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 norma españo  TÍTULO Equi  Siste emba   LPG equi   Equipeme achts et CORRESPONDENCIA Esta no  OBSERVACIONES Esta no  ANTECEDENTES Esta no industri  Editada e impresa por AENOR Depósito legal: M 36750:2012 LAS OBS  © AENOR 2012 Reproducción prohibida Génova, 6 28004 MADRID-Espa a U os y accesorios para GLP as de propulsión de GLP para barc caciones ment and accessories. LPG propulsion systems for boats, yachts an nts pour gaz de pétrole liquéfié et leurs accessoires. Systèmes de utres navires. ma es la versión oficial, en español, de la Norma Euro  ma anula y sustituye a la Norma UNE-EN 15609:2009.  rma ha sido elaborada por el comité técnico AEN/C ales y equipos a presión cuya Secretaría desempeña B  ERVACIONES A ESTE DOCUMENTO HAN DE DIRIGIRSE A: [email protected] a www.aenor.es Tel.: 902 Fax: 913 E-EN 15609 Noviembre 2012  os, yates y otras other craft.  propulsion GPL des bateaux, ea EN 15609:2012. .  N 62 Bienes de equipo QUINOR. 43 Páginas 102 201 104 032 AENOR AUTORIZA EL USO DE ESTE DOCUMENTO A BUREAU VERITAS INVERSIONES, S.L. Y EMPRESAS DEL GRUPO BV

UNE-EN 15609-2012

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  • norma espaol

    TTULO Equip

    Sistemembar LPG equip Equipemeyachts et a

    CORRESPONDENCIA Esta nor

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    industri

    Editada e impresa por AENOR Depsito legal: M 36750:2012

    LAS OBSE

    AENOR 2012 Reproduccin prohibida

    Gnova, 628004 MADRID-Espa

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    pos y accesorios para GLP

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    pment and accessories. LPG propulsion systems for boats, yachts and

    ents pour gaz de ptrole liqufi et leurs accessoires. Systmes de pautres navires.

    rma es la versin oficial, en espaol, de la Norma Europ

    rma anula y sustituye a la Norma UNE-EN 15609:2009.

    rma ha sido elaborada por el comit tcnico AEN/CTiales y equipos a presin cuya Secretara desempea BE

    ERVACIONES A ESTE DOCUMENTO HAN DE DIRIGIRSE A:

    [email protected]

    a www.aenor.esTel.: 902 Fax: 913

    NE-EN 15609

    Noviembre 2012

    os, yates y otras

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    propulsion GPL des bateaux,

    pea EN 15609:2012.

    .

    TN 62 Bienes de equipo EQUINOR.

    43 Pginas

    102 201 104 032

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  • S

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  • NORMA EUROPEA EUROPEAN STANDARD NORME EUROPENNE EUROPISCHE NORM

    EN 15609 Abril 2012

    ICS 47.020.20; 47.080 Sustituye a EN 15609:2008

    Versin en espaol

    Equipos y accesorios para GLP Sistemas de propulsin de GLP para barcos, yates y otras embarcaciones

    LPG equipment and accessories. LPG propulsion systems for boats, yachts and other craft.

    Equipements pour gaz de ptrole liqufi et leurs accessoires. Systmes de propulsion GPL des bateaux, yachts et autres navires.

    Flssiggas-Gerte und Ausrstungsteile. Flssiggas-(LPG-) Antriebsanlagen fr Boote, Jachten und andere Wasserfahrzeuge.

    Esta norma europea ha sido aprobada por CEN el 2012-03-16. Los miembros de CEN estn sometidos al Reglamento Interior de CEN/CENELEC que define las condiciones dentro de las cuales debe adoptarse, sin modificacin, la norma europea como norma nacional. Las correspondientes listas actualizadas y las referencias bibliogrficas relativas a estas normas nacionales pueden obtenerse en el Centro de Gestin de CEN, o a travs de sus miembros. Esta norma europea existe en tres versiones oficiales (alemn, francs e ingls). Una versin en otra lengua realizada bajo la responsabilidad de un miembro de CEN en su idioma nacional, y notificada al Centro de Gestin, tiene el mismo rango que aqullas. Los miembros de CEN son los organismos nacionales de normalizacin de los pases siguientes: Alemania, Austria, Blgica, Bulgaria, Chipre, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, Espaa, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungra, Irlanda, Islandia, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Pases Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, Repblica Checa, Rumana, Suecia, Suiza y Turqua.

    CEN COMIT EUROPEO DE NORMALIZACIN

    European Committee for Standardization Comit Europen de Normalisation Europisches Komitee fr Normung

    CENTRO DE GESTIN: Avenue Marnix, 17-1000 Bruxelles

    2012 CEN. Derechos de reproduccin reservados a los Miembros de CEN.

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  • EN 15609:2012 - 4 -

    NDICE Pgina

    PRLOGO .............................................................................................................................................. 6 INTRODUCCIN ................................................................................................................................... 7 1 OBJETO Y CAMPO DE APLICACIN ............................................................................. 7 2 NORMAS PARA CONSULTA ............................................................................................. 7 3 TRMINOS Y DEFINICIONES .......................................................................................... 8 4 COMPONENTES ................................................................................................................. 11 4.1 Disposiciones generales ........................................................................................................ 11 4.2 Contenedores de GLP .......................................................................................................... 11 4.2.1 Disposiciones generales ........................................................................................................ 11 4.2.2 Botellas .................................................................................................................................. 11 4.3 Componentes del sistema de GLP ....................................................................................... 12 4.3.1 Vaporizador .......................................................................................................................... 12 4.3.2 Otros componentes ............................................................................................................... 13 5 REQUISITOS DE INSTALACIN ................................................................................... 13 5.1 Requisitos generales ............................................................................................................. 13 5.2 Instalador del sistema de GLP ............................................................................................ 14 5.3 Sistemas de GLP complementarios ..................................................................................... 14 5.4 Modificaciones a la estructura de la embarcacin............................................................. 15 5.5 Instalacin del contenedor ................................................................................................... 15 5.5.1 Generalidades ....................................................................................................................... 15 5.5.2 Contenedores fijos ................................................................................................................ 16 5.5.3 Botellas .................................................................................................................................. 16 5.5.4 Armarios de contenedores ................................................................................................... 16 5.5.5 Instalacin de ms de un contenedor .................................................................................. 17 5.6 Componentes unidos al contenedor fijo ............................................................................. 17 5.6.1 Requisitos generales ............................................................................................................. 17 5.6.2 Vlvula de servicio controlada a distancia con vlvula limitadora del caudal en el contenedor ............................................................................................................................. 18 5.6.3 Vlvula de alivio de presin ................................................................................................. 18 5.6.4 Vlvula de llenado ................................................................................................................ 18 5.6.5 Dispositivo de proteccin contra el sobrellenado ............................................................... 18 5.6.6 Indicador de nivel ................................................................................................................. 18 5.6.7 Accesorios .............................................................................................................................. 18 5.6.8 Dispositivo de seguridad de sobrepresin .......................................................................... 18 5.7 Tuberas y tubos flexibles de gas ......................................................................................... 18 5.8 Otros componentes ............................................................................................................... 19 5.8.1 Conexiones de gas entre componentes del sistema de GLP .............................................. 19 5.8.2 Vlvula de cierre controlada a distancia ............................................................................ 21 5.8.3 Unidad de llenado ................................................................................................................. 21 5.9 Instalacin elctrica .............................................................................................................. 21 5.10 Sistema de seleccin del combustible .................................................................................. 22 5.11 Deteccin de gas .................................................................................................................... 23 5.11.1 Generalidades ....................................................................................................................... 23 5.11.2 Posicin de la alarma ........................................................................................................... 23 5.11.3 Posicin de los sensores ........................................................................................................ 23 5.12 Ventilacin forzada .............................................................................................................. 23 5.12.1 Generalidades ....................................................................................................................... 23 5.12.2 Purga del compartimento del motor ................................................................................... 24 5.12.3 Posicin de la ventilacin ..................................................................................................... 24

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  • - 5 - EN 15609:2012

    6 EQUIPO DE EXTINCIN DEL FUEGO ......................................................................... 24 7 MANUAL DEL PROPIETARIO ........................................................................................ 24 8 PUESTA EN MARCHA ...................................................................................................... 24 8.1 Ensayo de estanquidad ......................................................................................................... 24 8.2 Llenado inicial del contenedor y del sistema con el GLP .................................................. 24 8.3 Ensayo del sistema de combustible ..................................................................................... 25 8.4 Prueba con agua ................................................................................................................... 25 ANEXO A (Normativo) REQUISITOS RELATIVOS A LA FIJACIN DE

    CONTENEDORES CON UNA CAPACIDAD INFERIOR O IGUAL A 150 L ............................................................... 26

    A.1 Requisitos generales ............................................................................................................. 26 A.2 Bastidor del contenedor ....................................................................................................... 27 ANEXO B (Normativo) REQUISITOS RELATIVOS A LA FIJACIN DE

    CONTENEDORES CON UNA CAPACIDAD SUPERIOR A 150 L ...... 28 B.1 Requisitos generales ............................................................................................................. 28 B.2 Bastidor del contenedor ....................................................................................................... 28 ANEXO C (Normativo) REQUISITOS RELATIVOS A LA SEGURIDAD DE LAS

    BOTELLAS ................................................................................................. 29 ANEXO D (Normativo) INSTRUCCIONES A INCLUIR EN EL MANUAL DEL

    PROPIETARIO .......................................................................................... 32 D.1 Requisitos generales ............................................................................................................. 32 D.2 Disponibilidad del suministro de GLP ............................................................................... 32 D.3 Posicin y funcionamiento de la vlvula de cierre de emergencia .................................... 32 D.4 Instrucciones de seguridad a incluir en el manual ............................................................ 32 D.5 Instrucciones para la utilizacin normal del sistema de GLP .......................................... 33 D.5.1 Llenado del sistema de GLP ................................................................................................ 33 D.5.2 Procedimiento de permutacin (para embarcaciones con dos combustibles) ................. 33 D.5.3 Apertura y cierre de las vlvulas manuales (en caso de contenedores mltiples) ........... 33 D.5.4 Indicador de nivel del lquido .............................................................................................. 33 D.5.5 Mantenimiento e inspeccin ................................................................................................ 33 D.5.6 Defectos y reparaciones ........................................................................................................ 34 D.5.7 Almacenamiento, reparacin y mantenimiento ................................................................. 34 D.5.8 Retirada ................................................................................................................................. 34 D.5.9 Trabajo en caliente ............................................................................................................... 35 ANEXO E (Normativo) REQUISITOS DE ENSAYO ADICIONALES PARA

