes, stos deben estar embalados en contenedoresrgidos resistentes a la rotura por accin del material contenido.

    Los vehculos empleados para transportar residuos especiales deben ser de uso exclusivo y su caja decarga debe ser completamente cerrada y estanca; su interior debe ser liso, fcilmente lavable y de

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    * Sustancias qumicas - Hojas de datos de seguridad - Requisitos Sustancias peligrosas - Parte 6: Clase 6 - Sustancias txicas y sustancias infecciosas. No especificado en otra parte. Salvo los residuos de sustancias infecciosas que se puedan identificar (por ejemplo residuos de laboratorio) y que se les asignan los NU

    2814 (sustancia infecciosa para el hombre) o NU 2900 (sustancia infecciosa nicamente para los animales).

    material impermeable y resistente a la corrosin. Los vehculos deben contar con equipamiento para elcontrol de derrames, consistente a lo menos en material absorbente, desinfectante, bolsas o contenedores,y equipos de proteccin personal. En el caso de utilizarse contenedores, stos deben cumplir las siguientesespecificaciones:

    y otra ser devuelta al Generador con timbre de recepcin de la entidad eliminadora.

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    Figura 4.8: Ejemplo de presentacin de Hoja de Datos de Seguridad para Transporte

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    4.2.2 Residuos peligrosos

    Sin perjuicio de lo dispuesto en el Decreto Supremo N298/1994 del Ministerio de Transportes yTelecomunicaciones, el transporte de residuos peligrosos debe realizarse en conformidad con el TtuloV del Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos (Decreto Supremo N148/2003 delMinisterio de Salud). Este Reglamento establece que slo pueden ser transportados por calles y caminospblicos por personas naturales o jurdicas que hayan sido