    VAPORIZADORES ................................................................................. 36 ANEXO F (Informativo) INSTALACIN DE MS DE UN CONTENEDOR ............................. 37 ANEXO G (Informativo) EJEMPLO DE CERTIFICADO DE INSTALACIN ......................... 38 ANEXO H (Informativo) EJEMPLO DE ETIQUETA DE IDENTIFICACIN DE GLP ........... 39 ANEXO I (Informativo) LISTA DE VERIFICACIN AMBIENTAL ......................................... 40 ANEXO ZA (Informativo) CAPTULOS DE ESTA NORMA EUROPEA RELACIONADOS

    CON LOS REQUISITOS ESENCIALES U OTRAS DISPOSICIONES DE LA DIRECTIVA 94/25/CE MODIFICADA POR LA DIRECTIVA 2003/44/CE ............................................................................................. 41

    BIBLIOGRAFA ................................................................................................................................... 43

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  • EN 15609:2012 - 6 -

    PRLOGO

    Esta Norma EN 15609:2012 ha sido elaborada por el Comit Tcnico CEN/TC 286 Equipos y accesorios para gases licuados del petrleo, cuya Secretara desempea NSAI. Esta norma europea debe recibir el rango de norma nacional mediante la publicacin de un texto idntico a ella o mediante ratificacin antes de finales de octubre de 2012, y todas las normas nacionales tcnicamente divergentes deben anularse antes de finales de octubre de 2012. Se llama la atencin sobre la posibilidad de que algunos de los elementos de este documento estn sujetos a derechos de patente. CEN y/o CENELEC no es(son) responsable(s) de la identificacin de dichos derechos de patente. Esta norma europea ha sido elaborada bajo un Mandato dirigido a CEN por la Comisin Europea y por la Asociacin Europea de Libre Comercio, y sirve de apoyo a los requisitos esenciales de las Directivas europeas. La relacin con las Directivas UE se recoge en el anexo informativo ZA, que forma parte integrante de esta norma. Esta norma anula y sustituye a la Norma EN 15609:2008. Las principales modificaciones con respecto a la edicin anterior son: la adicin de los anexos E, G y H;

    la expansin de los requisitos del instalador;

    la eliminacin de los requisitos especficos relativos a la boquilla de llenado de la Norma EN 13760;

    los componentes montados en la botella;

    el aumento de la presin a 10 bar para el ensayo de estanquidad;

    la ventilacin forzada facultativa para los armarios, vase el apartado 5.5.4; y

    los requisitos relativos a la deteccin de gases. De acuerdo con el Reglamento Interior de CEN/CENELEC, estn obligados a adoptar esta norma europea los organismos de normalizacin de los siguientes pases: Alemania, Austria, Blgica, Bulgaria, Chipre, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, Espaa, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungra, Irlanda, Islandia, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Pases Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, Repblica Checa, Rumana, Suecia, Suiza y Turqua.

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    INTRODUCCIN

    Esta norma europea especifica los requisititos para la instalacin de equipos para el uso de gases licuados del petrleo (de aqu en adelante denominados GLP) en sistemas de propulsin de embarcaciones pequeas. Esta norma europea considera la utilizacin de sustancias y procedimientos que pueden ser perjudiciales para la salud si no se toman las precauciones adecuadas. Se refiere nicamente a la aptitud tcnica: no exime al usuario de sus obligaciones legales relativas a la salud y seguridad en cualquier etapa. La proteccin medioambiental es un tema poltico clave en Europa y en otros lugares del mundo. La proteccin del medioambiente en este documento se interpreta en un sentido muy amplio. Este concepto se utiliza por ejemplo en relacin con todos los aspectos del ciclo de vida de un producto y su repercusin en el medioambiente (incluyendo el consumo de energa) durante todas las fases de su existencia, desde la utilizacin del mismo hasta su desguace, el reciclado de los materiales, etc. El anexo I incluye una lista de verificacin ambiental que destaca los captulos de esta norma europea que tratan los aspectos medioambientales En la preparacin de esta norma europea se ha asumido que la ejecucin de sus disposiciones se confiar a personal con experiencia y adecuadamente cualificado. Esta norma europea est basada en la Norma EN 12979 [3] 1 OBJETO Y CAMPO DE APLICACIN

    Esta norma europea especifica los requisitos de los sistemas de propulsin de GLP en embarcaciones con longitudes de casco inferiores o iguales a 24 m, incluidas aquellas definidas en la Directiva 94/25/CE. Esta norma europea no cubre los aparatos con botellas de gas conectadas directamente, tales como los hornillos porttiles de camping y las lmparas porttiles de gas. 2 NORMAS PARA CONSULTA

    Las normas que a continuacin se indican son indispensables para la aplicacin de esta norma. Para las referencias con fecha, slo se aplica la edicin citada. Para las referencias sin fecha se aplica la ltima edicin de la norma (incluyendo cualquier modificacin de sta). EN 1442 Equipos y accesorios para GLP. Botellas porttiles y rellenables de acero soldado para gases licuados de petrleo (GLP). Diseo y construccin. EN 12805 Componentes para automviles de gases licuados del petrleo (GLP). Depsitos. EN 12806:2003 Componentes para automviles de gases licuados del petrleo (GLP). Otros componentes distintos de los depsitos. EN 12864 Reguladores de reglaje fijo para presiones de salida inferiores o iguales a 200 mbar, de caudal inferior o igual a 4 kg/h, incluidos los dispositivos de seguridad incorporados en ellos, destinados a utilizar butano, propano, o sus mezclas. EN 13110 Botellas de aluminio soldado transportables y recargables para gases licuados del petrleo (GLP). Diseo y construccin. EN 14140 Equipos y accesorios para GLP. Botellas porttiles y rellenables de acero soldado para GLP. Diseo y construccin alternativos. EN 14291 Soluciones espumosas para la deteccin de fugas en las instalaciones de gas.

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    EN 14427 Botellas de material compuesto totalmente recubiertas porttiles y rellenables para gases licuados de petrleo (GLP). Diseo y construccin. EN 28846 Embarcaciones de recreo. Equipos elctricos. Proteccin contra la inflamacin de los ambientes gaseosos inflamables. (ISO 8846). EN 60529 Grados de proteccin proporcionados por las envolventes (Cdigo IP). (IEC 529). EN ISO 898-1:2009 Caractersticas mecnicas de los elementos de fijacin de acero al carbono y acero aleado. Parte 1: Pernos, tornillos y bulones con clases de calidad especificadas. Rosca de paso grueso y rosca de paso fino. (ISO 898-1:2009). EN ISO 9094-1 Pequeas embarcaciones. Proteccin contra incendios. Parte 1: Embarcaciones de eslora inferior o igual a 15 m. (ISO 9094-1). EN ISO 9094-2 Pequeas embarcaciones. Proteccin contra incendios. Parte 2: Embarcaciones de eslora superior a 15 m. (ISO 9094-2). EN ISO 10133 Embarcaciones de recreo. Sistemas elctricos. Instalaciones de corriente continua a muy baja tensin. (ISO 10133). EN ISO 10239 Pequeas embarcaciones. Sistemas alimentados por gas licuado de petrleo (GLP). (ISO 10239). EN ISO 10240 Pequeas embarcaciones. Manual del propietario (ISO 10240). EN ISO 11105 Embarcaciones menores. Ventilacin de las salas de motores de gasolina y/o de los compartimentos para los depsitos de gasolina. (ISO 11105). EN ISO 11591 Embarcaciones de recreo a motor. Campo de visin desde la posicin del timn. (ISO 11591). EN ISO 12217 (todas las partes) Pequeas embarcaciones. Evaluacin y clasificacin de la estabilidad y la flotabilidad. EN ISO 13297 Embarcaciones de recreo. Sistemas elctricos. Instalaciones de corriente alterna. (ISO 13297). ISO 630 Aceros estructurales. Chapas, planos anchos, barras, secciones y perfiles. ISO 20826 Componentes de GLP para automocin. Contenedores. 3 TRMINOS Y DEFINICIONES

    Para los fines de este documento, se aplican los trminos y definiciones incluidos en la Norma EN 12806:2003 adems de los siguientes:

    3.1 gas licuado del petrleo, GLP: Uno o ms hidrocarburos ligeros clasificados segn los nmeros ONU 1011, ONU 1075,ONU 1965, ONU 1969 u ONU 1978 nicamente, y que se compone principalmente de propano, propeno, butano, ismeros de butano, buteno con trazas de otros hidrocarburos gaseosos. NOTA 1 a la entrada Para la especificacin sobre GLP para los automviles, vase la Norma EN 589 [1].

    3.2 sistema de GLP: Instalacin consistente en una combinacin de depsito(s), dispositivo(s) de seguridad, regulador(es) de presin, vaporizador(es), conexin(es), vlvula(s), tubo(s), tubera(s), manguera(s) accesorios y dispositivos destinados a almacenar, a suministrar, a verificar o a controlar el flujo de GLP hasta esta instalacin y al motor. NOTA 1 a la entrada Las botellas son elementos reemplazables y puede que no se suministre con el sistema de GLP en la embarcacin.

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    3.3 persona competente: Persona que, debido a la combinacin de cualificacin, formacin, experiencia y recursos apropiados es capaz de realizar juicios objetivos sobre el tema.

    3.4 contenedor: Recipiente que se utiliza para el almacenamiento de GLP.

    3.5 botella: Contenedor porttil y rellenable con capacidad de agua desde 0,5 l hasta 150 l inclusive.

    3.6 contenedor fijo: Recipiente a presin de GLP instalado de forma permanente en la estructura de la embarcacin.

    3.7 indicador de nivel: Dispositivo que indica el nivel de lquido o de contenido de un recipiente a presin.

    3.8 vlvula de seguridad de sobrepresin, PRV: Vlvula con cierre automtico que sin la asistencia de ninguna energa que no sea el vapor correspondiente, descarga automticamente vapor a una presin predeterminada, y acta de forma rpida.

    3.9 dispositivo de proteccin contra el sobrellenado: Dispositivo diseado para reducir automticamente el suministro de gas a un caudal mnimo cuando el nivel de llenado alcanza una cantidad predeterminada.

    3.10 vlvula de llenado: Sistema que permite el llenado lquido.

    3.11 dispositivo de seguridad de sobrepresin: Componente de proteccin del recipiente a presin contra la explosin mediante .la evacuacin al exterior del contenido de GLP a una temperatura predeterminada.

    3.12 vlvula de seguridad por exceso de caudal: Vlvula diseada para cerrarse automticamente, con un pequeo caudal residual, cuando el caudal de gas que pasa a travs de ella supera un valor predeterminado, y para abrirse de nuevo cuando la presin diferencial a travs de la vlvula se vuelve a situar por debajo de un valor establecido.

    3.13 vlvula antirretorno: Vlvula diseada para cerrarse automticamente con el fin de impedir el retroceso del caudal.

    3.14 sistema de combustible: Instalacin requerida para suministrar GLP al motor.

    3.15 vaporizador: Dispositivo destinado a transformar el GLP del estado lquido al estado gaseoso.

    3.16 vlvula de seguridad hidrosttica: Vlvula con cierre automtico que sin la asistencia de ninguna energa que no sea el fluido correspondiente, descarga automticamente fluido a una presin predeterminada.

    3.17 regulador de presin/vaporizador: Dispositivo nico que incorpora tanto un regulador de presin como un vaporizador.

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    3.18 sistema de ventilacin: Conjunto de conductos y ventilador elctrico capaz de extraer los hidrocarburos del interior de la embarcacin y que permite la entrada de aire fresco.

    3.19 envolvente del contenedor: Recinto ventilado destinado nicamente al almacenamiento de uno o ms contenedores de GLP, reguladores de presin y dispositivos de seguridad y localizado en el exterior del barco, donde cualquier fuga fluya fuera de la borda.

    3.20 armario del contenedor: Recinto (de la embarcacin) estanco a los gases con drenaje fuera de la borda, para que cualquier fuga fluya fuera de la borda, destinado nicamente al almacenamiento de uno o ms contenedores de GLP en una cabina o empotrado en la embarcacin.

    3.21 permanentemente instalado: Slidamente fijo de forma que tengan que utilizarse herramientas para su desmontaje.

    3.22 accesible: Capaz de ser alcanzado para fines de inspeccin, retirada o mantenimiento sin retirar ninguna estructura permanente de la embarcacin. NOTA 1 a la entrada En este sentido, las escotillas no se consideran estructuras permanentes de la embarcacin, incluso si se necesitan

    herramientas tales como llaves o destornilladores para abrirlas.

    3.23 fcilmente accesible: Capaz de ser alcanzado para fines de funcionamiento, inspeccin o mantenimiento sin retirar ninguna estructura de la embarcacin o sin utilizar ninguna herramienta o retirada de cualquier elemento del equipo porttil cargado en lugares destinados al almacenamiento de los equipos porttiles tales como armarios, cajones o estanteras. NOTA 1 a la entrada En este sentido, las escotillas no se consideran estructuras permanentes de la embarcacin.

    3.24 instalador: Persona u organizacin que, por cualificacin, formacin, experiencia y recursos, puede asumir la responsabilidad tcnica para la instalacin del sistema de propulsin de GLP.

    3.25 aparato: Aparato diseado para calefaccin, coccin, iluminacin, refrigeracin, produccin de agua caliente o produccin de electricidad (pila de combustible o generador) que utiliza GLP como fuente de energa.

    3.26 carlinga: Zona en el interior de la embarcacin que puede retener agua, no obstante brevemente, debido a la lluvia, las olas, la escora del barco, etc. NOTA 1 a la entrada Las carlingas se disean normalmente para la acomodacin de personas, pero para los propsitos de esta norma europea, el

    trmino carlinga se utiliza bien para una carlinga propiamente dicha o bien para cualquier otro tipo de hueco. Esto significa que las bordas pueden crear una gran carlinga, los barcos abiertos pueden efectivamente encerrar una carlinga (que incluye casi todo el barco), la(s) carlinga(s) se puede(n) situar en cualquier lugar en el barco y una carlinga puede abrir la popa al mar.

    3.27 tubo de ventilacin: Conducto que conecta la envolvente estanca a los gases a la atmsfera.

    3.28 vlvula de corte: Vlvula que proporciona un cierre estanco con operacin manual, remota o mediante cierre automtico.

    3.29 deteccin de gas: Revelacin de la presencia de GLP debido al descubrimiento de GLP fuera de su sistema de contencin.

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    3.30 tubo de ventilacin: Conducto que conecta la envolvente estanca a los gases a la atmsfera.

    3.31 organismo de inspeccin: Organismo independiente de inspeccin y de ensayos aprobado por la autoridad competente.

    3.32 recipiente a presin: Conjunto de la envolvente sometida a presin (incluyendo las aberturas y sus cierres) y de las partes no sometidas a presin unidas directamente a ella. 4 COMPONENTES

    4.1 Disposiciones generales

    Los sistemas de GLP deben disearlos personas competentes. Los componentes individuales del sistema, y el sistema como un todo, deben disearse para soportar las condiciones combinadas de presin, vibraciones, choques, corrosin y movimientos que pueden aparecer durante el funcionamiento normal. Todos los materiales utilizados en los sistemas de GLP deben ser compatibles con los GLP y con otros lquidos o compuestos con los que puedan entrar en contacto en condiciones de funcionamiento normal, por ejemplo, grasas, aceites lubricantes, disolvente de la sentina, agua fresca y agua de mar. Deberan realizarse esfuerzos para evitar la grasa, el aceite lubricante, los disolventes de la sentina y otros productos qumicos de la contaminacin del medio marino.

    4.2 Contenedores de GLP

    4.2.1 Disposiciones generales

    Los contenedores de GLP deben estar protegidos contra la corrosin del ambiente marino mediante un sistema de tratamiento superficial adecuado, o bien deben construirse con materiales apropiados para el ambiente marino. Para los fines de esta norma, se identifican dos tipos de contenedores de GLP: botellas; y contenedores fijos. 4.2.2 Botellas

    4.2.2.1 Las botellas de GLP pueden emplearse en fase lquida o gas/vapor para alimentar el motor de una embarcacin, dependiendo de la tecnologa y de la potencia requerida.

    4.2.2.2 Las botellas usadas en las embarcaciones deben cumplir con una de las siguientes normas: a) la Norma EN 1442;

    b) la Norma EN 13110;

    c) la Norma EN 14140;

    d) la Norma EN 14427; o

    e) una norma equivalente.

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  • EN 15609:2012 - 12 -

    4.2.2.3 La cantidad de combustible GLP a bordo se debe indicar mediante el uso de botellas equipadas con indicadores del contenido o por la provisin para llevar botellas adicionales de reserva.

    4.2.2.4 Cualquier botella con una capacidad en agua superior a 17 l debe estar equipada con un PRV. 4.2.3 Contenedores fijos

    4.2.3.1 Generalidades

    Los contenedores fijos deben cumplir con la Norma EN 12805, la Norma ISO 20826 o una norma equivalente. 4.2.3.2 Componentes unidos al contendor fijo 4.2.3.2.1 El contenedor debe equiparse con los siguientes componentes, que pueden estar separados o combinados (por ejemplo, multivlvula): a) un dispositivo de proteccin contra el sobrellenado; b) una vlvula de llenado; c) un indicador de nivel; d) una vlvula de alivio de presin o un dispositivo de alivio de presin y e) una vlvula de servicio controlada a distancia con vlvula limitadora del caudal. 4.2.3.2.2 El contenedor puede equiparse con: a) una envolvente estanca a los gases; b) una conexin de suministro de potencia protegida para los actuadores/bomba de GLP; c) bomba de GLP dentro del contendor; y d) vlvula antirretorno. 4.2.3.2.3 Todos los componentes unidos al contenedor deben cumplir la Norma EN 12806. 4.2.3.2.4 La vlvula de llenado debe incorporar una vlvula antirretorno doble que debe cumplir con el anexo G de la Norma EN 12806:2003.

    4.3 Componentes del sistema de GLP

    4.3.1 Vaporizador

    4.3.1.1 Los vaporizadores deben cumplir con la Norma EN 12806 y deben ser adecuados para su utilizacin en un ambiente marino

    4.3.1.2 Los materiales del vaporizador, que estn en contacto con el refrigerante del motor, deben ser compatibles con dicho refrigerante y deben disearse para resistir una presin interna de 2 bar.

    4.3.1.3 En el anexo E se indica un procedimiento de ensayos adecuado para los vaporizadores metlicos.

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    4.3.2 Otros componentes

    Los siguientes componentes del sistema de alimentacin, cuando existan, deben cumplir con la Norma EN 12806 y deben ser adecuados para su utilizacin en un ambiente marino: a) vlvula de cierre; b) dispositivo de inyeccin de gas o inyector; c) unidad de mezcla de gas; d) unidad de dosificacin de gas; e) tuberas flexibles de combustible y tuberas de gas; f) vlvula de alivio hidrosttico; g) unidad de filtrado de GLP; h) sensor de temperatura y/o presin; i) acoplamiento de servicio; j) unidad de control electrnico; k) rampa de alimentacin del combustible; l) unidad de llenado; m) bomba de combustible. Los equipos adicionales requeridos para el funcionamiento efectivo del motor, no cubiertos por la Norma EN 12806, slo deben instalarse en partes del sistema de GLP donde la presin sea inferior a 0,2 bar. 5 REQUISITOS DE INSTALACIN

    5.1 Requisitos generales

    5.1.1 La instalacin del sistema de GLP la debe realizar una persona competente, teniendo en cuenta las instrucciones del fabricante y las buenas prcticas de ingeniera adems de cada uno de los requisitos del apartado 5.1. 5.1.2 Todas las partes del sistema de GLP, con la excepcin de la(s) botella(s), deben estar instaladas de manera permanente. 5.1.3 Todas las partes del sistema de GLP deben estar slidamente fijadas. 5.1.4 El sistema completo de GLP debe estar protegido adecuadamente contra la corrosin. 5.1.5 Todas las vlvulas y otros componentes destinados a ser utilizados manualmente o ser observados durante el funcionamiento normal de la embarcacin, o para las situaciones de emergencia, deben ser fcilmente accesibles. 5.1.6 Todos los dems componentes del sistema de GLP deben ser accesibles. 5.1.7 Ningn componente del sistema de combustible debe estar situado a menos de 100 mm de la tubera de escape o de una fuente de calor similar, a menos que lleve una proteccin adecuada contra el calor.

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    5.1.8 La distancia libre entre las fuentes de calor y un contenedor de GLP no debe ser inferior a 250 mm, a menos que se disponga de una barrera trmica equivalente. 5.1.9 Los contenedores de combustible y los componentes de los sistemas de combustible no deben instalarse directamente encima de las bateras, a menos que dichas bateras se protejan contra los efectos de la fuga de combustible. 5.1.10 El sistema de combustible debe funcionar de forma que no pueda excederse la presin para la que se ha diseado y aprobado. 5.1.11 El sistema de combustible debe protegerse de forma adecuada contra daos. 5.1.12 Ningn componente del sistema de GLP debe obstruir el campo de visin desde la posicin del timn de acuerdo con los requisitos de la Norma EN ISO 11591. 5.1.13 Se deben fijar etiquetas que sean permanentes y fcilmente visibles indicando GLP en una o ms de las siguientes localizaciones en o cerca del(de los) motor(es); en o adyacente a la(s) envolvente(s) del contenedor; en o cerca del(de los) armario(s) del contenedor; en el exterior de la embarcacin. NOTA En el anexo H se muestra un ejemplo de una etiqueta adecuada.

    5.2 Instalador del sistema de GLP

    5.2.1 El instalador debe poseer la competencia y la experiencia necesaria para la instalacin adecuada del sistema de GLP y tener un sistema de control de calidad que asegure que la instalacin del sistema cumple los requisitos de esta norma. 5.2.2 El instalador debe instalar componentes de acuerdo con las instrucciones del fabricante u otras limitaciones. 5.2.3 El instalador debe esforzarse para conseguir minimizar el desperdicio de los materiales utilizados y debe eliminar el material sobrante de forma respetuosa con el medio ambiente. NOTA Se deberan utilizar contenedores para la segregacin y el reciclado de materiales. 5.2.4 El instalador debe mantener los registros de los ensayos de puesta en marcha como se detalla en el captulo 8. 5.2.5 El instalador debe emitir un certificado de instalacin firmado incorporando un certificado de conformidad con esta norma despus de completar satisfactoriamente la instalacin del sistema de GLP y su puesta en marcha. NOTA En el anexo G se da un ejemplo de certificado de instalacin. 5.2.6 El instalador debe suministrar un manual del propietario como se indica en el captulo 7.

    5.3 Sistemas de GLP complementarios

    5.3.1 La instalacin de otros sistemas de GLP (por ejemplo, para aparatos de calefaccin o para cocinar) deben cumplir con los requisitos de la Norma EN ISO 10239. 5.3.2 Estos tipos de instalacin deben conectarse a la fase vapor del contenedor de combustible.

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    5.3.3 El sistema de salida del vapor debe protegerse mediante una vlvula de cierre controlada de forma manual o remota incorporando un limitador de caudal, montado sobre el contenedor. 5.3.4 El funcionamiento del sistema de propulsin no debe verse afectado por la introduccin de sistemas de GLP adicionales.

    5.4 Modificaciones a la estructura de la embarcacin

    5.4.1 Cualquier alteracin o modificacin a cualquier embarcacin como resultado de la instalacin del equipo de GLP debe realizarse de acuerdo con las buenas prcticas de ingeniera y con las normas martimas correspondientes. 5.4.2 La instalacin de los contenedores de GLP no debe afectar negativamente a la estabilidad y flotabilidad de la embarcacin cuando se evala de acuerdo con la Norma EN ISO 12217 (todas las partes). 5.4.3 Cuando se realiza cualquier modificacin sustancial de la estructura de la embarcacin para facilitar la instalacin del sistema de combustible, debe obtenerse un acuerdo escrito del constructor de la embarcacin o de un organismo notificado acompaado por un plano detallado.

    5.5 Instalacin del contenedor

    5.5.1 Generalidades

    5.5.1.1 El contenedor: debe estar colocado al aire libre o en un armario; no debe instalarse en el compartimento motor, a menos que sea en el interior de un armario (vase 5.5.4); no debe colocarse en espacios habitables; debe estar slidamente fijo a la embarcacin; debe instalarse en la orientacin correcta de acuerdo con las instrucciones del fabricante del contenedor; debe instalarse de forma que no cause obstrucciones; debe instalarse de forma que no se vean afectados de forma negativa los medios de escape en caso de fuego y/o

    inversin; y debe permitir el drenaje de sus superficies cuando la embarcacin est en una posicin esttica de flotacin.

    5.5.1.2 Cuando se almacenan al aire libre, los contenedores de GLP, los reguladores de presin y los dispositivos de seguridad deben protegerse de la radiacin solar directa y deben tener las ventilaciones protegidas contra el ingreso de suciedad y agua mediante su posicin o por medio de blindajes.

    5.5.1.3 Los contenedores, los reguladores de presin y los dispositivos de seguridad situados bajo las cubiertas o en cabinas deben montarse en armarios.

    5.5.1.4 No deben disponerse medios para almacenar componentes sueltos en un armario o envolvente de contenedor que pudiesen daar la instalacin del contenedor, los reguladores de presin, tuberas o conductos flexibles u obstruir el drenaje del armario.

    5.5.1.5 Los contenedores deben instalarse y fijarse de forma que pueda absorberse una aceleracin 3 g sin daos en cualquier direccin del movimiento cuando el contenedor est completamente lleno.

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    5.5.1.6 Los contenedores no deben estar en contacto directo con el suelo y se deben separar un mnimo de 20 mm del suelo.

    5.5.1.7 El contenedor debe instalarse de forma que no haya contacto metal-metal, salvo en cualquier punto de fijacin permanente. 5.5.2 Contenedores fijos

    5.5.2.1 Los contenedores deben instalarse de forma permanente de manera que no soporten cubiertas, mamparas u otras estructuras de la embarcacin, a menos que estn diseadas para ese fin.

    5.5.2.2 Los contenedores no deben ser parte integrante con el casco.

    5.5.2.3 Los contenedores deben instalarse de manera que se permita la inspeccin y el mantenimiento de los accesorios, las conexiones flexibles, etc. NOTA Las escotillas para inspeccin y mantenimiento de los tanques de combustible y contenedores de GLP pueden estar cubiertas por

    revestimiento sin cortes siempre que todos los accesorios del tanque y del contenedor puedan someterse a inspeccin y mantenimiento a travs de otras aberturas.

    5.5.2.4 Cuando el contenedor est fijado de forma slida a la embarcacin mediante un bastidor y/o abrazaderas, el contenedor debe instalarse de acuerdo con los requisitos del anexo A o B, segn proceda.

    5.5.2.5 Los soportes, calzos o apoyos deben estar separados de la superficie de los contenedores de metal por un material no metlico, ni higroscpico, ni abrasivo, salvo que estn soldados al contenedor.

    5.5.2.6 La espuma no debe ser el nico medio empleado para mantener fijos los contenedores en su sitio. Cuando la espuma est en contacto con el contenedor, deben tomarse precauciones para evitar la corrosin.

    5.5.2.7 Los contenedores metlicos dentro del casco deben instalarse con el fondo del contenedor a no menos de 25 mm por encima del nivel mximo normal del agua de sentina. 5.5.3 Botellas

    5.5.3.1 Las botellas deben fijarse de forma segura mediante un sistema propio a la estructura de la embarcacin. Estos requisitos tambin se aplican a las botellas desconectadas. Cuando las botellas estn permanentemente fijadas a la embarcacin mediante abrazaderas, la botella se debe fijar de acuerdo con los requisitos del anexo C.

    5.5.3.2 Las botellas deben instalarse de forma que sean fcilmente accesibles.

    5.5.3.3 Las botellas diseadas para ser usadas sobre sus lados (por ejemplo, de tipo carretilla elevadora de horquilla) deben fijarse en el ngulo de rotacin correcto (para asegurar una posicin correcta de salida de lquido y de la vlvula de seguridad de sobrepresin).

    5.5.3.4 Para botellas que trabajan en fase vapor/gas, el regulador de presin debe estar instalado, de acuerdo con la Norma EN 12864 y directamente despus de la salida de la vlvula de la botella 5.5.4 Armarios de contenedores

    5.5.4.1 Los armarios de contenedores con abertura desde el interior de la carlinga se deben abrir nicamente desde la parte superior.

    5.5.4.2 Los armarios, cuando estn cerrados, deben ser estancos a los gases hacia el interior de la embarcacin y tener venteo en su fondo mediante un drenaje de un dimetro interior de al menos 19 mm (o el rea equivalente para conductos no circulares) para contenedores con una capacidad combinada de hasta 15 kg.

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    5.5.4.3 El dimetro interior del drenaje debe agrandarse proporcionalmente en caso de presencia de contenedores adicionales.

    5.5.4.4 El drenaje del armario debe descargar hacia fuera, es decir, hacia el exterior de la embarcacin; y no debe llevar sumideros que puedan retener el agua. Debe: a) tener la salida a un nivel inferior al fondo del armario y tan alta como sea posible, pero a no menos de 75 mm por

    encima de la lnea de flotacin con la embarcacin en reposo en la condicin de carga completa y listo para su utilizacin; o

    b) estar equipado con ventilacin forzada que cumpla los siguientes requisitos:

    1) se debe instalar un detector de gas en el armario en el nivel inferior en el que se pudiera acumular gas;

    2) el sistema de ventilacin debe ser a prueba de explosin;

    3) el ventilador debe ser resistente al fuego y funcionar durante un mnimo de 60 segundos antes de que el motor se pueda arrancar; y

    4) se debe instalar al menos un conducto de salida situado en la base del armario

    5.5.4.5 El conducto de salida debe: estar a distancia (al menos 250 mm) del sistema de escape del motor; estar protegido de bloqueos en virtud de su posicin o por otros medios; estar situado al menos a 500 mm de cualquier abertura del casco al interior de la embarcacin.

    5.5.4.6 Todas las tuberas flexibles o de metal que penetran en las paredes del armario deben sellarse a la pared para mantener la estanquidad a los gases hacia el interior de la embarcacin. 5.5.5 Instalacin de ms de un contenedor

    5.5.5.1 Cuando hay ms de un contenedor conectado a la lnea de combustible del motor, los contenedores deben instalarse de forma que no pueda producirse un aumento de la presin hidrosttica en la lnea de combustible y que el GLP no pueda fluir desde un contenedor al otro. Esto puede lograrse instalando una vlvula antirretorno aguas abajo de la vlvula de servicio controlada a distancia o la vlvula operada manualmente de cada contenedor y una vlvula de alivio hidrosttico en el tubo de descarga, aguas abajo de las vlvulas antirretorno. Debe colocarse un sistema de filtrado adecuado aguas arriba de las vlvulas antirretorno para evitar el ensuciamiento de dichas vlvulas (vase la figura F.1).

    5.5.5.2 No se requieren vlvula antirretorno y vlvula de alivio hidrosttico cuando la presin de reflujo de la vlvula de servicio controlada a distancia o la vlvula operada manualmente, en posicin cerrada, excede de 5 bar (vase la figura E.2). En este caso, la alimentacin elctrica a las vlvulas de servicio controladas a distancia debe estar cableada elctricamente de tal forma que solamente una de ellas pueda abrirse al mismo tiempo. El tiempo de solape para permitir el cambio de un contenedor a otro debe ser menos de 2 min.

    5.5.5.3 Cada contenedor debe equiparse con su propio dispositivo de proteccin contra el sobrellenado.

    5.6 Componentes unidos al contenedor fijo

    5.6.1 Requisitos generales

    Los componentes montados sobre el contendor o situados en su interior deben instalarse bajo la responsabilidad del titular del certificado del ensayo de fuego tal como se describe en la Norma EN 12805 o la Norma ISO 20826.

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    5.6.2 Vlvula de servicio controlada a distancia con vlvula limitadora del caudal en el contenedor

    5.6.2.1 La vlvula de servicio controlada a distancia con vlvula limitadora del caudal debe instalarse directamente sobre el contenedor sin ningn accesorio intermedio.

    5.6.2.2 La vlvula de servicio controlada a distancia con vlvula limitadora del caudal debe controlarse de forma que se cierre automticamente cuando se para el motor o cuando se corta la alimentacin elctrica. 5.6.3 Vlvula de alivio de presin

    La vlvula de alivio de presin debe instalarse sobre el contenedor, o en su interior sin accesorios intermedios de forma que est conectada al espacio vapor y debe descargar a la atmsfera directamente, o por medio de una envolvente estanca a los gases, si existe. 5.6.4 Vlvula de llenado

    La vlvula de llenado debe ir instalada sobre el contenedor. NOTA La vlvula de llenado puede combinarse con el dispositivo de proteccin contra el sobrellenado. 5.6.5 Dispositivo de proteccin contra el sobrellenado

    El dispositivo de proteccin contra el sobrellenado debe ser especfico para el tipo de contenedor y debe instalarse en la posicin correcta mediante el par de apriete especificado por el fabricante. NOTA Vanse en el apartado 5.8.3 los requisitos complementarios en el caso de que el dispositivo de proteccin contra el sobrellenado se combine

    con la unidad de llenado. 5.6.6 Indicador de nivel

    El indicador de nivel debe ser adecuado para el contenedor y debe instalarse en posicin correcta para asegurar un funcionamiento apropiado. Cuando se instala un panel de instrumentos, sobre dicho panel se debera instalar un indicador de lectura del nivel. 5.6.7 Accesorios

    Los accesorios deben protegerse contra el ingreso de suciedad o de agua. 5.6.8 Dispositivo de seguridad de sobrepresin

    El dispositivo de seguridad de sobrepresin debe instalarse sobre el contenedor o en su interior de forma que se descargue directamente al exterior de la embarcacin o a travs del tubo de venteo, cuando existe.

    5.7 Tuberas y tubos flexibles de gas

    5.7.1 Las tuberas y los tubos flexibles de gas deben instalarse tan elevadas como sea posible por encima del nivel de agua de la sentina y no deben estar en contacto directo con le agua marina. 5.7.2 El trazado de las tuberas de gas debe estar separado al menos 30 mm de los conductores elctricos, salvo que la tubera pase a travs de un conducto sin juntas, o los conductores estn protegidos con vainas o conductos o canalizaciones de acuerdo con las Normas EN ISO 10133 y EN ISO 13297. 5.7.3 Las tuberas de gas deben soportarse mediante dispositivos de fijacin u otros medios, tales como conductos o tuberas internas no metlicas soportadas y ventiladas, para evitar daos por friccin o vibracin. 5.7.4 Las tuberas y los tubos flexibles de gas deben fijarse de forma que no estn sometidas a tensiones excesivas EJEMPLO Las tensiones producidas por la dilatacin trmica del casco y sus componentes asociados o la vibracin inducida por el motor.

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    5.7.5 Las tuberas y los tubos flexibles de gas no deben estar en contacto directo con las partes metlicas de la estructura de la embarcacin. 5.7.6 Las tuberas y los tubos flexibles de gas deben dotarse con una camisa de proteccin en los puntos de fijacin con objeto de prevenir la abrasin. 5.7.7 Las tuberas y los tubos flexibles de gas se deben asegurar mediante abrazaderas a la estructura principal de la embarcacin o a las partes conectadas rgidamente a la estructura principal de la embarcacin. 5.7.8 Los dispositivos de fijacin deben ser resistentes a la corrosin, no abrasivos, y diseados para evitar cortes u otros daos a las tuberas y compatibles con el material de la tubera. 5.7.9 Los dispositivos de fijacin deben ser anillos de fijacin espaciados a intervalos no superiores a 0,5 m para tubos de cobre o de acero inoxidable y no superiores a 1 m en el caso de tuberas de otros materiales. 5.7.10 Las tuberas y los tubos flexibles de gas que pasen a travs de mamparas destinadas a mantener la integridad de la embarcacin en relacin a la estanquidad al agua al nivel de penetracin deben sellarse con materiales o accesorios adecuados en el punto de penetracin. 5.7.11 Las tuberas y los tubos flexibles de gas deben protegerse de la abrasin o la friccin en el punto en el que pasan a travs de paredes o mamparas. Debe instalarse una arandela en el agujero en el que la tubera o el tubo flexible pasa a travs de la estructura de la embarcacin. El dimetro exterior del agujero realizado a travs de la estructura debe ser al menos 1,5 veces el dimetro de la tubera o el tubo flexible que pasa a su travs. 5.7.12 Solamente deben utilizarse para las lneas de alimentacin rgidas tuberas de cobre sin soldadura, tuberas de nquel-cobre o tuberas de acero inoxidable estirado que sean galvnicamente compatibles. El espesor mnimo de pared para tuberas de dimetro exterior inferior o igual a 12 mm debe ser de 0,8 mm y de 1,5 mm para las tuberas de dimetro exterior superior a 12 mm. 5.7.13 Las tuberas de gas en cobre sin soldadura deben protegerse con una camisa en plstico. NOTA Una tubera flexible que cumpla con los requisitos de la Norma EN 12806 es una alternativa preferible a las tuberas de gas de cobre. 5.7.14 No deben emplearse tuberas rgidas entre partes que se puedan mover unas respecto a otras. Se deben utilizar tuberas flexibles que cumplan con los requisitos de la Norma EN 12806. EJEMPLO Un tubo entre el casco y un motor montado con movilidad. 5.7.15 Las tuberas metlicas que pasen a travs de compartimentos motores deben protegerse por conductos o canalizaciones o ser soportadas por fijaciones no abrasivas separadas no ms de 500 mm. 5.7.16 Las tuberas metlicas deben estar al menos a 100 mm de los terminales expuestos de dispositivos o accesorios elctricos.

    5.8 Otros componentes

    5.8.1 Conexiones de gas entre componentes del sistema de GLP

    5.8.1.1 nicamente se permiten uniones soldadas o soldadas por soldeo fuerte cuando se utilizan los accesorios adecuados.

    5.8.1.2 Se permiten uniones realizadas mediante soldeo o soldeo fuerte siempre que tales uniones se limiten al montaje en fbrica de los componentes. NOTA El impacto medioambiental producido por el soldeo y los procesos relacionados se debera evaluar segn la Norma EN 14717.

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    5.8.1.3 El punto de fusin de los materiales en las conexiones realizadas por soldeo o soldeo fuerte no debe ser inferior a 450 C.

    5.8.1.4 La presin de diseo de los acoplamientos debe ser igual o superior a la especificada para la tubera de gas.

    5.8.1.5 Los bloques de distribucin deben estar hechos de material resistente a la corrosin.

    5.8.1.6 Los accesorios para conexiones y uniones en tuberas deben ser metlicos y de cualquiera de los siguientes tipos: conexiones realizadas por soldeo fuerte; accesorios de corte anular; accesorios a compresin hechos de aleaciones de cobre con anillos de cobre slidos o de pared gruesa sobre tuberas

    de cobre; o anillos de acero inoxidable sobre tuberas de acero inoxidable.

    5.8.1.7 El espesor de pared del anillo debe ser igual o superior a 0,5 mm y no debe emplearse ningn compuesto de unin sobre los accesorios a compresin o abocardados.

    5.8.1.8 Los accesorios deben ser compatibles galvnicamente con la tubera metlica a la que estn unidos. Las tuberas de gas deben conectarse mediante accesorios adecuados compatibles con el material de la tubera.

    5.8.1.9 Los accesorios que conectan extremos deben estar fabricados con materiales resistentes a la corrosin tales como acero inoxidable o latn. Cuando se utilicen accesorios de corte anular junto con tuberas de cobre, debe colocarse un manguito de insercin de latn y un anillo de latn. Todos los componentes deben coincidir, es decir, deben ser de la misma serie.

    5.8.1.10 El nmero de juntas y accesorios debe mantenerse al mnimo. Todas las juntas y accesorios deben ser fcilmente accesibles para inspeccin.

    5.8.1.11 Todas las juntas y conexiones en tuberas y tubos flexibles en los sistemas deben realizarse de forma que no se creen tensiones indebidas en el accesorio.

    5.8.1.12 Salvo para accesorios en mamparas, no debe haber juntas o accesorios en las tuberas que pasan a travs de los compartimentos del motor.

    5.8.1.13 Las conexiones deben realizarse nicamente en compartimentos ventilados a excepcin del espacio del motor.

    5.8.1.14 En un recinto habitable u otro compartimento con envolvente, la tubera o tubo flexible de gas no debe ser ms larga que lo requerido para una instalacin segura.

    5.8.1.15 Si el sistema de GLP requiere una tubera o tubo flexible de retorno al contenedor, la conexin sobre el contenedor debe llevar una vlvula antirretorno.

    5.8.1.16 Las abrazaderas de tubos flexibles, en caso de emplearse para fijar tubos flexibles de venteo de un armario de botellas, deben realizarse de materiales resistentes a la corrosin, tales como acero inoxidable del tipo 18Cr8Ni o equivalente, y ser reutilizables.

    5.8.1.17 Los tubos flexibles que lleven GLP a presin deben dotarse de conexiones mecnicas reutilizables. 5.8.1.18 Las conexiones de tubos flexibles deben estar libres de tensiones, es decir, no sometidas a tensin o enroscamiento en ninguna condicin de uso.

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    5.8.1.19 Los reguladores y los dispositivos de seguridad se deben asegurar contra cualquier movimiento previsible debido al servicio marino. 5.8.2 Vlvula de cierre controlada a distancia

    5.8.2.1 Contenedor fijo - fase lquida

    Debe instalarse una vlvula de cierre controlada a distancia en la tubera entre el contenedor y el vaporizador/regulador de presin, tan cerca al vaporizador/regulador de presin como sea posible. La vlvula de cierre debe ser de tipo normalmente cerrado Cuando se proporciona un sistema de retorno de combustible entre el regulador de presin y el contenedor, la vlvula de cierre controlada a distancia debe instalarse en una posicin en el compartimento motor especificada por el fabricante del sistema de GLP. NOTA La vlvula de cierre controlada a distancia puede combinarse con el vaporizador/regulador de presin. La vlvula de cierre controlada a distancia debe funcionar de forma que se corte la alimentacin de combustible cuando: se corte la alimentacin elctrica, o el motor pare; o en el caso de embarcacin con dos combustibles, se seleccione el combustible alternativo. 5.8.2.2 Botellas fase lquida

    Para botellas equipadas con tuberas internas funcionando en la fase lquida (por ejemplo, botellas para carretillas de manutencin), debe instalarse una vlvula de cierre controlada a distancia, de acuerdo con el apartado 5.8.2.1. 5.8.3 Unidad de llenado

    5.8.3.1 La tasa de fugas de GLP mxima externa de la unidad de llenado durante la operacin de llenado debe ser de 15 cm3/h.

    5.8.3.2 El volumen de descarga de GLP mximo en la desconexin debe ser inferior a 1 cm3.

    5.8.3.3 La unidad de llenado debe fijarse frente a las rotaciones y debe protegerse contra la suciedad y el agua.

    5.8.3.4 La unidad de llenado debe ir claramente marcada para indicar GLP.

    5.8.3.5 La unidad de llenado debe estar en el exterior de la embarcacin y no debe ir montada directamente sobre el contenedor.

    5.8.3.6 La unidad de llenado no debe posicionarse a menos de 400 mm de radio horizontal o vertical, de cualquier abertura de ventilacin.

    5.9 Instalacin elctrica

    5.9.1 Los componentes elctricos del sistema de combustible deben instalarse de acuerdo con la Norma EN ISO 10133. 5.9.2 No debe haber fuentes potenciales de ignicin en los armarios, en las envolventes o en los compartimentos de botellas de GLP.

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    5.9.3 Los dispositivos elctricos deben protegerse contra incendios de acuerdo con la Norma EN 28846 cuando estn situados en: los armarios y las envolventes de los contenedores; o los compartimentos que contienen vlvulas, accesorios o conexiones del sistema de GLP; y los compartimentos que contienen aparatos sin supervisin del sistema de GLP. 5.9.4 Los siguientes espacios estn exentos de los requisitos del apartado 5.9.3: espacios habitables; compartimentos abiertos a la atmsfera fuera de la embarcacin con un rea abierta de, al menos, 0,34 m2/m3 de

    volumen de compartimento. NOTA Los espacios por debajo de suelos de cabinas no se consideran parte de los espacios habitables salvo que existan aberturas permanentes (por

    ejemplo, si no estn separados por puertas o paneles cerrados). 5.9.5 Los componentes elctricos del sistema de GLP deben protegerse contra sobrecargas y debe proporcionarse al menos un fusible o disyuntor dedicado. El fusible/disyuntor debe instalarse en un emplazamiento conocido y debe ser fcilmente accesible. 5.9.6 Los fusibles o los interruptores no se deben instalar en el interior de la envolvente estanca a los gases. 5.9.7 La alimentacin elctrica a los componentes que llevan GLP no debe hacerse mediante una tubera de gas. Las tuberas de gas no deben utilizarse para la puesta a tierra. 5.9.8 Los cables elctricos deben protegerse de forma adecuada frente a los daos. 5.9.9 Las conexiones elctricas dentro del compartimento motor u otros compartimentos con envolvente deben cumplir con el grado de proteccin de clase IP 40, de acuerdo con la Norma EN 60529. Todas las dems conexiones deben cumplir con la clase de aislamiento IP 54, de acuerdo con la Norma EN 60529. 5.9.10 Las conexiones y componentes elctricos en la envolvente estanca a los gases deben construirse de forma que no se generen chispas. 5.9.11 Las conexiones elctricas, con la excepcin de la puesta a tierra, deben aislarse elctricamente. 5.9.12 No se permiten conductores metlicos descubiertos.

    5.10 Sistema de seleccin del combustible

    Las embarcaciones que funcionan con dos combustibles deben tener un sistema de seleccin del combustible, para asegurar que slo un combustible alimenta al motor en todo momento. Se permite un tiempo de solape de dos segundos como mximo para el cambio entre los dos combustibles. Esto no es aplicable a embarcaciones que tienen motores que funcionan con ambos combustibles al mismo tiempo.

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  • - 23 - EN 15609:2012

    5.11 Deteccin de gas

    5.11.1 Generalidades

    Cuando el motor y/o el almacenamiento de GLP estn por debajo de la cubierta y existe la posibilidad de acumulacin de gas, se debe instalar un sistema de deteccin de gas. El sistema de deteccin de gas debe instalarse de forma permanente sobre embarcacin y debe cumplir con los siguientes requisitos: a) ser adecuado para el ambiente marino, resistente a la corrosin y a la entrada de polvo; b) ser capaz de funcionar de forma continua desde una fuente de baja tensin (por ejemplo, cableada directamente a

    una batera a travs de fusibles) e indicar el estado operativo antes de 30 s tras la alimentacin de potencia; c) tener al menos dos salidas elctricas para la conexin de equipos externos (por ejemplo, alarmas audibles,

    ventiladores de achique, etc.); d) tener un sistema de enclavamiento que contine indicando una condicin de alarma hasta que se cancele; e) tener un dispositivo de autocontrol e indicar tanto la condicin normal como la de fallo; f) tener unidades de informacin completas y suministrarse con instrucciones completas de instalacin y funcionamiento; g) tener conmutadores que indiquen todos ellos su posicin operativa (permanentemente marcada); y h) tener todos los marcados visibles en la unidad, incluyendo el nombre y direccin del fabricante (marcados de forma

    permanente). Cuando se detecta gas al 20% del Lmite Inferior de Explosin (LIE), debe activarse una alarma sonora y visual, y debe activarse el sistema de ventilacin descrito en el apartado 5.12. La alarma visual no debe anularse salvo si se desconecta la alimentacin elctrica del sistema de combustible. 5.11.2 Posicin de la alarma

    La alarma del sistema de deteccin de gas debe posicionarse de manera que asegure que es audible y visible desde la posicin del timn o de mando en condiciones de funcionamiento normal 5.11.3 Posicin de los sensores

    Deben instalarse un mnimo de dos sensores: uno en el compartimento motor interior de la embarcacin, y otro en la sentina al nivel ms bajo en el que el gas podra acumularse, pero por encima del nivel alto del agua de la sentina. Cuando el compartimento motor tambin es el punto ms bajo por encima del nivel alto del agua de la sentina, slo se requiere un sensor. Se debera considerar la posibilidad de instalar sensores complementarios en los compartimentos del contenedor de gas y en los espacios de alojamiento.

    5.12 Ventilacin forzada

    5.12.1 Generalidades

    Los compartimentos motores deben tener ventilacin forzada, de acuerdo con la Norma EN ISO 11105 y los requisitos del apartado 5.12. Este sistema de ventilacin debe estar protegido contra las explosiones de acuerdo con la Norma EN 28846.

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  • EN 15609:2012 - 24 -

    5.12.2 Purga del compartimento del motor

    El ventilador debe funcionar durante como mnimo 60 s antes de arrancar el motor. 5.12.3 Posicin de la ventilacin

    Al menos un conducto de entrada debe prolongarse hasta el tercio inferior del compartimento del motor y por encima el nivel normal del agua de sentina para eliminar los humos de la sentina y facilitar la circulacin de aire fresco. 6 EQUIPO DE EXTINCIN DEL FUEGO

    El equipo de extincin del fuego se debe instalar cumpliendo con los requisitos para motores de gasolina segn la Norma EN ISO 9094-1 o EN ISO 9094-2 NOTA Los extintores porttiles deberan cumplir los requisitos de la Norma EN 3-7 7 MANUAL DEL PROPIETARIO

    7.1 El fabricante de la embarcacin debe proporcionar un manual de propietario, que est de acuerdo con la Norma EN ISO 10240, en el idioma del pas de utilizacin. Debe incluir las instrucciones del usuario suministradas por los fabricantes de los equipos y dispositivos.

    7.2 En el caso de una modificacin posterior del equipo, el instalador debe proporcionar un manual del propietario, en el idioma del pas de utilizacin, para el uso especfico de la embarcacin de GLP.

    7.3 Los requisitos y directrices del contenido del manual del propietario deben estar de acuerdo con el anexo D. 8 PUESTA EN MARCHA

    8.1 Ensayo de estanquidad

    8.1.1 Salvo para el caso considerado en el apartado 8.1.2, cualquier sistema, incluyendo los contenedores y todas las juntas, debe someterse a un ensayo de estanquidad a un gas inerte a una presin de ensayo de, al menos, 10 bar pero a un mximo del 90% de la presin de diseo del contenedor, durante como mnimo 10 min. Debe emplearse un fluido de deteccin de fugas registrado, cumpliendo con los requisitos de la Norma EN 14291 o cualquier otro mtodo de sensibilidad al menos equivalente. 8.1.2 Si el contenedor y los componentes se ensayan independientemente del resto del sistema y se llenan con GLP, el resto del sistema debe ensayarse por separado de acuerdo con el apartado 8.1.1 antes de conectarlo al(a los) contenedor(es) de combustible y a la(s) junta(s) terminal(es). Debe someterse entonces a un ensayo de estanquidad bajo la presin disponible del contenedor de combustible. 8.1.3 Para que el sistema pase el ensayo, no debe haber fugas. NOTA No se requiere que las botellas de GLP se sometan al ensayo de estanquidad.

    8.2 Llenado inicial del contenedor y del sistema con el GLP

    El(los) compartimento(s) puede(n) nicamente llenarse con GLP por primera vez cuando se ha completado el ensayo de estanquidad como se muestra en el apartado 8.1 y se confirma que se han eliminado todas las fugas.

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  • - 25 - EN 15609:2012

    8.3 Ensayo del sistema de combustible

    Tras el llenado inicial con GLP, debe realizarse un ensayo de estanquidad final sobre todas las juntas que an no hayan sido ensayadas bajo presin de GLP (vase 8.1). En esta etapa se debera ensayar el sistema de control.

    8.4 Prueba con agua

    Tras la conversin del motor, la embarcacin debe someterse a un ensayo con agua para verificar que las prestaciones en condiciones normales de trabajo son satisfactorias. Para motores que funcionan con dos combustibles, GLP y gasolina, se debe llevar a cabo la permutacin entre ambos para verificar que la transicin se realiza satisfactoriamente. Cuando el sistema de GLP se incluye en la aprobacin de tipo de la embarcacin, la prueba con agua puede no se obligatoria para cada embarcacin individual producida.

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    ANEXO A (Normativo)

    REQUISITOS RELATIVOS A LA FIJACIN DE CONTENEDORES CON UNA CAPACIDAD INFERIOR O IGUAL A 150 l

    A.1 Requisitos generales

    El contenedor se debe fijar a la embarcacin mediante al menos dos abrazaderas de acero con una resistencia a la traccin mnima de grado E 235 B, de acuerdo con la Norma ISO 630. Se deben colocar al menos dos pernos por abrazadera, incluyendo arandelas, y los pernos de fijacin deben ser de clase 8.8, segn la Norma EN ISO 898-1:2009. Las dimensiones requeridas son las que se especifican en la tabla A.1. NOTA 1 Cuando el material al cual se fijan los pernos no es capaz de soportar una conexin roscada, puede utilizarse un inserto auto-roscado (vase

    la figura A.1).

    Tabla A.1 Medidas de los pernos, abrazaderas del contenedor e insertos auto-roscados (vase la figura A.1)

    Contenido del contenedor

    Medidas mnimas de las arandelas

    dimetro (a)

    espesor (b)

    Medidas mnimas de las abrazaderas del

    contenedor

    anchura (c)

    espesor (d)

    Medidas mnimas del

    perno

    rosca del perno dimetro (e)

    y paso (p)

    Inserto auto- roscado

    rosca exterior dimetro(g)

    y longitud (f)

    (litro) (mm) (mm) (mm) (mm)

    a b c d e p g f

    Hasta 85 30 1,5 25 2,5

    20 3 30 1,5

    8 1,25 8 1,25

    12 12

    18 18

    85 - 100 30 1,5 25 2,5

    30 3 20 3a

    10 1,5 8a 1,25

    14 12

    22 18

    100 - 150 50 2 30 3

    50 6 50 3b

    12 1,75 10b 1,5

    16 14

    26 22

    a En este caso, el contenedor debe estar fijado mediante, al menos, tres abrazaderas. b En este caso, el contenedor debe estar fijado mediante, al menos, cuatro abrazaderas.

    Los contenedores y los dispositivos de fijacin deben ser galvnicamente compatibles. NOTA 2 Es importante prestar especial atencin a los efectos de la corrosin galvnica cuando los contenedores, los anclajes y las fijaciones estn

    en contacto con el agua de mar. Las abrazaderas del contenedor deben disponerse de manera que se evite la entrada de humedad en los dispositivos. El mtodo de montaje no debe debilitar la estructura de la embarcacin; y deben aadirse refuerzos cuando sea necesario. El montaje no debe comprometer la integridad de la pared del casco en relacin a la estanquidad al agua. Cuando los pernos de anclaje pasen a travs de una seccin hueca, debe disponerse un tubo espaciador para evitar la ruptura de dicha seccin cuando est bajo carga.

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  • Cuando las abrazaderas del contenedor tamabrazaderas. Las abrazaderas del contenedor deben asegu Debe colocarse un material protector tal com El contenedor no debe instalarse en posicin

    Leyenda 1 Casco de la embarcacin termoestable 2 Inserto auto- roscado 3 Arandela NOTA Para las medidas (a) a (g), vase la tabla A.1.

    Figura A.1 Ejemplo de inserto au A.2 Bastidor del contenedor

    Cuando el contenedor est fijo a la embarcmnimo dos abrazaderas.

    - 27 -

    mbin soportan el peso del mismo, deben disponerse

    urar que ste no puede deslizar, rotar o desplazarse.

    mo plstico entre el contenedor y las abrazaderas.

    n suspendida (es decir, unido a la cubierta).

    uto-roscado de la abrazadera del contenedor (vase l

    cacin por medio de un bastidor y de abrazaderas, de

    EN 15609:2012

    e un mnimo de tres

    la tabla A.1)

    eben utilizarse como

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  • EN 15609:2012 - 28 -

    ANEXO B (Normativo)

    REQUISITOS RELATIVOS A LA FIJACIN DE CONTENEDORES CON UNA CAPACIDAD SUPERIOR A 150 l

    B.1 Requisitos generales

    Para contenedores de una capacidad superior a 150 l, debe utilizarse un mtodo de clculo para demostrar que el dispositivo de fijacin es adecuado. Este mtodo debe tener en cuenta la especificacin relativa al contenedor, al bastidor del contenedor (si existe) y a la estructura de la embarcacin donde se va a fijar. Este mtodo de clculo debe certificarse mediante un organismo de inspeccin. B.2 Bastidor del contenedor

    Cuando el contenedor est fijo a la embarcacin por medio de un bastidor y de abrazaderas, deben utilizarse como mnimo tres abrazaderas.

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  • - 29 - EN 15609:2012

    ANEXO C (Normativo)

    REQUISITOS RELATIVOS A LA SEGURIDAD DE LAS BOTELLAS C.1 Cuando se prev que las botellas de GLP se han de retirar para el llenado o su sustitucin, las botellas deben estar rgidamente fijadas a la embarcacin. Las botellas desmontables deben estar fijadas a la embarcacin mediante un bastidor y abrazaderas. La botella debe estar fijada al bastidor mediante un mnimo de dos abrazaderas. Se permiten carretillas de manutencin para el tipo de botellas de GLP montadas en soportes cuando estn fijadas de forma permanente al la estructura de la embarcacin. C.2 Para botellas de GLP instaladas permanentemente, los requisitos de esta norma concerniente a la fijacin de las botellas de GLP deben cumplirse cuando: la botella se fija a la embarcacin mediante, al menos, dos abrazaderas de acero con una resistencia a la traccin

    mnima de grado E 235 B, de acuerdo con la Norma ISO 630; y se colocan, al menos, dos pernos por abrazadera, incluyendo arandelas, y si los pernos de fijacin son de clase 8.8

    segn la Norma EN ISO 898-1:2009; y las medidas son las que se especifican en las figuras C.1 y C.2 para una botella de capacidad inferior o igual a 16 kg. C.3 Para botellas de capacidad superior a 16 kg, debe utilizarse un mtodo de clculo para demostrar que el dispositivo de fijacin es adecuado.

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  • EN 15609:2012

    Leyenda

    1 Abrazadera de la botella (carga de ruptura 350 kg2 Botella de 13 kg 3 Arandela 4 Chapa de acero inoxidable A 316 (3 mm) 4a Chapa de acero inoxidable A 316 Vista en plan

    Figura C.1 Requissobre soporte

    - 30 -

    g) 5 Perno de acero inoxidable 6, A 316L (3 mm6 Tuerca de acero inoxidable 6, A 316L (3 m7 Soporte de material compuesto (5 mm) o de m8 Abrazadera

    nta

    sitos relativos a la fijacin de las botellas de 13 kg es hechos de material compuesto o madera

    Medidas en milmetros

    m) mm) madera (5 mm)

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  • Leyenda 1 Abrazadera de la botella (carga de ruptura 350 kg)2 Botella de 13 kg 3 Arandela 4 Chapa de aluminio (4 mm) o de acero (3 mm) 4a Chapa de aluminio/acero - Vista en planta

    Figura C.2 Rde 13 kg so

    - 31 -

    ) 5 Perno de acero inoxidable 6, A 316L 6 Tuerca de acero inoxidable 6, A 316L7 Soporte de aluminio (4 mm) o de acero (8 Abrazadera

    Requisitos relativos a la fijacin de las botellas obre soportes hechos de aluminio o acero

    EN 15609:2012

    Medidas en milmetros

    L (3 mm)

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  • EN 15609:2012 - 32 -

    ANEXO D (Normativo)

    INSTRUCCIONES A INCLUIR EN EL MANUAL DEL PROPIETARIO D.1 Requisitos generales

    El manual del propietario debe estar de acuerdo con la Norma EN ISO 10240 y debe incluir instrucciones para el funcionamiento y el mantenimiento del sistema de GLP, incluyendo instrucciones para el usuario suministradas por los fabricantes del equipo de la instalacin. Tambin debe contener, como mnimo la siguiente instruccin:

    "Antes de navegar a un destino extranjero, deben establecerse las restricciones sobre el uso de sistemas de combustible GLP y tomarse todas las acciones necesarias".

    D.2 Disponibilidad del suministro de GLP

    La siguiente advertencia debe aparecer en el manual del propietario: ADVERTENCIA Antes de navegar, el propietario de la embarcacin debe embarcar suficiente combustible para el viaje previsto, teniendo en cuenta el riesgo de cambios en las condiciones meteorolgicas. D.3 Posicin y funcionamiento de la vlvula de cierre de emergencia

    La posicin y el funcionamiento de la vlvula de cierre de emergencia deben estar claramente indicados en el manual del propietario. D.4 Instrucciones de seguridad a incluir en el manual

    D.4.1 Las siguientes instrucciones y advertencias relativas a la seguridad deben aparecer en el manual del propietario: Comprobar regularmente todas las conexiones en cuanto a fugas. ADVERTENCIA NO UTILIZAR SOLUCIONES QUE CONTENGAN AMONIACO. ADVERTENCIA NO UTILIZAR NUNCA UNA LLAMA PARA COMPROBAR LAS FUGAS. No obstruir el acceso a los componentes del sistema de GLP de ninguna forma. Mantener las vlvulas de las botellas vacas cerradas y desconectadas. Mantener en su lugar las tapas, cubiertas o

    tapones protectores. Almacenar las botellas de reserva en envolventes ventiladas sobre cubiertas abiertas o en armarios estancos a los gases, que se ventilen en la cubierta y estn previstos para ese fin.

    Mantener cualquier botella de GLP no conectada, est vaca o llena, fijada de manera similar a las botellas

    conectadas al sistema. No usar envolventes o armarios de botellas de GLP para almacenar cualquier otro equipo. ADVERTENCIA No fumar o usar una llama abierta cuando se sustituyan las botellas de GLP. Inspeccionar los tubos flexibles del sistema de GLP regularmente (al menos anualmente), y sustituir con tubos

    flexibles con la misma aprobacin de tipo si se encuentra cualquier deterioro.

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  • - 33 - EN 15609:2012

    D.4.2 Deben incluirse detalles de la especificacin tcnica, tales como: descripcin del sistema; restricciones impuestas por la mezcla de combustible; informacin sobre el funcionamiento y/o los ajustes. D.4.3 Las instrucciones de seguridad tambin deben incluir: instrucciones sobre la utilizacin segura del sistema; medidas a tomar en caso de deteccin de una fuga de gas; medidas a tomar en caso de cualquier efecto negativo causado por la temperatura o la humedad (por ejemplo, problemas

    debidos a la evaporacin de combustible lquido en la tubera de combustible cuando hace mucho calor). NOTA Las botellas con GLP (ya sean llenas o vacas sin limpiar) estn sujetas a las disposiciones para el transporte de mercancas peligrosas

    cuando se transportan fuera de la embarcacin, por ejemplo, para su sustitucin, reparacin, rellenado o eliminacin. Esto se aplica tambin a los contenedores y equipo de la embarcacin cuando se transportan con residuos de GLP, por ejemplo, en el caso de su eliminacin.

    D.5 Instrucciones para la utilizacin normal del sistema de GLP

    D.5.1 Llenado del sistema de GLP

    La secuencia de operaciones necesarias para llenar el contenedor fijo de GLP, debe incluirse en las instrucciones Se debe incluir una instruccin para el usuario destacando que debe prestarse especial atencin al nivel de llenado mximo equivalente al 80% del volumen total del contenedor instalado en la embarcacin. En caso de mal funcionamiento del sistema de llenado automtico al 80%, el usuario debe parar manualmente el llenado al 80% del volumen total del contenedor.

    D.5.2 Procedimiento de permutacin (para embarcaciones con dos combustibles)

    Debe incluirse en las instrucciones la secuencia de operaciones necesarias para permutar los combustibles.

    D.5.3 Apertura y cierre de las vlvulas manuales (en caso de contenedores mltiples)

    Se especifica el procedimiento de funcionamiento para el funcionamiento de cada vlvula manual.

    D.5.4 Indicador de nivel del lquido

    Se identifica la posicin del (los) indicador(es) de nivel del lquido, por ejemplo sobre el panel de instrumentos o sobre el contenedor.

    D.5.5 Mantenimiento e inspeccin

    Se especifican los requisitos de mantenimiento peridico para el sistema de GLP, para el sistema de control de la seguridad y para cualquier otra comprobacin adicional para embarcaciones que utilizan dos combustibles. Todas las operaciones de mantenimiento deben incluir una inspeccin de todas las vlvulas y conectores en relacin a corrosin, daos o fugas, y repararse o sustituirse si fuese necesario. Las tuberas flexibles deben sustituirse, al menos, cada cinco aos.

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  • EN 15609:2012 - 34 -

    Para todos los contenedores: a) las verificaciones y los ensayos deben ser realizados por una persona competente; b) cada ao debe hacerse una verificacin visual externa de los contenedores y sus componentes, incluyendo la vlvula

    de alivio de presin, comprobando si existen signos de deterioro, corrosin o fugas que puedan requerir el desmontaje del contenedor;

    c) los contenedores de GLP deben examinarse y recalificarse de forma peridica; los contenedores fijos deben

    recalificarse de acuerdo con la Norma ISO 20826 o por requisitos nacionales; d) la exactitud del dispositivo de proteccin contra el sobrellenado se debe comprobar cuando sea posible (como

    mnimo en la recalificacin del contenedor); e) la exactitud del detector de gas se debe comprobar mediante las instrucciones del fabricante.

    D.5.6 Defectos y reparaciones

    El manual debe indicar el procedimiento a seguir en caso de defectos y reparaciones de componentes defectuosos en el sistema de combustible. Cuando el sistema de GLP est equipado con un sistema de deteccin de fallos, el manual debe describir este sistema indicando las medidas a tomar.

    D.5.7 Almacenamiento, reparacin y mantenimiento

    Las embarcaciones que utilicen GLP en sus sistemas de propulsin pueden desmontarse, someterse a operaciones de mantenimiento y repararse dentro de astilleros siempre que se cumplan las siguientes condiciones: a) Solamente se permite trabajar sobre el sistema de GLP del motor a personas competentes; b) El sistema no debe tener ninguna fuga y los contenedores de combustible no deben llenarse por encima del 80% de

    la capacidad mxima; c) La embarcacin no debe colocarse a menos de 3 m de cualquier fuente de ignicin fija; d) La embarcacin propulsada con GLP sometida a una reparacin en el astillero debe tener la vlvula de cierre de los

    contenedores de GLP cerrada. El GLP debe vaciarse de la lnea de servicio, bien mediante el funcionamiento del motor o, si esto no es posible, desconectndolo al aire libre de forma que el GLP no pueda acumularse localmente o en la sentina. Esto no es aplicable si se requiere el GLP para hacer funcionar el motor; y

    e) Las botellas de GLP deben almacenarse en tierra y en un local ventilado, cuando la embarcacin no se usa durante

    un largo periodo de tiempo.

    D.5.8 Retirada

    Cuando la embarcacin va a ser desguazada, todos los contenedores de GLP deben vaciarse antes de retirarse para el desguace o su reutilizacin. ADVERTENCIA Los contenedores de GLP se deben manipular con cuidado debido a que pueden contener residuos de combustible. Con objeto de hacerlos inutilizables como contenedores fijos de GLP, los contenedores retirados deben destruirse bajo la supervisin de una persona competente y de forma que se les haga inservibles para contener gas. NOTA 1 La Norma EN 13109:2010 detalla la eliminacin de contenedores superiores a 150 l.

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  • - 35 - EN 15609:2012

    NOTA 2 La Norma EN 12816:2010 detalla la eliminacin de botellas y contenedores inferiores o iguales a 150 l. NOTA 3 Las botellas con GLP (ya sean llenas o vacas sin limpiar) estn sujetas a las disposiciones para el transporte de mercancas peligrosas

    cuando se transportan fuera de la embarcacin, por ejemplo, para su sustitucin, reparacin, rellenado o eliminacin. Esto se aplica tambin a los contenedores y equipo de la embarcacin cuando se transportan con residuos de GLP, por ejemplo, en el caso de su eliminacin.

    D.5.9 Trabajo en caliente

    En una embarcacin sobre la que se van a realizar operaciones de soldeo o se va a aplicar calor en cualquier parte colocada a menos de 1 m del contenedor de GLP, deben vaciarse las lneas de combustible y debe retirarse el contenedor/botellas o bien protegerse contra la fuente de calor. Esta operacin puede realizarla nicamente personal competente. No deben realizarse trabajos en caliente (por ejemplo, soldeo, corte o flexin) sobre una embarcacin a menos que se haya eliminado el riesgo relativo al contenedor o al sistema de GLP.

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  • EN 15609:2012 - 36 -

    ANEXO E (Normativo)

    REQUISITOS DE ENSAYO ADICIONALES PARA VAPORIZADORES E.1 Los vaporizadores utilizados en un sistema de refrigeracin de circuito cerrado se deben ensayar siendo sumergidos en un medio de transferencia de calor durante 168 h a 90 C; posteriormente se deben secar durante 48 h a una temperatura de 40 C. La composicin del medio de transferencia de calor utilizado para el ensayo debe ser agua/etileno-glicol al 50%/50% E.2 Los vaporizadores utilizados en un sistema de refrigeracin de circuito abierto se deben sumergir en un medio de transferencia de calor durante 168 h a 90 C; posteriormente se deben secar durante 48 h a una temperatura de 40 C. El medio de transferencia de calor utilizado para el ensayo debe ser agua destilada o desionizada con una concentracin de (505) g/l de cloruro de sodio. El cloruro de sodio debe contener menos de 0,001% de fraccin msica de cobre y menos de 0,001% de fraccin msica de nquel, determinado por espectrofotometra de absorcin atmica u otro mtodo analtico de sensibilidad similar. No debe contener ms de 0,1% de fraccin msica de yoduro de sodio, o ms de 0,5% de impurezas totales calculado por sal seca. NOTA 1 Se disuelve una masa suficiente de cloruro de sodio en agua destilada o desionizada con una conductividad inferior o igual a 20 S/cm a

    (25 2) C para producir una concentracin de (50 5) g/l. El rango de gravedad especfica para una solucin (50 5) g/l es de 1,029 hasta 1,036 a 25 C

    NOTA 2 Cuando el PH de la solucin preparada a (25 2) C est fuera del rango de 6,0 a 7,0, se debera investigar la presencia de impurezas

    indeseables en la sal y/o el agua. E.3 Despus de del ensayo correspondiente, las superficies interiores de la muestra de ensayo se deben limpiar para eliminar cualquier material suelto y deben cumplir los requisitos especificados en la tabla E.1.

    Tabla E.1 Corrosin en las superficies internas del vaporizador

    Tipo de corrosin Descripcin Lmite de rechazo

    Picaduras de corrosin aisladas

    Una picadura del metal que se produce en zonas aisladas en una concentracin menor o igual a 1 picadura por 500 mm2 de superficie

    Cuando la profundidad de las picaduras es superior a 0,6 mm a).

    Corrosin de zona Reduccin del espesor del material sobre una zona inferior o igual al 20% de la superficie.

    Cuando la profundidad de penetracin de cualquier picadura es superior a 0,4 mm a).

    Corrosin general Reduccin del espesor del material sobre una zona superior al 20% de la superficie.

    Cuando la profundidad de penetracin de cualquier picadura es superior a 0,2 mm a).

    Cadena de picaduras o lnea o canal de corrosin

    Una serie de picaduras o cavidades corrodas de anchura limitada de f